Summary report, 21 January 2008

La sexta reunión del Grupo de Trabajo Especial sobre Acceso y Participación en los Beneficios (APB) de la Convención sobre la Diversidad Biológica (CDB) se desarrolló del 21 al 25 de enero de 2008 en el Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza. Como continuación de su quinta reunión, desarrollada en octubre de 2007, el Grupo de Trabajo continuó con la elaboración y negociación de un régimen internacional sobre APB, en el marco de la copresidencia de Fernando Casas (Colombia) y Timothy Hodges (Canadá).

Las discusiones se centraron en los componentes principales del régimen internacional, entre los que se incluyen la participación justa y equitativa de los beneficios, el acceso a los recursos genéticos, la responsabilidad, la observancia, el conocimiento tradicional y los recursos genéticos y la creación de capacidades. El Grupo de Trabajo hizo un progreso significativo al producir un documento de trabajo nuevo, corto y conciso acerca del régimen internacional, que consiste en secciones sobre los componentes principales y listas de ítems “que serán elaboradas con el objetivo de incorporarlas al régimen internacional” en los casos en los que hubo acuerdo en un principio o “para su consideración futura”, en casos de desacuerdo o necesidad de próximas aclaraciones. El resultado de las deliberaciones del Grupo de Trabajo será enviado para la consideración de la Conferencia de las Partes (CdP) de la CDB en su novena reunión, que se desarrollará del 19 al 30 de mayo de 2008 en Bonn, Alemania. Allí los delegados tendrán que tomar decisiones críticas sobre el futuro de las negociaciones del APB y tendrán la fecha límite de 2010 para completar rápidamente el enfoque.

HISTORIA DE LA CDB Y DEL ACCESO Y PARTICIPACIÓN EN LOS BENEFICIOS

La Convención sobre la Diversidad Biológica, negociada bajo los auspicios del Programa de las Naciones Unidas por el Medio Ambiente (PNUMA), se abrió a la firma en la Cumbre de la Tierra, el 5 de junio de 1992 en Río de Janeiro, y entró en vigor el 29 de diciembre de 1993. Actualmente, la CDB está formada por 190 Partes y su objetivo es promover la conservación de la diversidad biológica, el uso sostenible de sus componentes, y una justa y equitativa participación en los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos.

El acceso a los recursos genéticos, incluyendo la facilitación del acceso, el consentimiento fundamentado previo (CFP), los términos mutuamente acordados (TMA) y la distribución de los beneficios son tratados en el Artículo 15. Otros artículos relacionados se refieren al acceso a las tecnologías y su transferencia (Artículo 16.3), y la manipulación y distribución de los beneficios de la biotecnología (Artículo 19).

El trabajo de la Convención sobre el APB comenzó en la CdP 4 (mayo de 1998, en Bratislava, Eslovaquia) cuando las Partes decidieron que establecerían un Panel de Expertos sobre APB, equilibrado en términos de su composición regional, cuya composición y agenda fue discutida en una reunión entre sesiones sobre las Operaciones de la Convención (junio de 1999, Montreal, Canadá). La primera reunión del Panel de Expertos sobre APB (octubre de 1999, San José, Costa Rica) desarrolló una serie de recomendaciones que incluyeron conclusiones generales y puntos específicos sobre CFP, TMA, necesidad de información y creación de capacidades. En su quinta reunión (CdP 5 de mayo de 2000, Nairobi, Kenya), la CdP estableció un Grupo de Trabajo Especial, de composición abierta, sobre APB para que desarrollara directrices y otros enfoques sobre: CFP, TMA, roles, responsabilidad y participación de las partes involucradas, mecanismos para la participación en los beneficios, y preservación del conocimiento tradicional. En la segunda reunión del panel de expertos sobre APB (marzo de 2001, Montreal, Canadá), se trató la experiencia de los usuarios y los proveedores en los procesos de APB, enfoques para la participación de los sectores interesados, y opciones complementarias para el tratamiento del APB dentro del marco de la CDB, incluyendo posibles elementos para las directrices.

APB 1: En su primera reunión (octubre de 2001, en Bonn, Alemania) el Grupo de Trabajo sobre APB desarrolló el proyecto de directrices de Bonn sobre APB y, además, identificó los elementos de un plan de acción para la creación de capacidades, pidió la realización de un taller abierto sobre creación de capacidades para el APB, y consideró el rol de los derechos de propiedad intelectual (DPI) en la implementación de los arreglos del APB.

CdP 6: En su sexta reunión (abril de 2002, La Haya, Países Bajos), la CdP adoptó las Directrices de Bonn sobre APB y también consideró: otros enfoques, incluyendo la creación de capacidades; el rol de los DPI en la implementación de los arreglos sobre APB; y la relación con el Convenio de Aspectos de los DPI relacionados con el Comercio (DPRCs) de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

CUMBRE MUNDIAL SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE: En el Plan de Implementación de Johannesburgo, la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (septiembre de 2002, Johannesburgo, Sudáfrica) pidió la negociación, en el marco de la CDB, de un régimen internacional para la promoción y salvaguarda de la participación justa y equitativa en los beneficios que surjan de la utilización de los recursos genéticos. Ese pedido de la CMDS fue reafirmado en el 57º período de sesiones de la Asamblea General de las NU (diciembre de 2002, Nueva York) y en la Cumbre Mundial de las NU de 2005 (septiembre de 2005, Nueva York), así como en los subsiguientes períodos de sesiones de la Asamblea General de las NU.

PROGRAMA DE TRABAJO PLURIANUAL: Tras la CMDS, la reunión de composición abierta, realizada entre sesiones, sobre el Programa de Trabajo Plurianual de la CdP de la CDB hasta 2010 (realizada en marzo de 2003, en Montreal, Canadá) recomendó que el Grupo de Trabajo sobre APB considerara el proceso, la naturaleza, el alcance, los elementos y las modalidades de un régimen internacional sobre APB.

APB 2: En su segunda reunión (diciembre de 2003, Montreal, Canadá), el Grupo de Trabajo sobre APB debatió el proceso, la naturaleza, el alcance, los elementos y las modalidades de un régimen internacional sobre APB; y también consideró medidas para asegurar la observancia del CFP y los TMA, y la creación de capacidades. También adoptó las recomendaciones sobre la experiencia con las Directrices de Bonn y otros enfoques para la implementación de las provisiones de la CDB sobre APB.

CdP 7: En su séptima reunión (febrero de 2004, Kuala Lumpur, Malasia), la CdP adoptó un Plan de Acción sobre creación de capacidades para el APB, ordenó al Grupo de Trabajo sobre APB que negocie un régimen internacional sobre APB, y acordó los términos de referencia para tal negociación.

APB 3: En su tercera reunión (febrero de 2005, Bangkok, Tailandia), el Grupo de Trabajo sobre APB produjo un documento con varias opciones para el diseño de un régimen internacional sobre APB. También trató: enfoques adicionales para complementar las Directrices de Bonn sobre APB, tales como un certificado internacional de origen/fuente/procedencia legal; medidas para garantizar la observancia del CFP y los TMA; y opciones de indicadores de APB.

APB 4: En su cuarta reunión (enero/febrero de 2006, Granada, España) este Grupo de Trabajo continuó las conversaciones sobre un régimen internacional de APB y acordó una recomendación y un proyecto de texto que serviría como base para las futuras negociaciones. El Grupo de Trabajo también consideró enfoques adicionales para complementar las Directrices de Bonn, incluyendo un certificado internacional de origen/fuente/procedencia legal; y medidas para apoyar el cumplimiento del CFP y los TMA.

CdP 8: En su octava reunión (marzo de 2006, en Curitiba, Brasil), las largas controversias sobre el estatus del resultado de APB 4, la CdP decidió transmitirlos al APB 5, junto con los resultados del Grupo Especial de Expertos Técnicos sobre un certificado internacional de origen/fuente/procedencia legal para la posterior elaboración de un régimen internacional de APB. La CdP también solicitó al Grupo de Trabajo del Artículo 8 (j) que contribuyera al mandato del Grupo de Trabajo sobre APB sobre cuestiones relacionadas con el conocimiento tradicional.

GRUPO DE EXPERTOS SOBRE EL CERTIFICADO: El Grupo de Expertos Técnicos sobre un certificado reconocido internacionalmente de origen/fuente/procedencia legal (enero de 2007, Lima, Perú) discutió la factibilidad, los desafíos de la implementación y los costos y beneficios potenciales de las diferentes opciones de un certificado de origen/fuente/procedencia legal.

APB 5: En su quinta reunión (octubre de 2007, Montreal, Canadá), el Grupo de Trabajo sobre APB consideró los elementos sustantivos de un régimen internacional sobre APB, incluyendo: el acceso a los recursos genéticos; la justa y equitativa distribución de los beneficios; el cumplimiento del CFP y los TMA; un certificado internacionalmente reconocido de origen/fuente/procedencia legal; conocimiento tradicional y recursos genéticos en el contexto del APB; indicadores; y creación de capacidades.

Los delegados también discutieron dos documentos no oficiales presentados por los Copresidentes y debatieron si deberían ser agregados al informe de la reunión: las notas de los Copresidentes sobre las propuestas hechas en la reunión y sus reflexiones sobre los avances logrados. El informe de la reunión establece que las notas de los Copresidentes sobre las propuestas hechas durante la reunión y sus reflexiones sobre los avances logrados se realizaban bajo la única responsabilidad y la única autoridad de los Copresidentes y podrían ser distribuidas entre las Partes como documentos informativos (UNEP/CBD/WG-ABS/6/INF/1 y 2).

INFORME DEL APB 6

El lunes 21 de enero de 2008, el Copresidente del Grupo de Trabajo, Timothy Hodges, abrió la reunión y destacó que ahora hay puntos de intersección desde los cuales avanzar. BRASIL, en representación de la Ministra de Medio Ambiente y Presidenta de la octava Conferencia de las Partes (CdP 8) Marina Silva, hizo hincapié en que la negociación de un régimen de APB es prioritario para los países en desarrollo y requiere el esfuerzo colectivo de todos los países. El Secretario Ejecutivo de la CDB, Ahmed Djoghlaf, recordó a los delegados el papel de pívot que tendrá esta reunión en el proceso de desarrollo de un régimen internacional de APB para la CdP en 2010.

ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO: Los delegados adoptaron la agenda (UNEP/CBD/WG-ABS/6/1) sin enmiendas. El Copresidente Fernando Casas (Colombia) recordó que el Buró de la CdP servirá como Buró del Grupo de Trabajo y que Mari Fosi (Camerún) actuará como Relatora.

El Grupo de Trabajo se reunió en plenario a lo largo de la semana. Del martes al viernes por la tarde se reunió un grupo de contacto que trató el objetivo y los componentes principales del régimen internacional que fue copresidido por René Lefeber (Países Bajos) y Pierre du Plessis (Namibia). Durante miércoles y jueves se reunió un grupo de contacto que se ocupó del proyecto de decisión de la CdP y fue copresidido por François Pythoud (Suiza) y Linus Spencer Thomas (Granada). El plenario de cierre para adoptar la recomendación del Grupo de Trabajo para la CdP, que incluye un anexo sobre el régimen internacional y el informe de la reunión, se desarrolló el viernes por la tarde.

Este informe sintetiza las discusiones de la reunión y el resultado en relación con la naturaleza, el alcance, los objetivos y los componentes principales del régimen internacional, así como lo relacionado con el proyecto de decisión de la CdP.

RÉGIMEN INTERNACIONAL DE APB

NATURALEZA: El Grupo de Trabajo tuvo una discusión general acerca de la naturaleza del régimen internacional de APB en el plenario del martes. Los Copresidentes compilaron un documento no oficial sobre la base de las discusiones y un documento no oficial revisado en base a los envíos de las Partes. Dado que no hubo tiempo para considerar la sección sobre naturaleza de manera profunda en el plenario o en el grupo de contacto acerca del objetivo y los componentes principales, se incluyeron cinco opciones diferentes basadas en los envíos de las Partes y en la recomendación de los Copresidentes tal como estaban incluidas en los documentos no oficiales.

El Grupo Africano apoyó un régimen legalmente vinculante, en base a una aplicación cooperativa entre el usuario y los países proveedores. El Grupo de Países Megadiversos Afines (PMDA), con el apoyo de muchos países en vías de desarrollo, se mostró a favor de un régimen único legalmente vinculante, en línea con el mandato acordado en La CMDS y con las decisiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, para promover la certeza legal y la transparencia, incluye las medidas de usuario y la prevención de la apropiación falsa. Muchos explicaron que el régimen debe fortalecer la capacidad de los proveedores de negociar los contratos de APB, proteger sus derechos y dar acceso a la justicia. Brasil agregó que el régimen debe incluir transferencia de tecnologías y transmisión de información. Etiopía acentuó la necesidad de un órgano internacional de observancia y Argelia y El Salvador enfatizaron la necesidad de fortalecer el principio de la soberanía nacional. Una cantidad de países señaló que las medidas y los contratos voluntarios no son suficientes para implementar la participación de los beneficios.

Noruega dijo que algunos elementos deben ser legalmente vinculantes y pidió un protocolo en el marco de la CDB. La UE llevó la atención a su envío sobre un rango de medidas voluntarias y vinculantes, mecanismos y herramientas y, con Canadá, Suiza y Nueva Zelanda, pidió que se progrese sobre sustancias antes de discutir la naturaleza del régimen. Australia, Canadá y Nueva Zelanda dijeron que el régimen puede incluir tanto medidas legalmente vinculantes como no legalmente vinculantes, en línea con la Decisión VII/19D acerca de los términos para la elaboración del régimen, incluyendo la referencia a las Directrices de Bonn, los contratos modelo y un nuevo elemento sobre conocimiento tradicional. Suiza apoyó el marco de trabajo o régimen sombrilla, en armonía con otros instrumentos internacionales y, con Canadá, dijo que se debe crear en base a los enfoques ya existentes. En apoyo a un enfoque basado en contrato, Japón pidió que se desarrollen leyes APB locales en base a las Directrices de Bonn y los contratos modelo basados en la ley nacional.

Resultado Final: En el anexo a la recomendación (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), la sección sobre naturaleza contiene una recomendación de los Copresidentes del Grupo de Trabajo con tres opciones generales, que son: un instrumento legalmente vinculante; una combinación de instrumentos legalmente vinculantes y no legalmente vinculantes; o un instrumento no legalmente vinculantes. Además, hace una lista de cinco opciones tal como se estableció en los envíos de las Partes.

  • El régimen internacional debe ser legalmente vinculante. Además, debe hacer hincapié en la aplicación más cooperativa entre las Partes y no debe referirse a conflictos de manera primaria para la ley internacional, la cual no sólo es cara, sino un abuso sobre los recursos de los países.
  • El régimen puede incluir: un instrumento legalmente vinculante; una combinación de instrumentos legalmente vinculantes y no legalmente vinculantes; o un instrumento no vinculante.
  • El régimen internacional debe estar compuesto de un solo instrumento legalmente vinculante que contenga un grupo de principios, normas, reglas y medidas de observancia y aplicación.
  • La naturaleza debe discutirse después de que estén completas las deliberaciones sobre lo sustancial del régimen internacional. El régimen internacional podría estar compuesto de uno o más instrumentos no vinculantes dentro de un grupo de principios, normas, reglas procedimientos de toma de decisión.
  • El régimen internacional debe estar compuesto de uno o más instrumentos legalmente vinculantes y/o instrumentos no legalmente vinculantes dentro de un grupo de principios, normas, reglas y procedimientos legalmente vinculantes y no vinculantes.

ALCANCE: El Grupo de Trabajo consideró el alcance del régimen en plenario el lunes y el martes. Los Copresidentes compilaron un documento no oficial sobre la base de las discusiones y un documento no oficial sobre la base de los envíos de las Partes. Dado que no hubo tiempo para considerar la sección sobre naturaleza de manera profunda en el plenario o en el grupo de contacto acerca del objetivo y los componentes principales, se incluyeron siete opciones diferentes basadas en los envíos de las Partes y en la recomendación de los Copresidentes tal como estaban incluidas en los anexos.

Las cuestiones principales incluyeron: la inclusión de derivaciones en el alcance del régimen; la relación con el Tratado Internacional sobre Recursos Genéticos de Flora para la Alimentación y la Agricultura (TIRFG); y la necesidad de definiciones.

Hubo acuerdo general acerca de que los recursos genéticos humanos deben ser excluidos. La UE, Canadá y Australia señalaron que la Decisión VII/19D sobre los términos de referencia para la elaboración del régimen internacional establece su alcance. Australia dijo que el alcance no debe: o extenderse a materiales adquiridos previo a la entrada en vigencia de la CDB o sus derivados; o meterse en el mandato de otros tratados; o tratar el área del Tratado Antártico o de áreas más allá de la jurisdicción nacional. La UE agregó que agregó que los derivados y productos deben ser excluidos de las obligaciones específicas de las Partes establecidas por el régimen. Los PMDA destacaron que el régimen se vería perjudicado si se omiten los derivados. Guinea Bissau sugirió que el régimen permita a los países negociar de manera bilateral los acuerdos sobre participación de los beneficios sobre el material genético transferido antes de la entrada en vigencia de la CDB.

El Grupo Africano pidió que los recursos biológicos, los recursos genéticos, el conocimiento tradicional y los derivados queden cubiertos, y —con Noruega y Cuba- solicitó la exclusión de las especies contenidas en el sistema multilateral del Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (TIRFG) cuando son utilizadas para la alimentación y la agricultura. Noruega sugirió que haya flexibilidad para permitir la futura expansión del Anexo I del TIRFG que contiene la lista de cultivos y especies de forrajes cubiertas por el sistema multilateral del TIRFG. Colombia y Perú acentuaron la complementariedad entre el régimen internacional y el TIRFG. Brasil dijo que el régimen no descarta los aportes del TIRFG. El Secretario del TIRFG, Shakeel Bhatti dio un pantallazo de la naturaleza del TIRFG, el alcance y los objetivos y acentuó que su alcance cubre todos los recursos genéticos de flora para la alimentación y la agricultura. La FAO pidió a los delegados que tomen en cuenta el Programa de Trabajo Plurianual de su Comisión sobre Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura (CRGAA), que cubre todos los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura y le presta especial atención a la seguridad alimentaria y a la erradicación de la pobreza.

Suiza hizo hincapié en la necesidad de acordar sobre una interpretación de la definición de la CDB de recursos genéticos y dijo que el régimen no debe perjudicar el trabajo de otros órganos. México y China pidieron una definición clara de los derivados y Tailandia señaló que el régimen debe aplicarse a todos los recursos genéticos y derivados, mientras que los derivados estén claramente definidos. Canadá también pidió definiciones claras de recursos genéticos y derivados.

Croplife Internacional dijo que el régimen debe apoyar la implementación nacional en base a las Directrices de Bonn, para aumentar el comercio biológico mundial. La Asociación de Dueños de Propiedad de Intelectual advirtió contra el hecho de que se extienda el alcance del régimen más allá del alcance de la CDB y estuvo en contra de que exista una única definición de derivados. Las Asambleas Indígenas de Asia, el Ártico y África pidieron que se reconozcan los derechos humanos de las poblaciones indígenas tal como establece la Declaración de las NU sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas (DNUDPI). Otros representantes reafirmaron la propiedad de las poblaciones indígenas de su conocimiento tradicional y destacaron su derecho de no optar por los aportes del régimen.

Resultado Final: En el anexo de la recomendación (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), la sección sobre el alcance incluye una compilación de propuestas, entre las que se incluye una recomendación del Grupo de Trabajo de los Copresidentes y siete opciones en base a los envíos de los países. La recomendación de los Copresidentes sugiere que el alcance cubra “todos los recursos genéticos, los conocimientos tradicionales asociados cubiertos en el marco de la CDB y los beneficios que resulten de su uso”.

La opción 1 propone que el alcance incluya, entre otras cosas, todos los recursos biológicos y genéticos, derivados, productos y el conocimiento tradicional asociado y los beneficios que surgen de sus usos comerciales y de otro tipo, y después de la entrada en vigencia de la CDB, dentro de la jurisdicción nacional y de naturaleza transfronteriza, y que se excluyan las especies que están en las listas del Anexo I del TIRFG a menos que se use más allá de los propósitos de este tratado.

La opción 2 propone que el régimen se aplique a todos los recursos genéticos y conocimiento tradicional asociado cubierto por la CDB, sujeto a otras obligaciones internacionales, con la exclusión de los recursos genéticos humanos y los recursos genéticos más allá de la jurisdicción nacional.

La opción 3 propone que el régimen cubra el acceso a los recursos genéticos y la participación justa y equitativa de los beneficios de acuerdo con los aportes relacionados de la CDB, excluyendo los recursos genéticos adquiridos antes de la entrada en vigencia de la CDB y los recursos genéticos humanos. También incluye una lista de ítems para la consideración especial relacionada con el mandato de otros órganos y tratados.

La opción 4 propone que cubra todos los tipos de recursos genéticos y sus derivados excluyendo los recursos genéticos humanos y cualquier conocimiento tradicional asociado con los recursos genéticos y sus derivados, y señala que el régimen no descarta los aportes del acceso y participación de los beneficios del TIRFG.

La opción 5 propone que todos los recursos genéticos y conocimiento tradicional cubierto por la CDB y los beneficios que surgen de su uso comercial y de otro tipo debe ser cubierto, excluyendo los recursos genéticos humanos.

La opción 6 propone que todos los recursos genéticos, derivados y conocimiento tradicional asociado que aporte derivados deben ser claramente definidos dentro del alcance de la CDB.

La opción 7 propone que el régimen debe prever, de acuerdo con las leyes y obligaciones nacionales e internacionales, las condiciones para facilitar el acceso y la utilización transfronteriza de los recursos genéticos para uso ambientalmente racional y el conocimiento tradicional asociado; y para el justo y equitativo acceso y participación de los beneficios monetarios y no monetarios. Debe ser así sin perjudicar al TIRFG y tomando en cuenta el trabajo de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) la CRFGAA. Los materiales que deben ser excluidos incluyen los recursos genéticos humanos, el material genético adquirido previo a la ratificación nacional de la CDB y desde ese momento lo cultivado ex situ y el material genético que ya está disponible de manera libre por parte del país de origen.

OBJETIVOS: El Grupo de Trabajo consideró los objetivos del régimen en plenario el lunes y en grupo de contacto sobre objetivos y principales componentes el martes y brevemente el miércoles. En plenario, el Grupo Africano, representado por PMDA sugirió que el régimen: promueva la participación de los beneficios; evite la apropiación indebida de los recursos genéticos y que controle y apoye la observancia con la CDB. La UE y Canadá apoyaron los objetivos de acuerdo con la Decisión VII/19D sobre los términos de referencia para la elaboración del régimen, a saber para implementar los Artículos 15 y 8(j) de la CDB y apoyo a los tres objetivos de la Convención. Australia sostuvo que estaba lista para trabajar en las áreas de divergencia para establecer los componentes y objetivos del régimen, en la medida en que éstos apoyen la implementación a nivel nacional. Suiza recordó que el objetivo principal del régimen es la creación de certidumbre con respecto a la regulación del APB y Noruega sugirió que se utilicen los objetivos de las Directrices de Bonn como punto de partida para el desarrollo del texto. Otros países hicieron hincapié en el justo y equitativo acceso y participación de los beneficios, evitar la apropiación indebida y asegurar que los beneficios vuelvan a los países de origen. Los representantes indígenas expresaron su preocupación por la falta de atención de las Partes a los derechos de los indígenas y pidieron un objetivo que proteja estos derechos.

En el grupo de contacto sobre el objetivo y los componentes principales, los delegados propusieron e hicieron enmiendas al proyecto de objetivos tal como figura en el documento no oficial preparado por el Grupo de Trabajo de los Copresidentes. La UE, Canadá, Noruega, Suiza, Australia, Japón y Nueva Zelanda apoyaron el texto propuesto en un documento no oficial que dice “implementar de manera efectiva las disposiciones de los artículos 15 y 8(j) de la Convención y sus tres objetivos, específicamente a través de la facilitación del acceso a los recursos genéticos y la garantía de una justa y equitativa distribución de los beneficios que surjan de su utilización”. Los PMDA y el Grupo de América Latina y el Caribe (GRULAC) sugirieron el objetivo: “asegurar la efectiva, justa y equitativa participación en los beneficios monetarios y no monetarios que surjan de la utilización de los recursos genéticos, sus derivados y el conocimiento tradicional asociado, evitando la apropiación y la utilización indebida, y garantizando la observancia de los países usuarios de las legislaciones y requisitos nacionales (entre los que se incluyen el consentimiento fundamentado previo y los términos mutuamente acordados) de los países de origen que proveen tales recursos, o de la Parte que ha adquirido tal recurso de acuerdo con la CDB”.

El Grupo Africano propuso que el régimen debería: “efectivamente implementar las disposiciones de los artículos 15, 8(j), 1, 16 y 19.2 de la Convención y sus tres objetivos, específicamente a través de la regulación del acceso transparente a los recursos genéticos y el conocimiento tradicional asociado y los derivados y productos, garantizando condiciones y medidas para una justa y equitativa distribución de los beneficios que surjan de su utilización, y evitando su apropiación y uso indebido”. El Foro Indígena Internacional sobre Biodiversidad Biológica (FIIDB) propuso un texto alternativo que toma en cuenta los derechos de las comunidades indígenas y locales. Señalando las reglas de procedimiento, los Copresidentes pidieron apoyo formal de una Parte para la propuesta del IIFB, que fue aportada por Haití, y el texto se mantuvo.

Las opciones se consolidaron en un solo texto entre corchetes. Los delegados intentaron eliminar los corchetes de los elementos individuales sin progreso sustancial y luego acordaron enviar el texto al plenario tal como estaba entre corchetes.

Resultado Final: En el anexo a las recomendaciones (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), la provisión sobre el objetivo contiene una cantidad de referencias entre corchetes, entre las que se incluyen:

  • una cantidad de provisiones de la CDB, entre las que se incluyen los Artículos 15, 8(j), 1, 16 y 19.2, y los tres objetivos de la CDB;
  • facilitar o regular el acceso transparente a los recursos genéticos y el acceso en general;
  • derivados y productos de los recursos genéticos, y conocimiento tradicional asociado;
  • apropiación y uso indebido;
  • las condiciones y medidas para la participación de los beneficios;
  • asegurar la observancia en los países usuarios con las leyes y requerimientos nacionales incluyendo CFP y TMA del país de origen y
  • derechos sobre esos recursos, incluyendo los derechos de las comunidades indígenas y locales.

COMPONENTES PRINCIPALES: Los Copresidentes René Lefeber (Países Bajos) y du Plessis presentaron su documento sobre los principales componentes del régimen, que contiene secciones sobre: la justa y equitativa participación en los beneficios; el acceso a los recursos genéticos; la observancia; el conocimiento tradicional; y la creación de capacidades. También explicó que cada sección sustantiva tiene dos subsecciones: una sobre los componentes que necesitan más elaboración, que contiene “ladrillos” que describen los principales elementos de un régimen destilados por los Copresidentes de los envíos y las intervenciones; y otro sobre los componentes que necesitan ser considerados nuevamente, a la que los delegados pueden decidir que pasarán elementos de la lista anterior si no pueden llegar a un acuerdo acerca de ellos, convirtiéndolos en “viñetas”. Los Copresidentes explicaron que habían destilado los envíos de las Partes para llegar a las piedras fundamentales, eliminando: toda referencia a la naturaleza del régimen (entre ellas a si el elemento sería o no jurídicamente vinculante), y toda referencia al alcance del régimen (por ejemplo en relación a si los derivados serían o no incluidos). Luego, los Copresidentes propusieron un método de trabajo que consistía en hacer tres preguntas: 1) si los delegados podían aceptar este texto como base para el futuro trabajo, 2) si los delegados coincidían en que los conceptos contenidos en los “ladrillo” deberían formar parte del régimen, y 3) si los delegados estaban de acuerdo con su redacción.

Luego de las consultas regionales, los delegados acordaron trabajar en base al texto preparado por los Copresidentes utilizando el método de trabajo propuesto. Los PMDA, pidieron que el registro de la reunión refleje que la participación de buena fe requiere que cuando las Partes acuerden un elemento de los “ladrillos”, no haya intentos de eliminar ese elemento en las futuras negociaciones.

Participación justa y equitativa de los beneficios: El grupo de contacto sobre el objetivo y los componentes principales discutió la participación de los beneficios del miércoles al viernes. La UE sugirió una cantidad de medias entre las que se incluyen:

  • el desarrollo de cláusulas modelo para su potencial inclusión en los acuerdos de transferencia de materiales (ATMs);
  • el desarrollo de herramientas de tecnología de la información para crear transparencia en las obligaciones y facilitar las transacciones;
  • la exploración del papel de la legislación internacional privada para garantizar la observancia de los términos mutuamente acordados (TMA) de los contratos;
  • la participación de los indígenas y las comunidades locales en la determinación de los TMA y el establecimiento del CFP cuando se accede al conocimiento tradicional asociado a recursos genéticos y
  • la concientización pública.

El Grupo Africano propuso, entre otras cosas: estándares internacionales mínimos; la estipulación de la participación en los beneficios a través de los TMAs; y que se dirijan los beneficios hacia los tenedores de los recursos genéticos. Australia agregó que se deben usar las directrices no vinculantes sobre la participación en los beneficios y que haya referencias a las disposiciones clave de las CDB y a las Directrices de Bonn como fuentes primarias de asesoramiento para orientar a la implementación nacional.

Luego de las discusiones que se desarrollaron a última hora del jueves, el viernes por la mañana, el grupo de contacto discutió los elementos de la participación de los beneficios contenida en el documento de compilación del grupo de contacto de los copresidentes. La discusión se centró en cómo incorporar, y si hacerlo o no, en el régimen internacional, una referencia a las Directrices de Bonn y un texto que indique que TMA debe ser negociado por cada nuevo uso. Acerca de las Directrices de Bonn, Perú señaló los problemas existentes de procedimientos de implementación y la UE destacó que prejuzgan la naturaleza del régimen. Sobre TMA para cada uso, la UE y Nueva Zelanda pidieron más aclaración y los PMDA y el Grupo Africano se mostraron a favor del texto ya existente, y explicaron que entienden que si un recurso genético fue obtenido y luego puesto en una aplicación diferente, los términos deberán ser renegociados.

Resultado Final: En el anexo de las recomendaciones (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), los delegados acordaron los siguientes componentes relacionados con la participación de los beneficios que serán elaborados:

  • vínculo del acceso a la participación justa y equitativa de los beneficios;
  • beneficios que serán participados en TMA;
  • beneficios monetarios y/o no monetarios;
  • acceso y transferencia de tecnologías;
  • participación de los resultados de la investigación y desarrollo sobre TMA;
  • participación efectiva en las actividades de investigación y/o desarrollo conjunto en actividades de investigación;
  • mecanismos para promover la igualdad en las negociaciones;
  • concientización y
  • medidas para asegurar la participación e involucramiento de las comunidades locales e indígenas en TMA y participación de los beneficios con los tenedores del conocimiento tradicional.

Los delegados señalaron los siguientes componentes para su consideración:

  • desarrollo de condiciones y estándares internacionales mínimos;
  • participación de los beneficios para cada uso;
  • beneficios dirigidos a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad y desarrollo socioeconómico;
  • opciones de participación de los beneficios multilateral cuando el origen no está claro
  • establecimiento de fondos fiduciarios para tratar las situaciones transfronterizas;
  • desarrollo de menús de cláusulas modelo y beneficios estandarizados para la inclusión potencial en los ATMs y
  • mejorar la utilización de las Directrices de Bonn.

Acceso a los recursos genéticos: El grupo de contacto sobre el objetivo y los componentes principales discutió el acceso del miércoles al viernes.

La UE estableció que el los estándares internacionales de acceso facilitarán el acceso, difundirán la transparencia y la capacidad de predicción y deben incluir, entre otras cosas: la orientación internacional para la legislación nacional de acceso, por ejemplo los modelos de legislación; las reglas específicas sobre los requerimientos del CFP o la existencia de otras normas para obtener CFP; estatus legal claro y reglas de propiedad de los recursos genéticos encontrados in situ y ex situ; disponibilidad y accesibilidad de información sobre cómo obtener CFP; existencia de un procedimiento para el acceso simplificado para la investigación no comercial; y compromiso internacional para asegurar que las reglas de acceso nacional se apliquen de modo no discriminatorio. El Grupo Africano propuso acceso para usos ambientalmente racionales y pidió la protección del conocimiento tradicional y las prácticas indígenas, sujetas a la participación de los beneficios y al PIC.

Resultado Final:En el anexo a la recomendación (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), la sección sobre el acceso contiene los siguientes componentes para su elaboración:

  • reconocimiento de los derechos de soberanía y autoridad de las partes para determinar el acceso;
  • vincular el acceso con la participación justa y equitativa de los beneficios y
  • certeza legal, claridad y transparencia para las reglas de acceso.

La sección también contiene los siguientes componentes para su consideración:

  • reglas de acceso no discriminatorios;
  • estándares internacionales de acceso (que no requieren armonización de la legislación doméstica) para apoyar la observancia a lo largo de las jurisdicciones;
  • modelo de legislación local desarrollada de manera internacional;
  • minimización de los costos de administración y transacción y
  • reglas de acceso simplificado para la investigación no comercial.

Observancia: El Grupo de Trabajo discutió la observancia en plenario el lunes y en el grupo de contacto sobre el objetivo y los componentes principales, del miércoles al viernes.

La UE hizo énfasis en: estándares internacional sobre ley y práctica de acceso nacional; desarrollo de una definición internacional de apropiación indebida y elementos para ATMs estándares en sectores específicos, para apoyar la observancia con el CFP y TMA; pasos para promover los códigos de conducta para los usuarios y para identificar y establecer un mecanismo para identificar aquellos códigos señalados como mejores prácticas y revelación del origen o fuente de los recursos genéticos y el conocimiento tradicional en la aplicación de patentes que serán discutidas en el marco de la WIPO.

El Grupo Africano propuso: la aplicación en los países usuarios; la revelación del origen de los recursos genéticos y el conocimiento tradicional asociados; certificados de origen y de observancia de las legislaciones nacionales; y presentación de informes, monitoreo y seguimiento. Australia propuso un certificado voluntario de observancia de las regulaciones nacionales de APB emitido por una autoridad doméstica; y un modelo de contratos como mecanismo primario para garantizar la observancia.

Perú sugirió que el informe de la reunión del Grupo de Expertos Técnicos sobre un Certificado Reconocido Internacionalmente de Origen/Fuente/Procedencia Legal, constituya una base sólida para el desarrollo de estos certificados. India destacó la necesidad de tanto un certificado legalmente vinculante como de una revelación de los requerimientos en las aplicaciones de las patentes. Indonesia agregó que el régimen internacional debe establecer un estándar mínimo para obtener un certificado. Costa Rica dijo que el certificado debe ser simple y verificable.

Suiza sugirió que se focalice sobre un mínimo de requerimientos para asegurar la observancia y destacó la utilidad de un certificado internacional, la revelación de requerimientos en las aplicaciones de patente y una definición acordada internacionalmente de apropiación indebida.

Nueva Zelanda pidió a los delegados que traten la practicidad de las medidas de observancia. Canadá acentuó que los contratos ofrezcan el mejor equilibrio entre la flexibilidad y la observancia con TMA, y cuestionó la capacidad de una revelación obligatoria para asegurar la observancia con el PIC. Acerca del certificado, pidió: un análisis costo-beneficio y una evaluación de impacto sobre recursos financieros y humanos; identificación de puntos de control y nuevas tecnologías; y evaluación de necesidades de capacidad. Japón acentuó la importancia de: la identificación de objetivos certificados; medición del beneficio esperado; verificación de su efectividad e implementación de un análisis costo-beneficio. IUCN recomendó que el Grupo de Trabajo acuerde sobre y pruebe un certificado modelo.

El viernes por la mañana, el grupo de contacto tuvo una larga discusión acerca de si los estándares de acceso internacional deben estar en una lista bajo una subsección sobre herramientas para aplicar la observancia. Los PMAD, GRULAC y el Grupo Africano consideren el ítem que será mal ubicado y pidió su eliminación de la sección de observancia. La UE explicó que los estándares de acceso internacional se requieren para asegurar la observancia en las cortes y juzgados de aplicación y pidió que se mantenga este ítem. Luego de consultas informales, los PMAD presentaron una propuesta de compromiso al plenario de cierre, que incluye ubicar el ítem sobre estándares de acceso internacional en el marco de las herramientas para alentar la observancia, y sacarlo de la lista de herramientas para aplicar la observancia. La UE aceptó el compromiso, pero se reflejaron muchas expresiones sobre la cuestión en el informe de la reunión, tal como se destacó en el plenario de cierre.

Resultado Final: En el anexo a las recomendaciones (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), la sección sobre observancia incluye los siguientes componentes que serán elaborados en el futuro: actividades de concientización como una herramientas para alentar la observancia; y mecanismos para el intercambio de información y un certificado reconocido internacionalmente realizado por una autoridad local competente como herramientas para monitorear la observancia.

Los componentes para la futura consideración incluyen herramientas para alentar la observancia, por ejemplo:

  • entendimiento internacional de la apropiación y uso indebido;
  • menús sectoriales de cláusulas modelos para ATMs;
  • códigos de conducta para grupos de usuarios importantes;
  • identificación códigos de conductas de mejores prácticas;
  • los usuarios que cumplen reciben fondos de investigación para cumplir con los requerimientos de APB específicos;
  • una declaración unilateral de los usuarios;
  • y estándares internacionales de acceso

Herramientas para monitorear la observancia que serán consideradas en el futuro incluyen:

  • sistemas de seguimiento y elaboración de informes
  • tecnología de información para el seguimiento;
  • revelación de los requerimientos;
  • y identificación de puntos de control.

Las herramientas para aplicar la observancia que serán consideradas en el futuro incluyen:

  • medidas para asegurar el acceso a la justicia;
  • mecanismos de establecimiento de disputa;
  • aplicación de juzgamientos y arbitrajes en las jurisdicciones;
  • procedimiento de intercambio de información entre puntos focales de APB nacionales para ayudar a los proveedores a que obtengan información pertinente en casos específicos de incumplimientos de los requerimientos del CFP;
  • y remedios y sanciones.

También se listaron como componentes para su consideración futura medidas para asegurar la observancia con leyes de consume y sistemas locales de protección.

Conocimiento tradicional y recursos genéticos: Los delegados discutieron cuestiones relacionadas con la inclusión del conocimiento tradicional en el régimen, durante el plenario el lunes y en el grupo de contacto sobre el objetivo y los componentes principales del miércoles al viernes.

En plenario, la UE identificó la protección de los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales sobre el conocimiento tradicional como uno de los objetivos del régimen internacional, y enumeró una serie de cuestiones que deberán ser tratadas con el aporte de expertos indígenas, entre las que se incluyen: el certificado de observancia, la posible relevancia de la Declaración de las NU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el proyecto de código de conducta ética, y las necesidades de creación de capacidades de las comunidades. Nueva Zelanda sugirió: la utilización del conocimiento tradicional sólo con la aprobación de quienes mantienen el conocimiento; la identificación de los individuos u organizaciones que garantizan la aprobación en representación de una comunidad; la resolución de conflictos entre tenedores a nivel nacional; y el reconocimiento de los derechos aduaneros existentes. CANADÁ dijo que el acceso al conocimiento tradicional debería estar garantizado por sus propios tenedores de acuerdo con los procedimientos de las comunidades. Brasil dijo que el régimen debería reconocer y proteger los derechos de las comunidades en relación con su conocimiento tradicional asociado a los recursos genéticos y sus derivados. Argelia dirigió la atención a la complementariedad entre la CDB, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y la Organización Mundial de Comercio (OMC), mientras que JAPÓN destacó una serie de cuestiones técnicas sin resolver de las que se ocupa la OMPI.

El Grupo Africano subrayó los vínculos entre los recursos genéticos y el conocimiento tradicional, y sugirió que el certificado debería especificar cuál es el conocimiento tradicional asociado al recurso genético, y quienes son los tenedores de tal conocimiento. El FIIDB sugirió que en la reunión se establezca un proceso entre sesiones para el tratamiento de la relación entre el régimen, los recursos genéticos y el conocimiento tradicional.

En el grupo de contacto la UE sugirió que el trabajo sobre las mejores prácticas garantice el respeto del conocimiento tradicional en las investigaciones relacionadas con el APB, y menús de cláusulas modelo para su potencial inclusión en los TMAs. Acerca de los principios para la protección del conocimiento tradicional, Nueva Zelanda que se tomen en cuenta los derechos de los indígenas y las comunidades locales sobre el conocimiento tradicional y que el acceso sólo se permita con la aprobación de quienes son los tenedores del conocimiento y que no haya coerción al acceso. El Grupo Africano propuso un certificado que identifique el origen y los tenedores del conocimiento tradicional y el reconocimiento de los derechos de los tenedores a controlar la futura utilización de su conocimiento. Australia propuso un grupo de directrices no vinculantes para: promover la equitativa distribución de los beneficios que surjan de la utilización del conocimiento tradicional relacionado con utilización de recursos genéticos; garantizar que el acceso a los recursos genéticos, en el marco de la propiedad o control de los indígenas y las comunidades locales, se realice con la aprobación de la comunidad que es dueña o controla tales recursos en las legislaciones nacionales; y garantizar la distribución de los beneficios con los indígena y las comunidades locales en tales circunstancias, a través de los TMAs.

La UE y los representantes de las comunidades indígenas y locales apoyaron una referencia a “CFP de tenedores de conocimiento tradicional cuando se accede al conocimiento tradicional”, lo cual fue apoyado por el Grupo Africano con el agregado de una referencia a los ATMs, pero con la oposición de Canadá. Brasil propuso, y los delegados acordaron, tener un elemento para su próxima elaboración sobre medidas para asegurar la participación justa y equitativa de los beneficios que surgen del uso del conocimiento tradicional de acuerdo con el Artículo 8(j).

Resultado Final: En el anexo a la recomendación (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), la sección sobre conocimiento tradicional contiene los siguientes componentes para su consideración futura:

  • medidas para asegurar la participación justa y equitativa con los tenedores del conocimiento tradicional del conocimiento que surge de la utilización del conocimiento tradicional de acuerdo con el Artículo 8(j);
  • medidas para asegurar que el acceso al conocimiento tradicional tome lugar de acuerdo con los procedimientos a nivel comunitario;
  • medidas para tratar el uso del conocimiento tradicional en el contexto de los arreglos para la participación de los beneficios;
  • identificación de las mejores practicas para asegurar el respeto por el conocimiento tradicional en la investigación relacionada con APB;
  • incorporación del conocimiento tradicional en el desarrollo de cláusulas modelo para los ATMs;
  • identificación del individuo o autoridad para garantizar el acceso de acuerdo con los procedimientos a nivel comunitario;
  • acceso con aprobación de los tenedores del conocimiento tradicional;
  • y acceso no coercitivo ni provocado al conocimiento tradicional.

La sección también contiene los siguientes componentes para su consideración futura:

  • CFP y ATM con tenedores de conocimiento tradicional, incluyendo las comunidades indígenas y locales, cuando se accede al conocimiento tradicional;
  • directrices desarrolladas a nivel internacional para ayudar a las Partes en el desarrollo de su legislación y políticas domésticas;
  • declaración sobre el certificado reconocido de manera internacional tanto como sí hay algún conocimiento tradicional asociado y quienes son los propietarios del conocimiento tradicional y
  • distribución a nivel comunitario de los beneficios que surgen del conocimiento tradicional.

Creación de capacidades: Este ítem se discutió en plenario el lunes y en el grupo de contacto sobre el objetivo y los componentes principales el miércoles y jueves. En plenario, muchos delegados pusieron énfasis en la creación de capacidades para la implementación de los marcos de trabajo de APB nacionales y para el monitoreo de actividades de APB. Pidieron una cantidad de enfoques y programas diferentes, entre los que se incluyen: aporte de recursos financieros suficientes, confiables y sostenibles; desarrollo de directrices para las mejores prácticas e implementación; capacitación legal; concientización; transferencia de tecnología; establecimiento de un mecanismo de intercambio de información que asegure la observancia y la diseminación del conocimiento; y centrarse sobre los elementos del Plan de Acción para la Creación de Capacidades de la CDB. Muchas delegaciones y grupos indígenas pidieron la creación de capacidades para las comunidades locales e indígenas, y Malawi pidió creación de capacidades para usuarios que infringen la legislación de los países proveedores.

En el grupo de contacto sobre el objetivo y los componentes principales, los delegados pidieron: medidas dirigidas a apoyar a los países proveedores en el desarrollo de marcos de trabajo nacionales reacceso que cumplan con los estándares internacionales; un mecanismo internacional de creación de capacidades; asistencia con el desarrollo de legislación nacional de APB y la prevención de la bio piratería; y mejorar la capacidad de negociación de los sectores interesados.

Resultado Final: En el anexo a la recomendación (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), los componentes para su elaboración futura incluyen:

  • auto evaluaciones de capacidad nacional que serán usadas como una directriz para los requerimientos mínimos de creación de capacidades;
  • medidas para la transferencia de tecnología y cooperación;
  • medidas especiales de creación de capacidades para las comunidades indígenas y locales;
  • y medidas de creación de capacidades en todos los niveles importantes para: desarrollar legislación nacional; participación en negociaciones, incluyendo las negociaciones de contrato; tecnología de la información y la comunicación; desarrollo y uso de métodos de evaluación; prospectos biológicos, investigación asociado y estudios de taxonomía; monitoreo y aplicación de la observancia; y uso de APB para el desarrollo sostenible.

El establecimiento de un mecanismo financiero sigue siendo un componente para su consideración futura.

PROYECTO DE DECISIÓN DE LA CDP

El martes, el Grupo de Trabajo de los Copresidentes presentó un documento no oficial que contiene elementos posibles para ser incluidos en un proyecto de decisión que será considerado por la CdP 9. El miércoles los delegados establecieron un grupo de contacto, copresidido por Linus Spencer Thomas (Granada) y François Pythoud (Suiza), para trabajar sobre la base de este documento no oficial. El grupo de contacto se reunió brevemente por la noche para recopilar los comentarios y propuestas de los delegados para su incorporación en un proyecto de recomendaciones revisado que se consideró al día siguiente.

El jueves el grupo de contacto sobre el proyecto de decisión discutió el proyecto de recomendación revisado preparado por su Copresidentes, que incorporó todas las propuestas recibidas. La discusión se centró en: referencias apropiadas para los instrumentos legales existentes para guiar el futuro trabajo del Grupo de Trabajo; aportes para la reunión de expertos técnicos; la cantidad y la frecuencia de las futuras reuniones del Grupo de Contacto; la participación indígena; el rol del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) en el APB; y el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL).

Acerca de las referencias a los instrumentos legales existentes para guiar el futuro trabajo del Grupo de Trabajo: Canadá solicitó que se establezca que la CdP “toma nota” de la adopción de la Declaración de las NU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en lugar de que “recibe con agrado”, y —con la oposición de Brasil— solicitó que se elimine una referencia en la que se establece que dicha declaración guiará la comprensión de las Partes de sus compromisos ante la CDB; la UE y Australia se mostraron a favor de una referencia a la Decisión VII/19D (términos de referencia para la elaboración del régimen internacional), mientras que los PMAD y el Grupo Africano estuvieron a favor de la Decisión VIII/4A (régimen internacional de APB, incluyendo el resultado APB 4 como un anexo); y Japón, con el apoyo de Nueva Zelanda y la oposición de Brasil y el Grupo Africano, propuso un texto que invite a las Partes a utilizar completamente las Directrices de Bonn.

Los delegados estuvieron en desacuerdo acerca del número y la frecuencia de las reuniones del Grupo de Trabajo de APB entre la CdP 9 y la 10, y decidieron que se mantengan las opciones de que la séptima reunión del Grupo de Trabajo sea en 2008 o lo más pronto posible después de la CdP 9, sujeto a la disponibilidad de los recursos financieros.

Acerca de una sugerencia de convocar a un grupo de expertos técnicos, los delegados acordaron que el texto era muy prescriptivo y acordaron una propuesta de la UE para que se reemplace ese párrafo con una nota que incluya el necesario texto sobre el establecimiento de un grupo o varios grupos de expertos técnicos en la CdP 9, con términos de referencia claros. Los delegados también acordaron que se eliminen los párrafos alternativos que piden que la Secretaría Ejecutiva pida un estudio o convoque a un grupo de expertos técnicos para examinar la factibilidad, practicidad y los costos de un certificado de origen/fuente/procedencia legal.

Noruega se refirió a una propuesta de las comunidades indígenas y locales y señaló la importancia de la participación de las comunidades indígenas y locales en las negociaciones y apoyó que se establezca en una cláusula operativa. La UE, Canadá y Brasil prefirieron que se ubique la referencia en el preámbulo. Sobre la participación indígena de manera general, Canadá y Colombia apoyaron un párrafo que asegura la preparación suficiente y la facilitación de la participación efectiva de las comunidades locales e indígenas en la negociación del régimen. Mientras que Brasil sugirió que se agregue una referencia a la Decisión VII/19D de la CdP, la UE prefirió una referencia al párrafo sobre la participación indígena que figura en la Decisión de la CdP VIII/5C (Articulo 8(j)). El FIIDB propuso un párrafo adicional solicitando a la Secretaría Ejecutiva que convoque a un seminario internacional sobre el conocimiento tradicional antes de la nueva reunión del Grupo de Trabajo sobre APB y que apoye la realización de reuniones nacionales y regionales que formarán parte de la reunión internacional de expertos.

El Grupo Africano presentó un nuevo texto, instando al Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) a: fortalecer los esfuerzos para implementar su programa estratégico sobre creación de capacidades para el APB, con el objeto de permitir a las Partes que desarrollen, negocien e implementen el régimen internacional; movilizar los recursos disponibles del cuarto reabastecimiento; y disponer de recursos adecuados en su quinto reabastecimiento. La UE agregó un texto instando a las Partes a que hagan un uso total de los programas del FMAM, incluso para la completa implementación de los artículos de la Convención relacionados con el APB. Los delegados estuvieron de acuerdo con estos agregados.

El Grupo Africano destacó la falta de capacidad de los países en vías de desarrollo para acceder al MDL, y los delegados acordaron que se agregue un texto que pida a la Secretaría Ejecutiva y a otros que tomen medidas para la creación de capacidades de las Partes para el acceso y el uso del MDL.

Resultado Final: La recomendación del Grupo de Trabajo (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2) contiene mucho texto entre corchetes así como opciones alternativas sobre los elementos posibles para una decisión de la CdP sobre APB. En el preámbulo, el Grupo de Trabajo recomienda que la CdP, entre otras cosas:

  • recuerda sus decisiones: VII/19D y VIII/4 A-E sobre participación de los beneficios, VIII/5C sobre colaboración y las Directrices de Bonn;
  • reconoce el rol potencial del PNUMA y otros órganos en la contribución futura para la concientización y el desarrollo de la capacidad;
  • reconoce el rol potencial del MDL;
  • y reconoce la importancia de la participación de las comunidades indígenas y locales para la elaboración y negociación del régimen.

El preámbulo contiene texto entre corchetes que recomiendan que la CdP, entre otras cosas:

  • o “recibir” o “tomar nota” de la DNUDPI;
  • y reconoce la importancia de la concientización y señala la contribución potencial del programa de trabajo sobre comunicación, educación y concientización.

Los párrafos operativos contienen texto entre corchetes y múltiples opciones para muchos de las cuestiones tratadas.

Acerca de la instrucción de la CdP para el Grupo de Trabajo sobre APB, el Grupo de Trabajo recomienda, con mucho texto entre corchetes, que la CdP reitere que el grupo complete su “mandato” o su “trabajo” lo más pronto posible antes de la CdP 10.

El Grupo de Trabajo también recomienda que la CdP, entre otras cosas:

  • reciba el resultado de la reunión del Grupo de Expertos Técnicos sobre un Certificado Reconocido Internacionalmente de Origen/Fuente/Procedencia Legal;
  • decida tanto sobre la cantidad de reuniones y su frecuencia entre la CdP 9 y la 10, y que cada una de estas reuniones deben ser precedidas por dos días de consultas informales;
  • invita al FMAM a fortalecer sus esfuerzos para implementar su programa estratégico sobre creación de capacidades para APB y pide a las Partes que usen completamente los programas del FMAM;
  • invita al PNUMA y a otros a apoyar o continuar apoyando y facilitando, donde corresponda, las consultas regionales e interregionales, para encarar actividades de desarrollo de capacidad y contribuir a la concientización; e
  • invita a las Partes a hacer un uso óptimo del componente del APB en el MDL para facilitar el intercambio de información relacionado con el APB y pide a la Secretaría Ejecutiva e invita a las Partes y a otros que tomen medidas para la creación de capacidades de las Partes para el acceso y uso del MDL.

El resto del proyecto de decisión está completamente entre corchetes, contiene corchetes adicionales dentro del texto entre corchetes y contiene opciones múltiples sobre muchos de los ítems tratados. En estos párrafos, el Grupo de Trabajo recomienda que la CdP, entre otras cosas:

  • [reciba el progreso realizado en el Grupo de Trabajo de APB en la elaboración y negociación del régimen internacional y tome nota del [anexo I del] informe del Grupo de Trabajo en su sexta reunión [sobre el objetivo[, naturaleza y alcance] y los componentes principales del régimen internacional]] o, como una segunda opción, [de la bienvenida al progreso realizado en el Grupo de Trabajo de APB y decida si transmitir al APB 7 [anexo I del informe del APB 6 sobre el objetivo, naturaleza y alcance y componentes principales del régimen internacional], para el propósito de continuar elaborando y negociando el régimen internacional];
  • [decide que el APB 7 [debe ser convocado lo antes posible después de la CdP 9, sujeto a la disponibilidad de recursos financieros] [debe ser convocado en 2008] [y APB 8 en la primera mitad de 2009];
  • [instruye al APB 7 para que elabore un proyecto de aportes [legales] [vinculante legalmente] del régimen internacional de APB, sobre la base del anexo de la Conferencia de las Partes, [tomando completa ventaja del anexo de la decisión VIII/4A (“el texto de Granada”) y como un modo de implementar rápidamente el tercer objetivo de la Convención]] o, como segunda opción, [instruye al APB 7 para que elabore un proyecto de aportes no legalmente vinculantes o una combinación de legalmente vinculantes y no legalmente vinculantes del régimen internacional de APB, sobre la base de un anexo del informe del APB, y de acuerdo con las decisiones VII/19D y VIII/4 A de la CdP;]
  • [invita a las Partes y a otros a enviar un texto operativo para el régimen internacional de APB y pide a la Secretaría Ejecutiva que compile estos envíos y los ponga a disposición de las Partes sesenta días antes al APB 7];
  • [pide a los copresidentes del Grupo de Trabajo de APB que desarrollen consultas bilaterales y regionales [e interregionales] durante el período entre sesiones, para avanzar las negociaciones y pedir a los países donantes y a las organizaciones relacionadas que aporten los recursos financieros necesarios para estas consultas y para que se cumpla de manera oportuna [y exitosa] el [trabajo] de las [negociaciones] ];
  • [invita a las Partes y a otros a que contribuyan indicando modos y medios para facilitar la preparación y participación suficiente de los representantes de las comunidades indígenas y locales en los Grupos de Trabajo sobre el Artículo 8(j) y APB] o [alentar a las Partes y a otros a aportar modos y medios para permitir la preparación suficiente y para facilitar la participación efectiva de las comunidades indígenas y locales en el proceso de negociación y elaboración del régimen internacional, de acuerdo con la decisión VIII/5C];
  • [pide a la Secretaria Ejecutiva que convoque a una reunión/seminario internacional de expertos sobre conocimiento tradicional previo al APB7];
  • [invita a las comunidades indígenas y locales, Partes, donantes y otras a apoyar los talleres nacionales y regionales, el aporte del cual debe nutrirse la reunión/seminario internacional de expertos];
  • [invita a las Partes a utilizar de manera completa las Directrices de Bonn en la formulación de su legislación nacional sobre APB];
  • [invita a las Partes a utilizar de manera completa el anexo de la decisión VIII/4ª en la formulación de la legislación nacional de APB];
  • y [pide a la Secretaría Ejecutiva que implemente actividades para aumentar la concientización y, [educación] de quienes toman las decisiones y los sectores interesados más importantes.] 

El proyecto de decisión también contiene una nota para que se incluya, en donde sea necesario, un párrafo sobre el establecimiento de un grupo de expertos técnicos o grupos con términos de referencia claros.

PLENARIO DE CIERRE

El viernes por la tarde, el Copresidente del Grupo de Trabajo, Hodges, elogió a los delegados por su espíritu cooperativo y dio las gracias a los Copresidentes de los dos grupos de contacto. Luego el Grupo de Trabajo trató su proyecto de recomendación sobre elementos posibles para la decisión de la CdP.

Thomas, el Copresidente del Grupo de Contacto informó sobre el progreso realizado en el grupo de contacto sobre el proyecto de decisión, y señaló que si bien se ha logrado un progreso sustancial, el grupo no ha sido capaz de eliminar los corchetes. También pidió a los delegados que adopten la recomendación tal como está para que sea considerada por la CdP.

El Copresidente del Grupo de Trabajo, Hodges, señaló que el Buró incluyó una nueva oración en el proyecto de decisión que pide dos días de consultas informales previo a las reuniones del Grupo de Trabajo entre la CdP 9 y la 10. Luego de un pedido de explicación del proceso que hizo la UE, Brasil explicó que el Buró desea explorar la posibilidad de que se tengan consultas informales dado que estas podrían llevar a un mejor entendimiento de las cuestiones.

El Copresidente del Grupo de Trabajo, Casas, leyó el texto que será incluido en el informe de la reunión (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.1), y estableció que el anexo sobre el régimen internacional será la base para las negociaciones futuras, y que todos los envíos escritos hechos durante la reunión del Grupo de Trabajo, serán compiladas por la Secretaría y estarán disponibles previo a la CdP 9. Australia sugirió que el anexo sea la base para la “elaboración y” negociación futura del régimen internacional, lo cual fue acordado.

Luego de llevar la atención a las dos opciones en el proyecto de decisión de la CdP, que incluye las referencias entre corchetes a la naturaleza del régimen, Canadá propuso que una tercera opción refleje la posibilidad de que la CdP instruya al Grupo de Trabajo para que elabore un proyecto de aportes no legalmente vinculantes para el régimen. El Grupo de Trabajo aceptó la propuesta. Canadá reiteró que no han descartado que algunas partes de un régimen puedan ser legalmente vinculantes.

El Copresidente del grupo de contacto de los objetivos y los componentes principales, du Plessis, informó acerca de las deliberaciones del grupo de contacto y describió su método de trabajo. También señaló las consultas informales en curso sobre el lugar específico de un elemento sobre estándares de acceso internacional en el marco de la sección de observancia. La UE anunció que aceptaron una propuesta de compromiso de los PMAD, el Grupo Africano y el GRULAC, que incluye ubicar el ítem sobre los estándares de acceso internacional en el marco de las herramientas para alentar la observancia, y eliminarlo de la lista de herramientas para aplicar la observancia. Los PMAD pidieron que se refleje en el informe que el Grupo Africano, los PMAD y el GRULAC no vieron que los estándares de acceso internacional formen parte de cualquier mecanismo de observancia o herramienta. Más tarde, la UE pidió que se refleje en el informe de la reunión que los ítems que el grupo de contacto categorizó como “componentes para su consideración futura” necesitan más discusión, la cual también se podría relacionar con la ubicación de los ítems en el marco de diferentes títulos. Los PMAD y el Grupo Africano expresaron su sorpresa, y señalaron que la declaración de la UE sugiere que su compromiso es temporáneo, y pidieron que el informe de la reunión refleje que el grupo de contacto tiene un entendimiento claro de las reglas de compromiso respecto de que los ítems solo pueden ser recategorizados como un componente para su consideración futura de la lista de componentes que serán elaborados en el futuro.

Japón expresó su reserva en relación con las secciones sobre el objetivo y el alcance, incluida en el anexo, y señaló su falta de discusión, y acordó con que esto sea reflejado en el informe de la reunión. Luego de llevar la atención a una nota al pie que explica que los envíos compilados propuestos en el marco del alcance no fueron ni negociados ni acordados, Australia sugirió una nota al pie similar en el marco de la sección sobre el objetivo. La sugerencia fue aceptada.

El Grupo de Trabajo adoptó luego su recomendación a la CdP, incluyendo un anexo sobre el régimen internacional (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.2), tal como fue enmendado durante el plenario de cierre.

En el marco del ítem de agenda “Otras Cuestiones”, el Copresidente Hodges recordó a los delegados el mandato del Grupo de Trabajo de considerar los indicadores para el APB. Perú reiteró un pedio de que la Secretaría organice un taller informal sobre cuestiones esenciales, como derivados, naturaleza, alcance y apropiación indebida, sujeto a contribuciones voluntarias, lo cual fue reflejado en el informe de la reunión.

La Relatora, Mary Fosi, presentó el proyecto de informe de la reunión (UNEP/CBD/WG-ABS/6/L.1) para su consideración. El Grupo Africano y los PMAD pidieron que se revise la sección del informe y señalaron que no hubo oportunidad de negociar el texto sobre el objetivo, para que se establezca que no hubo negociación “suficiente”. El informe fue adoptado con esta y otras enmiendas menores y agregados.

El Secretario Ejecutivo de la CDB, Ahmed Djoghlaf, recibió un regalo de un representante del Programa de Supervivencia Indígena para exhibir en el Museo para la Naturaleza y Cultura de la CDB. En su discurso de cierre, Djoghlaf señaló que está convencido de que la CdP 9 construirá sobre los logros de la CdP 8, y que será un paso mayor en el viaje colectivo hacia la adopción de un régimen internacional sobre APB en la CdP 10, que se desarrollará en octubre de 2010.

El Copresidente Hodges expresó su aprecio por los delegados, el gobierno de Suiza, la Secretaría, los traductores y el Boletín de Negociaciones de la Tierra. El Copresidente Casas describió la reunión como “histórica” y pidió a los delegados que se preparen bien para la CdP 9. Luego de las declaraciones de agradecimiento a los grupos regionales y países individuales, el Copresidente Casas cerró la reunión a las 6:16 pm.

BREVE ANÁLISIS DEL APB 6

¡Qué diferencia pueden marcar seis meses! Después de una reunión lenta, y para muchos decepcionante, en Montreal en octubre de 2007, el APB 6 aportó un muy necesitado punto de inflexión en las negociaciones del régimen internacional de APB. La reunión adoptó un marco de trabajo muy esperado para la negociación que no sólo fue apoyado por todas las Partes, sino que también sienta los elementos centrales para un régimen futuro sobre acceso y participación de los beneficios. Este resultado fue posible tanto por un método de trabajo innovador como por notables cambios en las posiciones de varias Partes y bloques de negociadores. De manera notable, por primera vez desde el lanzamiento del proceso, ninguna Parte cuestionó la necesidad general de un régimen internacional.

Este análisis describe los logros realizados en el APB 6, y explora alguna de las influencias que podrían fortalecer la dinámica de la negociación en el camino hacia la CdP 10: el desarrollo de un entendimiento común, propiedad, intereses comunes y una visión común del régimen internacional de APB.

DE LADRILLOS Y BALAS

En cualquier proceso de negociación multilateral, el liderazgo y el procedimiento son elementos clave para lograr un resultado exitoso. Cuando hay una falta de confianza general respecto del proceso, los resultados producidos pueden nunca ser ampliamente aceptados. Este fue el caso tanto para los resultados del APB 4 (el texto de Granada) como para el APB 5 (las notas de los Copresidentes sobre convergencia) y muchas Partes vieron como en contra o que no reflejaba el rango completo de puntos de vista expresados.

Por otro lado, en Ginebra, los Copresidentes del Grupo de Contacto René Lefeber y Pierre du Plessis guiaron a los delegados de manera exitosa a lo largo de las negociaciones utilizando un procedimiento innovador que permitió que las Partes desarrollaran confianza en cada una y en el proceso. Este enfoque ayudó a los delegados a identificar las cuestiones de convergencia, mientras que se reflejó el rango completo de puntos de vista sobre las cuestiones en las que quedaban divididos. El método de trabajo de los Copresidentes de separar las propuestas sobre las cuales los delegados estaban de acuerdo con que debían formar parte del régimen (“ladrillos”), de aquellas sobre las cuales había acuerdo (“balas”) fue señalado por muchos delegados como la clave del éxito. Las balas fueron incluidas en el texto como propuestas para su consideración futura, y así se dejó claro que presentan diferentes opciones que serán consideradas en el futuro. Los delegados comentaron que la inclusividad de este proceso le dio a las Partes una importante sensación de propiedad sobre el documento y ayudó a que se establezca el espíritu colaborativo necesario para superar los puntos muertos entre los principales bloques de negociación que impidieron el progreso en el pasado. Muchos señalaron que si bien el texto no contiene nuevos elementos de ruptura, por primera vez presenta un paquete que puede convertirse en la estructura del régimen internacional.

La ventaja estratégica de este enfoque fue que llevó a los delegados a discutir cuestiones sustanciales en lugar de caer en divisiones enredadas alrededor de la naturaleza y el alcance del régimen. Si bien la naturaleza y el alcance siguen siendo las claves que cerrarán el potencial del régimen, desde la perspectiva de la dinámica de la negociación, fue inteligente dejar estas cuestiones clave para una etapa posterior y lograr acuerdos sobre los “ladrillos”. El enfoque de los Copresidentes despojó a los ladrillos de sus aristas puntiagudas al eliminar cualquier referencia a si el régimen debe ser legalmente vinculante o no y si debe tratar cuestiones controversiales como los derivados. Esto permitió a los delegados acordar sobre una cantidad de “ladrillos” que formarán el régimen y servirán como base para negociaciones futuras.

LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DEL RÉGIMEN

Ya en el APB 5 las propuestas de algunas Partes y sectores interesados se volvieron más concretas en relación con los elementos centrales del régimen. En el APB 6, dado que los “ladrillos” fueron extraídos del desorden de los envíos, la imagen volvió a tener foco, y las Partes pueden ahora comenzar a desarrollar un entendimiento común de los aspectos básicos del régimen. Ahora se pueden identificar algunas tendencias:

Apoyo a la legislación nacional: Uno de los objetivos primarios del régimen puede ser el apoyo a la observancia con leyes nacionales sobre acceso y participación de los beneficios, en lugar de desarrollar un nuevo sistema de regulación internacional. El concepto de desarrollar estándares internacionales mínimos para la legislación sobre acceso como uno de los componentes clave del régimen se puso más hacia adelante y es probable que resurja en las reuniones futuras. Un enfoque como este tendrá la doble ventaja de servir como orientación para el desarrollo de legislación nacional sobre acceso y como un mecanismo alternativo para los países que carecen de capacidad para desarrollar y aplicar esa legislación.

Contratos estándar y cláusulas modelo: La idea de desarrollar acuerdos de transferencia de material estándar para APB en sectores específicos se está volviendo muy popular entre los principales grupos negociadores. Esta tendencia está inspirada por la reciente implementación del TIRFG y su acuerdo estándar de transferencia de material para recursos genéticos para alimentación y agricultura. Más allá de eso, la UE y otros países usuarios los países sugirieron que se desarrollen cláusulas estándar para la legislación nacional de APB y TMA en los contratos de APB. Ambas ideas pueden convertirse en herramientas clave para aportar certeza legal y bajar los costos de transacción.

Creando capacidad de negociación, monitoreo y aplicación: Una tercera tendencia emergente es la creciente atención que se le dio a reflejar el desequilibrio en la capacidad que a menudo prevalece entre los países proveedores y usuarios en la negociación y aplicación de los contratos y acuerdos de APB.

Juntas, estas tendencias presentan su primera impresión de cómo el APB puede realizarse en el marco del régimen. Un enfoque contractual que incorpora un nivel adecuado de estandarización y apoyo para la aplicación de la legislación nacional, en combinación con los estándares internacionales y un mecanismo internacional para la observancia, aplicación y establecimiento de disputa, podría convertirse en la esencia del régimen.

¿ENCONTRANDO EL INTERÉS COMÚN?

Acerca de muchas otras cuestiones el resultado del APB 6 sigue reflejando la divergencia fundamental entre los grupos de negociadores sobre naturaleza, alcance y objetivo. Más específicamente, los países se dividieron respecto de si el objetivo del régimen se debe centrar en la participación de los beneficios y en la prevención de la apropiación indebida, tal como piden los PMAD, o si también debe incluir los aportes para el acceso a los recursos genéticos, tal como propone la UE y otros países usuarios. Esto muestra que, más allá del punto de inflexión logrado, las Partes no han identificado aún su interés común en el régimen. Sobre este punto, un delegado hizo una interesante comparación entre el proceso de APB y la negociación del TIRFG. En su punto de vista, el proceso del TIRFG tuvo éxito últimamente porque todas las Partes estuvieron advertidas de su interdependencia en el acceso a los recursos genéticos para la siembra de plantas para propósitos agrícolas. Esto llevó a un interés común central en el establecimiento de un sistema internacional que regule el acceso y asegure el uso sostenible de estos recursos, incluyendo los aportes de la participación de los beneficios a través de un sistema multilateral.

En el proceso de APB esta interdependencia es menos pronunciada y el entendimiento del interés común está emergiendo de manera lenta. Siempre, desde el APB 3 en 2005, los PMAD han presentado su entendimiento de que el régimen se debe centrar sólo en la participación de los beneficios, para implementar el tercer objetivo de la Convención que, en su punto de vista, ha sido descuidado por los países usuarios. Los países usuarios, por su parte, insistieron en incluir el acceso facilitado al objetivo del régimen para crear un paquete de beneficios mutuos. La controversia sobre si el régimen debe incluir o no los aportes para facilitar el acceso ha sido uno de los principales escollos.

Si bien la cuestión del acceso sigue sin resolver, el resultado revela varios aspectos prácticos del APB, como la certeza legal, la transparencia y aplicación, que podrían ser del mejor interés de todas las Partes. Además, la posición de los principales grupos negociadores sobre los conceptos clave, como la definición reconocida internacionalmente de apropiación indebida, creación de capacidad, énfasis en el vínculo entre el acceso y participación de beneficios o la inclusión de los componentes en el conocimiento tradicional, se han vuelto mucho más cercanas, gracias a concesiones significativas de todos los sectores.

Algunos interpretaron esto como una señal de que tanto los países proveedores como los usuarios se están concientizando más de los beneficios de largo plazo que el régimen aportará, más allá de la cuestión de la distribución de los beneficios que surgen de los recursos genéticos. Los expertos suelen comentar que los beneficios de que haya certeza legal y de la reducción de los costos de transacción pueden ser tan importantes como la actual participación de los beneficios. Esto es especialmente importante para la comunidad científica que ha sufrido con frecuencia por la estricta legislación de acceso en algunos países y, tal como muchos participantes señalaron con preocupación, estos han estado sorpresivamente poco representados en el proceso de APB hasta ahora.

PANORAMA 2010

La propiedad y una nueva sensación de interés común y visión de que el diseño del régimen pueden ser los factores principales que se necesitan para salvaguardar el delicado compromiso logrado en el APB 6. Además de adoptar el resultado del APB 6 como un marco de trabajo para las futuras negociaciones o incluso para elaborarlo más en el futuro, la CdP 9 tendrá que determinar cuántas reuniones de Grupos de Trabajo se realizarán previo a la CdP 10 para completar las negociaciones. Por eso, en un sentido, el futuro del régimen de APB depende en parte de si los países desarrollados consideran que el régimen es lo suficientemente importante para “invertir” en su desarrollo y aportan recursos financieros adecuados para el proceso de negociación.

Al fin de la semana en Ginebra, muchos participantes acordaron en que las negociaciones serias finalmente habían comenzado. Sí, más allá del entusiasmo, el compromiso es frágil. Esta vez muchos indicaron que “tuvimos suerte”, mientras una cantidad de delegados recibieron instrucciones para aceptar un compromiso difícil acerca de los vínculos entre los estándares de acceso internacional y la observancia sólo durante los últimos minutos del plenario de cierre, casi escapando de un posible colapso de la reunión. Otros señalaron que algunas Partes tendrán que reconsiderar su posición en los próximos meses y tendrán que retirarla durante la CdP 9, dado que incluso pequeños cambios podrían destruir el delicado equilibrio logrado durante el APB 6. Si bien no se puede negar que el APB 6 avanzó considerablemente en vistas a la fecha límite de 2010, serán las deliberaciones en la CdP 9 y las siguientes las que determinarán si los ladrillos de Ginebra se convierten en una cabaña o en un castillo.

PRÓXIMAS REUNIONES

SEGUNDA REUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE ÁREAS PROTEGIDAS DE LA CDB: La segunda reunión del Grupo de Trabajo Especial sobre Áreas Protegidas de la CDB tendrá lugar del 11 al 15 de febrero de 2008 en Roma, Italia. Esta reunión considerará la acción futura sobre el programa de trabajo de áreas protegidas, incluyendo los informes de los países sobre implementación y recomendaciones de una serie de talleres. Para más información, contactar: Secretaría de la CDB; tel: +1-514-288-2220; fax: +1-514-288-6588; correo electrónico: secretariat@cbd.int; Internet: http://www.cbd.int/doc/meeting.aspx?mtg=WGPA-02

OSACTT 13: La decimotercera reunión del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico de la CDB tendrá lugar del 18 al 22 de febrero de 2008 en Roma, Italia. Esta reunión considerará la revisión en profundidad de los programas de trabajo sobre implementación en la agricultura y la biodiversidad de bosques, y tratará cuestiones científicas y técnicas de importancia para la implementación del objetivo 2010. Para más información, contactar: Secretaría de la CDB; tel: +1-514-288-2220; fax: +1-514-288-6588; correo electrónico:secretariat@cbd.int; Internet: http://www.cbd.int/doc/meeting.aspx?mtg=SBSTTA-13

CSDB 2: La segunda Conferencia Internacional sobre Salud y Diversidad Biológica se desarrollara del 25 al 28 de febrero de 2008, en Galway, Irlanda. Esta conferencia destacará los vínculos entre población, salud y el estatus de la diversidad biológica mundial. Para más información, contactar: Secretaría de la Iniciativa CSDB; tel: +353-935-2329; fax: +353-875-242-5339; correo electrónico: conference@cohabnet.org; Internet: http://www.cohabnet.org/cohab2008/index.htm

OMPI PIRG 12: El décimo Segundo período de sesiones del Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimiento Tradicional y Folklore se desarrollará del 25 al 29 de febrero de 2008 en Ginebra, Suiza Para más información, contactar: Secretaría de OMPI; tel: +41-22-338-8161; fax: +41-22-338-8120; correo electrónico: grtkf@wipo.int; Internet: http://www.wipo.int/meetings/en/details.jsp?meeting_id=14802

QUINTA REUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE RESPONSABILIDAD Y REPARACIÓN EN EL CONTEXTO DEL PROTOCOLO DE SEGURIDAD BIOLÓGICA: La quinta reunión del Grupo de Trabajo de Expertos Legales y Técnicos sobre Responsabilidad y Reparación en el Contexto del Protocolo de Cartagena sobe Seguridad Biológica, tendrá lugar del 12 al 19 de marzo de 2008, en Cartagena, Colombia. Esta reunión elaborará opciones para los elementos de las reglas y procedimientos incluidas en el Artículo 27 del Protocolo de Seguridad Biológica. Para más información, contactar: Secretaría de la CDB; tel: +1-514-288-2220; fax: +1-514-288-6588; correo electrónico: secretariat@cbd.int; Internet: http://www.cbd.int/doc/?meeting=BSWGLR-05

OPORTUNIDADES Y DESAFÍOS DE LAS RESPUESTAS AL CAMBIO CLIMÁTICO PARA LAS COMUNIDADES INDÍGENAS Y LOCALES, SU CONOCIMIENTO TRADICIONAL Y DIVERSIDAD BIOLÓGICA: Esta conferencia tendrá lugar del 25 al 28 de marzo de 2008 en Helsinki, Finlandia. Está organizada por la Secretaría de la CDB. Para más información, contactar: Secretaria de la CDB; tel: +1-514-288-2220; fax: +1-514-288-6588; correo electrónico: secretariat@cbd.int; Internet: http://www.cbd.int/meetings/

FPNUAI 7: El séptimo período de sesiones del Foro Permanente de las Naciones Unidas sobre Asuntos Indígenas se desarrollará del 21 de abril al 2 de mayo de 2008 en la sede de las Naciones Unidas en Nueva Cork. El foco de este período de sesiones es: “Cambio climático, diversidad bicultural y hábitats: el rol de administración de las poblaciones indígenas y los nuevos desafíos.” Para más información, contactar: Secretaría del FPNUAI; tel: +1-917-367-5100; fax: +1-917-367-5102; correo electrónico: indigenouspermanentforum@un.org; Internet: http://www.un.org/esa/socdev/unpfii/en/session_seventh.html

CdP/RdP 4 del PROTOCOLO DE CARTAGENA: La cuarta reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como Reunión de las Partes del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad Biológica (CdP/RdP 4) tendrá lugar del 12 al 16 de mayor de 2008 en Bonn, Alemania. Para más información, contactar: Secretaría de la CDB; tel: +1-514-288-2220; fax: +1-514-288-6588; correo electrónico: secretariat@cbd.int; Internet: http://www.cbd.int/doc/?meeting=MOP-04

CCP 9 de la CDB: La novena Conferencia de las Partes de la CDB tendrá lugar del 19 al 30 de mayo de 2008 en Bonn, Alemania. Se desarrollará un segmento de alto nivel del 28 al 30 de mayo. Para más información, contactar: Secretaría de la CDB; tel: +1-514-288-2220; fax: +1-514-288-6588; correo electrónico: secretariat@cbd.int; Internet: http://www.cbd.int/doc/meeting.aspx?mtg=COP-09

GLOSARIO APB CDB MII CRFGAA CdP FMAM GRULAC FIIDB TIRFGAA PMDAs TMA ATM CFP PNUMA DNUDPI OMPI CMDS OMC Acceso y participacin en los beneficios Convencin sobre la Diversidad Biolgica Mecanismo de Intercambio de Informacin Comisin de Recursos Fitogenticos para la Alimentacin y la Agricultura Conferencia de las Partes Fondo para el Medio Ambiente Mundial Grupo de Latinoamrica y el Caribe Foro Indgena Internacional sobre la Diversidad Biolgica Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenticos para la Alimentacin y la Agricultura Pases Megadiversos Afines Trminos Mutuamente Acordados Acuerdo de Transferencia de Materiales Consentimiento Fundamentado Previo Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Declaracin de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible Organizacin Mundial de Comercio GLOSARIO APB CDB MII CRFGAA CdP FMAM GRULAC FIIDB TIRFGAA PMDAs TMA ATM CFP PNUMA DNUDPI OMPI CMDS OMC Acceso y participacin en los beneficios Convencin sobre la Diversidad Biolgica Mecanismo de Intercambio de Informacin Comisin de Recursos Fitogenticos para la Alimentacin y la Agricultura Conferencia de las Partes Fondo para el Medio Ambiente Mundial Grupo de Latinoamrica y el Caribe Foro Indgena Internacional sobre la Diversidad Biolgica Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenticos para la Alimentacin y la Agricultura Pases Megadiversos Afines Trminos Mutuamente Acordados Acuerdo de Transferencia de Materiales Consentimiento Fundamentado Previo Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Declaracin de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible Organizacin Mundial de Comercio Acceso y participacin en los beneficios Convencin sobre la Diversidad Biolgica Mecanismo de Intercambio de Informacin Comisin de Recursos Fitogenticos para la Alimentacin y la Agricultura Conferencia de las Partes Fondo para el Medio Ambiente Mundial Grupo de Latinoamrica y el Caribe Foro Indgena Internacional sobre la Diversidad Biolgica Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenticos para la Alimentacin y la Agricultura Pases Megadiversos Afines Trminos Mutuamente Acordados Acuerdo de Transferencia de Materiales Consentimiento Fundamentado Previo Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Declaracin de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible Organizacin Mundial de ComercioEste número del Boletín de Negociaciones de la Tierra © <enb@iisd.org> fue escrito y editado por Sikina Jinnah, Harry Jonas, Stefan Jungcurt, Ph.D., Nicole Schabus, y Elsa Tsioumani. Editora Digital: Vanessa Goad. Traducción al español: Socorro Estrada. Editora: Pamela S. Chasek, Ph.D. <pam@iisd.org>. Director de los Servicios de Información del IIDS: Langston James “Kimo” Goree VI <kimo@iisd.org>. Los donantes permanentes del Boletín son el Reino Unido (a través del Departamento para el Desarrollo Internacional - DFID), el Gobierno de los Estados Unidos (a través del Buró de Océanos y Asuntos Ambientales y Científicos Internacionales del Departamento de Estado), el Gobierno de Canadá (a través del CIDA), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca, el Gobierno de Alemania (a través de su Ministerio Federal de Medio Ambiente - BMU, y su Ministerio Federal de Cooperación para el Desarrollo - BMZ), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Países Bajos, la Comisión Europea (DG-ENV), la Dirección General para la Protección de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente y Territorio de Italia, y la Oficina Federal para el Medio Ambiente de Suiza (FOEN). El soporte financiero general del Boletín durante el año 2008 es brindado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Noruega, el Gobierno de Australia, el Ministerio Federal de Agricultura, Silvicultura, Ambiente y Gestión del Agua de Austria, el Ministerio de Medio Ambiente de Suecia, el Ministerio de Asuntos Internacionales y Comercio de Nueva Zelanda, SWAN Internacional, el Ministerio de Medio Ambiente de Japón (a través del Instituto para las Estrategias Ambientales Mundiales - IGES) y el Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón (a través del Instituto de Investigación Mundial sobre Progreso Industrial y Social - GISPRI). El financiamiento para la traducción al francés del Boletín es brindado por la Organización Internacional de la Francofonía y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia. La financiación para la traducción al español del Boletín es provista por el Ministerio de Medio Ambiente de España. Las opiniones expresadas en el Boletín de Negociaciones de la Tierra pertenecen a sus autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista del IIDS o de sus auspiciantes. Está permitida la publicación de extractos del Boletín de Negociaciones de la Tierra en publicaciones no comerciales y con la correspondiente cita académica. Para obtener información acerca del Boletín de Negociaciones de la Tierra o solicitar su servicio informativo, contacte al Director de los Servicios de Información del IIDS por correo electrónico <kimo@iisd.org>, teléfono: +1-646-536-7556 o en 300 East 56th St., 11A, Nueva York, NY 10022, Estados Unidos de América. | Volver a la página de inicio de IISD RS "Linkages" | Visite IIDSnet | Envíe un correo electrónico a IISD RS | © 2008, IIDS. Todos los derechos reservados.

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