Summary report, 11 October 2010

La quinta reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) que actúa como Reunión de las Partes del Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología (CdP/RdP 5) tuvo lugar del 10 al 15 de octubre de 2010 en Nagoya, Prefectura de Aichi, Japón. Asistieron a esta reunión alrededor de 1600 participantes en representación de las Partes del Protocolo y otros gobiernos, instituciones de la ONU, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, el sector académico y el de la industria.

En la reunión se adoptó el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (el Protocolo Suplementario) y otras 16 decisiones sobre: el Comité de Cumplimiento; el Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología (CIISB); creación de capacidades; la lista de expertos sobre seguridad de la biotecnología; experiencia adquirida en el uso de los requerimientos de documentación para la manipulación, transporte, envasado e identificación (MTEI) de organismos vivos modificados (OVM) destinados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento (OVM-FFP); normas para la MTEI; derechos y/o obligaciones de las Partes de tránsito de OVM; vigilancia y presentación de informes; evaluación y revisión; el Plan Estratégico y el Programa de Trabajo Plurianual (PTP); cooperación con otras organizaciones, convenios e iniciativas; evaluación del riesgo y gestión del riesgo; concientización y participación del público; mecanismo y recursos financieros; y el presupuesto.

La adopción del Protocolo Suplementario fue acogida como un importante éxito con un transfondo de negociaciones complejas y muchas veces prolongadas. El Protocolo Suplementario llena un importante hueco en la aplicación del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología. Mientras que algunos lo aclamaron como un catalizador para actuar no sólo en cuanto a la seguridad en la biotecnología sino también en otras áreas de responsabilidad y compensación por daños en el ambiente, otros se preocupaban por su cuestionable efectividad legal, haciendo notar que buena parte de su sustancia original se había perdido en los seis años que duró el proceso de negociación. En general, los delegados sintieron que la CdP/RdP había tenido mucho éxito al crear una base para promover la aplicación del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología.

BREVE HISTORIA DEL PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD EN LA BIOTECNOLOGÍA

El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología se ocupa de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los OVM que puedan tener efectos adversos sobre la diversidad biológica, teniendo en cuenta la salud humana y enfocado en los movimientos transfronterizos de OVM. Incluye un procedimiento de consentimiento informado previo (CIP) para la importación de OVM para introducirlos intencionalmente en el medio ambiente, y también incorpora el enfoque precautorio y mecanismos para la evaluación del riesgo y la gestión del riesgo.

El Protocolo establece un CIISB para facilitar el intercambio de información, y contiene disposiciones sobre la creación de capacidades y los recursos financieros, con especial atención en los países en desarrollo y en aquellos sin sistemas nacionales de regulación. El Protocolo entró en vigor el 11 de septiembre de 2003 y cuenta actualmente con 160 Partes.

PROCESO DE NEGOCIACIÓN: En 1995, la CdP 2 del CDB en Yakarta, Indonesia, estableció un Grupo de Trabajo sobre Seguridad en la Biotecnología (GTSB), para cumplir con el Artículo 19.3 del CDB, que solicitaba a las Partes que consideren la necesidad, y las modalidades, de un protocolo que estableciera procedimientos en el campo de la transferencia, la manipulación y la utilización seguras de OVM resultantes de la biotecnología que pudieran tener efectos adversos sobre la diversidad biológica y sus componentes.

El GTSB se reunió seis veces entre 1996 y 1999. En las primeras dos reuniones se identificaron elementos para el futuro protocolo y se ayudó a articular posiciones. La GTSB 3 desarrolló un proyecto consolidado de texto que serviría como base para la negociación. La cuarta y quinta reuniones se concentraron en reducir y mejorar las opciones para cada artículo del proyecto de protocolo. En la última reunión del GTSB (febrero de 1999, Cartagena, Colombia) los delegados procuraron completar las negociaciones y enviar el proyecto del protocolo a la primera Reunión Extraordinaria de la CdP (ExCdP), convocada inmediatamente después del GTSB 6. A pesar de las intensas negociaciones, los delegados no pudieron acordar un paquete de acuerdo que concluyera la redacción del protocolo, y la reunión se suspendió. Las cuestiones que quedaron pendientes fueron, entre otras: el alcance del protocolo; su relación con otros acuerdos, especialmente con aquellos relacionados con el comercio; su referencia a la precaución; el tratamiento de los OVM-FFP; responsabilidad y compensación; y los requisitos de documentación.

Tras la suspensión de la ExCdP, hubo tres series de consultas informales que involucraron a los cinco grupos de negociación que emergieron durante las negociaciones: el Grupo de Europa Central y del Este, el Grupo de Compromiso (Japón, México, Noruega, República de Corea y Suiza, a los que más tarde se unirían Nueva Zelanda y Singapur); la Unión Europea; el Grupo de Países Afines (la mayoría de los países en desarrollo); y el Grupo de Miami (Argentina, Australia, Canadá, Chile, EE.UU. y Uruguay). Se alcanzó un compromiso sobre las cuestiones pendientes y la continuación de la ExCdP adoptó el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología el 29 de enero de 2000 en Montreal, Canadá. La reunión también estableció el Comité Intergubernamental del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología (CIPC) para que hiciera preparativos para la CdP/RdP 1, y solicitó al Secretario Ejecutivo del CDB que preparara el trabajo para desarrollar un CIISB. Durante una ceremonia especial durante la CdP 5 (mayo de 2000, Nairobi, Kenya), 67 países y la Comunidad Europea firmaron el Protocolo.

PROCESO DEL CIPC: El CIPC se reunió tres veces entre diciembre de 2000 y abril de 2002, centrado en: intercambio de información y el CIISB; creación de capacidades y la lista de expertos; procedimientos de toma de decisiones; cumplimiento; MTEI; seguimiento y presentación de informes; y responsabilidad y compensación.

CdP/RdP 1: En su primera reunión (febrero de 2004, Kuala Lumpur, Malasia) la CdP/RdP adoptó decisiones sobre: intercambio de información y el CIISB; creación de capacidades; procedimientos para la toma de decisiones; MTEI; cumplimiento; responsabilidad y reparación; vigilancia y presentación de informes; la Secretaría; orientación al mecanismo financiero; y el programa de trabajo a mediano plazo. Los delegados también acordaron elementos sobre la documentación de OVM-FFP, aunque quedó pendiente una decisión sobre el detalle de los requerimientos, y llegaron a un acuerdo sobre requerimientos de documentación más detallados para la introducción directa de OVM en el medio ambiente. En esta reunión se estableció un Comité de Cumplimiento, y se creó el Grupo de Trabajo sobre Responsabilidad y Compensación (GTRC), copresidido por Jimena Nieto (Colombia) y René Lefeber (Países Bajos) para desarrollar reglas y procedimientos internacionales en el campo de la responsabilidad y la reparación de daños causados por los movimientos transfronterizos de OVM en el contexto del Protocolo.

GTRC 1: En su primera reunión (mayo de 2005, Montreal, Canadá) el Grupo Trabajo escuchó presentaciones sobre: análisis científico y evaluación del riesgo; responsabilidad estatal y responsabilidad internacional; y discutió opciones, enfoques y cuestiones que deberían considerarse en la elaboración de las reglas y procedimientos internacionales sobre responsabilidad y compensación.

CdP/RdP 2: Durante su segunda reunión (mayo-junio de 2005, Montreal, Canadá), la CdP/RdP adoptó decisiones sobre la creación de capacidades y la concientización y participación pública; y acordó el establecimiento de un grupo de expertos técnicos que trabajara entre sesiones sobre evaluación de riesgos y gestión de riesgos. La CdP/RdP 2 no pudo alcanzar acuerdos sobre el detalle de los requerimientos de documentación de los OVM-FFP, que debían aprobarse “a más tardar dos años después de la entrada en vigor del Protocolo”.

GTRC 2: En su segunda reunión (febrero de 2006, Montreal), el Grupo de Trabajo se centró en un documento de trabajo de los Copresidentes que sintetizaba los textos y puntos de vista remitidos por los gobiernos y otros sectores interesados sobre enfoques, opciones y cuestiones de responsabilidad y compensación; y produjo una lista indicativa, no negociada y no exhaustiva, de criterios para la evaluación de la efectividad de cualesquiera reglas y procedimientos referidos en el marco del Artículo 27 del Protocolo.

CdP/RdP 3: En su tercera reunión (marzo de 2006, Curitiba, Brasil), la CdP/RdP adoptó los requisitos detallados de documentación e identificación de los OVM-FFP, y consideró varias cuestiones relacionadas con hacer operativo el Protocolo, entre las que se incluía financiación para la aplicación de los marcos nacionales de seguridad en la biotecnología, evaluación de riesgos, derechos y responsabilidades de las Partes de tránsito, mecanismo financiero y creación de capacidad.

GTRC 3: En su tercera reunión (febrero de 2007, Montreal, Canadá), el Grupo de Trabajo continuó sus labores con base en el proyecto de texto de síntesis. Los Copresidentes presentaron al Grupo de Trabajo un anteproyecto de decisión de la CdP/RdP sobre reglas y procedimientos internacionales en el campo de la responsabilidad y la compensación.

GTRC 4: En su cuarta reunión (octubre de 2007, Montreal, Canadá), el Grupo de Trabajo se centró en racionalizar las opciones para redactar un texto operativo sobre daño, enfoques administrativos y responsabilidad civil, logrando un texto consolidado que sería la base de subsecuentes negociaciones.

GTRC 5: En su quinta reunión (marzo de 2008, Cartagena de Indias, Colombia), el Grupo de Trabajo continuó elaborando opciones para las reglas y procedimientos de responsabilidad y compensación en base a un proyecto de documento de trabajo compilado por los Copresidentes. Los delegados acordaron ciertos elementos clave, entre los que se incluía la definición de daño, y siguieron racionalizando las opciones restantes. El Grupo de Trabajo decidió que convocaría a un Grupo de Amigos de los Co-Presidentes inmediatamente antes de la CdP/RdP 4 para que considerara las cuestiones pendientes, incluyendo el estándar de responsabilidad, la causalidad y la elección de un instrumento.

CdP/RdP 4: La cuarta reunión de la CdP/RdP (mayo de 2008, Bonn, Alemania) marcó la fecha límite para adoptar una decisión sobre las reglas y procedimientos internacionales para la responsabilidad y la compensación. Aunque la reunión no adoptó un régimen internacional, los delegados decidieron que el Grupo de Amigos de los Copresidentes se reuniera de nuevo para completar las negociaciones sobre un régimen internacional de responsabilidad y compensación con base en un acuerdo que preveía un protocolo suplementario legalmente vinculante centrado en un enfoque administrativo pero que incluyera una disposición legalmente vinculante sobre responsabilidad civil que se complementaría con directrices no legalmente vinculantes sobre responsabilidad civil. La CdP/RdP 4 también adoptó decisiones sobre, entre otros asuntos: el Comité de Cumplimiento; MTEI; el CIISB; creación de capacidades; consideraciones socioeconómicas; evaluación de riesgos y gestión de riesgos; mecanismo y recursos financieros; y órganos subsidiarios.

GRUPO DE AMIGOS DE LOS COPRESIDENTES SOBRE RESPONSABILIDAD Y COMPENSACIÓN: El Grupo de Amigos de los Copresidentes (CPRC) se reunió cuatro veces para seguir negociando las reglas y procedimientos internacionales sobre responsabilidad y compensación. En su primera reunión (febrero de 2009, Ciudad de México, México) las Partes acordaron negociar un protocolo suplementario y desarrollaron un proyecto de protocolo que establecía un enfoque administrativo a la responsabilidad y reparación e incluía una disposición habilitante sobre responsabilidad civil. En la segunda reunión (febrero de 2010, Putrajaya, Malasia) se lograron avances importantes en la elaboración de una disposición legalmente vinculante sobre responsabilidad civil pero no se concluyeron las negociaciones sobre esta y otras cuestiones pendientes, incluyendo definiciones de “operador”, “productos” de OVM y “amenaza inminente de daño”, objetivo del protocolo suplementario, y seguridad financiera. En la tercera reunión (junio de 2010, Kuala Lumpur, Malasia) se llegó a un acuerdo sobre responsabilidad civil así como sobre varias otras cuestiones, incluyendo entre otras: la relación con otros acuerdos, “amenaza inminente de daño” y la definición de “operador”. La cuarta reunión tuvo lugar del 6 al 10 de octubre de 2010, inmediatamente antes de la CdP/RdP 5 en Nagoya, Japón. Los delegados llegaron a acuerdos sobre las cuestiones pendientes relativas a la definición de “productos” de OVM y seguridad financiera.

INFORME DE LA CDP/RDP 5

El lunes Wolfgang Köhler, Ministerio Federal de Alimentación, Agricultura y Protección al Consumidor de Alemania y Presidente de la CdP/RdP 4 dijo que era el momento de adoptar el protocolo suplementario sobre responsabilidad y compensación. Al asumir la presidencia de la CdP/RdP 5, Michihiko Kano, Ministro de Agricultura, Silvicultura y Pesquerías, Japón, destacó la importancia de lograr resultados tangibles, especialmente respecto a responsabilidad y compensación, y pidió crear capacidad para la aplicación del Protocolo.

Masaaki Kanda, Gobernador de la Prefectura de Aichi, dijo que los pueblos de todo el mundo deberían abrazar y hacer suya la conservación de la biodiversidad. Pidió a los ciudadanos de Nagoya que aprendieran de las discusiones sobre el movimiento transfronterizo de OVM y organismos genéticamente modificados. Takashi Kawamura, Alcalde de Nagoya, reconoció con agradecimiento que el Protocolo suplementario sobre responsabilidad y reparación se co-nombrara en honor a su ciudad. Balakrishna Pisupati, a nombre del Director Ejecutivo del PNUMA Achim Steiner, llamó la atención sobre el papel del PNUMA en el apoyo al desarrollo de los marcos nacionales de seguridad en la biotecnología y el acceso al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad en la Biotecnología (CIISB).

El Secretario Ejecutivo del CDB Ahmed Djoghlaf elogió que se alcanzara un acuerdo sobre responsabilidad y compensación, subrayando que el nombre propuesto, el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur, destacaba la necesidad de una sólida asociación norte-sur para salvar la vida en la Tierra. Un grupo de niños de la Prefectura de Aichi presentó unas placas de madera con inscripciones hechas a mano por el Programa Lumberkids, cuyo objetivo es concientizar sobre la conservación de los bosques y de la biodiversidad.

Los delegados adoptaron el programa y la organización de los trabajos (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/1 y 1/Add.1) y aprobaron a Darja Stanič Racman (Eslovenia) y James Seyani (Malawi) como Presidentes de los Grupos de Trabajo (GT) I y II, respectivamente. Los actuales miembros de la Mesa, elegidos en la CdP 9, son: Fernando Pérez Egert (Chile), Donald Cooper (Bahamas), por América Latina y el Caribe, Volodymyr Domashlinets (Ucrania) y Andrea Stefan (Croacia) por Europa Central y del Este, Karma Nyedrup (Bhutan) y Abdul Haqim Aulaiah (Yemen) por Asia y el Pacífico, Mary Fosi Mbantenkhu (Camerún) y Ositadinma Anaedu (Nigeria) por África, y Robert McLean (Canadá) y José Luis Sanz (España) por Europa Occidental y Otros.

Los delegados escucharon informes sobre: el Comité de Cumplimiento (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/2); mecanismo y recursos financieros (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/5); cooperación con otras organizaciones, convenios e iniciativas (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/6); y la administración y asuntos presupuestarios del Protocolo y el presupuesto y programa de trabajo propuestos para el bienio 2011-2012 (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/7 y 7/Add.1). El Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) informó sobre el apoyo recibido para la aplicación del Protocolo (UNEP/CBD/COP/10/6). La CdP/RdP estableció un grupo de contacto sobre el presupuesto, presidido por Conrad Hunte (Antigua y Barbuda).

Jimena Nieto (Colombia), Copresidenta del Grupo de Amigos de los Copresidentes sobre Responsabilidad y Compensación, presentó el informe del grupo (UNEP/CBD/BS/COP- MOP/5/11), recordando que la decisión de las Partes de no adoptar directrices sobre responsabilidad civil no excluye la posibilidad de que éstas se elaboren más adelante. El Copresidente René Lefeber (Países Bajos) dijo que esperaba que el protocolo suplementario, siendo el primer acuerdo que se adoptaba en años, brindara un importante ímpetu a las negociaciones ambientales multilaterales. Agradeció a todos los participantes en las negociaciones, a la Secretaría del CDB y al Boletín de Negociaciones de la Tierra su trabajo durante las negociaciones. Los delegados establecieron un grupo de redacción legal, copresidido por Jimena Nieto y René Lefeber, para revisar la claridad y consistencia del texto.

Indonesia, en nombre del Grupo Asia-Pacífico, priorizó: un Plan Estratégico integral, aplicable y totalmente financiado, coordinación entre las Partes, creación de capacidades para los países en desarrollo, y el mecanismo financiero. Malawi, en nombre del Grupo Africano, destacó más asistencia, creación de capacidades y recursos financieros para aplicar las decisiones de la CdP/RdP 5; transferencia de tecnología, puesta en común de información y de lecciones aprendidas. Ucrania, en nombre de Europa Central y del Este (ECE), destacó el cumplimiento, la creación de capacidad y las mejoras al mecanismo financiero. La Unión Europea (UE), hablando a nombre de sus 27 Estados Miembros más Croacia y Turquía, destacó el Plan Estratégico del Protocolo. Kenia dijo que los países ricos no deberían obstruir el camino de las innovaciones como los OVM que podían mantener las necesidades básicas de millones. India ofreció compartir conocimientos y experiencias sobre creación de capacidades y regulación de los OVM, invitando a los delegados a la CdP/RdP 6, que se realizará en India en 2012.

La siguiente síntesis está organizada según el programa de trabajo de la reunión.

COMITÉ DE CUMPLIMIENTO

En el plenario del lunes, los delegados consideraron el informe del Comité de Cumplimiento (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/2) y una recopilación de puntos de vista sobre cómo mejorar su papel de apoyo (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/2/Add.1). Las discusiones se enfocaron en la necesidad de que el Comité asuma un papel activo en casos en que no se remitan los informes nacionales o se encuentren dificultades en el cumplimiento, necesidades de creación de capacidad, y financiación del FMAM para cumplir con los informes. El GT I reconsideró esta cuestión la tarde del miércoles, cuando los delegados aprobaron el proyecto de decisión sin enmiendas.

Durante el plenario final los delegados eligieron a los siguientes nuevos miembros del Comité de Cumplimiento: Alejandro Hernández (Costa Rica) por la región de América Latina y el Caribe; Yousef Saleh Al-Hafedh (Arabia Saudita) por la región de Asia Pacífico; Natalya Minchenko (República de Belarús) y/o Dubravka Stepic (Croacia) por Europa Central y del Este; Abisai Mafa (Zimbabwe) por África; y Clare Hamilton (Reino Unido) por Europa Occidental y Otros.

Decisión de la CdP/RdP: En su decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.3), la CdP/RdP decide: que en caso de que una Parte muestre tener dificultades para cumplir, el Comité de Cumplimiento considerará medidas para aconsejar o ayudar y hacer recomendaciones a la CdP/RdP respecto a medidas de ayuda; que el Comité de Cumplimiento puede considerar tomar medidas cuando la información contenida en los informes nacionales remitidos por los países o la información del CIISB muestre que la Parte está enfrentando dificultades para cumplir con sus obligaciones en el marco del Protocolo; y solicita al Comité de Cumplimiento que desempeñe su papel de apoyo en confianza y con la cooperación de la Parte implicada.

CENTRO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD EN LA BIOTECNOLOGÍA

Los delegados del GT II consideraron el lunes el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/3. El miércoles el Presidente del GT II Seyani presentó un proyecto de decisión sobre el CIISB, que se aprobó con enmiendas.

Las intervenciones se centraron en expandir el número de Partes que participan en el proyecto PNUMA-FMAM CIISB; crear sinergias entre bases de datos relacionadas; y la creación de un grupo de expertos para estandarizar la información. Los delegados también discutieron: la prioridad del CIISB de brindar información a las Partes; implicaciones en el presupuesto; y la manera oportuna de remitir la información, particularmente para la evaluación de riesgos de los OVM y el procedimiento del CIP.

En las discusiones posteriores, la República de Corea propuso incentivar las actividades de capacitación a nivel nacional y subregional, mientras que Colombia destacó la creación de capacidades en aduanas y agencias ambientales y la capacitación del público para el aporte y uso de información relevante para sus países. La Iniciativa de la Investigación Publica & Regulación (PRRI) subrayó la importancia de la información precisa y completa para la investigación pública y pidió a los países que aportaran información al CIISB.

El miércoles México, junto con India, pidió que los gobiernos proporcionaran información sólo sobre “decisiones finales concernientes a los OVM”. La UE, junto con Croacia y Turquía, con apoyo de India, propuso que: la Secretaría identificara los obstáculos al uso del CIISB y apoyara a las Partes en el aporte y obtención de información del CIISB; y que los foros en Internet del CIISB dieran prioridad a un entendimiento común sobre la puesta en común de la información en el marco del Protocolo, así como los tipos de evaluación de riesgos necesarios para registrarse en el CIISB. México y Uganda pidieron que los foros aseguren un “mínimo nivel de participación equilibrada por regiones”. Irán ofreció ser la sede de un taller subregional Asia-Pacífico adicional. El GT II aprobó el proyecto de decisión.

En el plenario del viernes el Grupo Africano propuso una cláusula adicional en el preámbulo sobre poner los materiales del CIISB a disponibilidad de diferentes sectores implicados, y adaptarlos a los idiomas y situaciones locales. La decisión se adoptó con la enmienda.

Decisión de la CdP/RdP:En la decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.6), la CdP/RdP recuerda la decisión BS II/13 sobre la importancia de poner la información concerniente a la transferencia, manejo y uso seguro de los OVM a disponibilidad de los diferentes sectores implicados en formatos integrales y adaptando esta información a los idiomas y situaciones locales. La CdP/RdP, entre otras cosas:

  • invita a las Partes y otros gobiernos y usuarios del CIISB a continuar enviando la información disponible sobre seguridad en la biotecnología a través del Centro de Recursos de Información sobre la Seguridad en la Biotecnología;
  • solicita al Secretario Ejecutivo que continúe brindando apoyo e información a las Partes sobre cómo remitir y obtener información del CIISB;
  • invita a los organismos de la ONU y las organizaciones internacionales pertinentes a financiar, fortalecer y expandir las iniciativas para salvar los obstáculos que las Partes países en desarrollo encuentren al cumplir con sus obligaciones en el marco del Artículo 20 del Protocolo; y
  • solicita al FMAM que aumente su apoyo a la creación de capacidades para la participación efectiva de las Partes en el CIISB.
  • CREACIÓN DE CAPACIDADES

    SITUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE CREACIÓN DE CAPACIDAD: El GT II consideró el lunes el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/4. Los delegados discutieron la identificación y priorización de las necesidades de creación de capacidad, el desarrollo de la participación en foros en Internet; proyectos de creación de capacidad regional; conjuntos de herramientas para los enfoques regional y subregional; y la necesidad de convocar un grupo especial de expertos (GEE) sobre necesidades de creación de capacidad para la investigación y el intercambio de información sobre impactos socioeconómicos de los OVM.

    La UE, Nueva Zelanda, Indonesia, Argentina y la República de Corea consideraron prematuro convocar un GEE, mientras que la UE prefería convocar sólo un foro en Internet.

    El Grupo Africano solicitó que el GEE se reuniera al menos una vez antes de la CdP/RdP 6, y subrayó la necesidad de considerar cuestiones socioeconómicas. Bolivia recomendó que se creara un grupo de trabajo enfocado en el valor de los OVM respecto a sus impactos en las comunidades locales. Argentina se refirió los retos de incluir esta cuestión en los análisis de riesgos. La República de Corea pidió más tiempo para la investigación. China dijo que deberían discutirse más los términos de referencia del GEE.

    Al discutir el proyecto de decisión, México propuso texto adicional sobre la fecha límite para remitir la priorización de necesidades al CIISB. Las Partes acordaron reescribir el texto sobre el trabajo del GEE. La UE, junto con Turquía y Croacia, agregó además que la creación del GEE se supedite a la disponibilidad de fondos. También propusieron texto adicional sobre la creación de un marco institucional para evaluar la información relevante ligada a los OVM.

    El jueves la UE, con Turquía y Croacia, solicitó que se reabriera la discusión sobre el proyecto de decisión referente a la situación de las actividades de creación de capacidad, haciendo notar que había desacuerdos sustanciales sobre la propuesta de crear un GEE sobre consideraciones socioeconómicas. Para discutir esta cuestión se reunió un grupo informal, recibiendo instrucciones del Presidente del GT II Seyani de informar al plenario el resultado de sus deliberaciones.

    En el plenario del viernes, Zimbabwe, en nombre del Grupo Africano, junto con la UE, presentó una propuesta de acuerdo de borrar la referencia al GEE y, en su lugar, convocar a conferencias en Internet. El texto de acuerdo también contempla talleres sobre consideraciones socioeconómicas, y que Noruega done $75 000 dólares estadounidenses para apoyar estas actividades. La decisión final se adoptó con estas enmiendas.

    Decisión de la CdP/RdP: La decisión sobre la situación de las actividades de creación de capacidad (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.5) contiene cinco secciones, a saber: la situación de la aplicación del Plan de Acción de Creación de Capacidades y las necesidades de creación de capacidades de los países; educación y capacitación sobre seguridad en la biotecnología; una revisión íntegra del Plan de Acción y de los enfoques a la creación de capacidad; cooperación en la identificación de las necesidades de creación de capacidades para la investigación y el intercambio de información sobre consideraciones socioeconómicas; y un anexo que contiene los términos de referencia para la revisión íntegra del Plan de Acción de Creación de Capacidades actualizado. En el preámbulo la CdP/RdP, entre otras cosas, reconoce la necesidad de que las Partes cooperen entre sí en el desarrollo de capacidades para la aplicación del Protocolo de Cartagena, y hace énfasis en la necesidad de maximizar las sinergias y el uso eficiente de los limitados recursos disponibles.

    Respecto a la situación de la aplicación del Plan de Acción de Creación de Capacidades y las necesidades de creación de capacidades, la CdP/RdP entre otras cosas: invita a las Partes países desarrollados, a otros gobiernos y a las organizaciones pertinentes a tener en cuenta las necesidades concretas de creación de capacidades identificadas por las Partes, dirigiendo la ayuda a donde se requieran recursos para la aplicación del Protocolo; invita al FMAM a asegurar la inclusión de elementos relacionados con la seguridad en la biotecnología en los términos de referencia para las autoevaluaciones de capacidad nacional y otras iniciativas de evaluación realizadas con financiación del FMAM; y solicita al Secretario Ejecutivo que realice una evaluación íntegra de las necesidades cada cuatro años, y publique un conjunto de herramientas sobre enfoques regionales y subregionales a la creación de capacidades.

    Sobre la educación y capacitación sobre seguridad en la biotecnología, la CdP/RdP, entre otras cosas: invita a las Partes y a otros gobiernos a: apoyar las iniciativas existentes de educación y capacitación sobre seguridad en la biotecnología, y establecer mecanismos de coordinación para la educación y capacitación sobre seguridad en la biotecnología a los niveles nacional, subregional y regional.

    Sobre la revisión íntegra del Plan de Acción y de los enfoques a la creación de capacidades, la CdP/RdP, entre otras cosas: adopta los términos de referencia (TdR) para la revisión íntegra de la actualización del Plan de Acción y solicita al Secretario Ejecutivo que prepare un documento de trabajo para facilitar la revisión íntegra del Plan de Acción.

    Sobre la cooperación en la identificación de las necesidades de creación de capacidades para la investigación y el intercambio de información sobre consideraciones socioeconómicas, la CdP/RdP entre otras cosas solicita: al Secretario Ejecutivo que convoque a talleres sobre creación de capacidades; a las Partes que remitan sus necesidades de creación de capacidades y sus prioridades respecto a consideraciones socioeconómicas al CIISB; y a la Secretaría que sintetice los resultados de las conferencias y talleres en Internet y remita esto a la CdP/RdP 6 para considerar los pasos a seguir en el futuro.

    El anexo contiene TdR para la revisión íntegra de la actualización del Plan de Acción, incluyendo una introducción, los objetivos de la revisión, el alcance y el calendario de las actividades a realizar, fuentes de información para la revisión íntegra y los resultados esperados de la revisión.

    LISTA DE EXPERTOS SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGÍA: El lunes y el martes el GT II consideró el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/4/Add.1. El miércoles las Partes discutieron y aprobaron un proyecto de decisión sobre este punto. Las discusiones se enfocaron en la importancia de evaluar la lista; la concientización en las instituciones en que trabajan los expertos, y la necesidad de compartir las experiencias obtenidas y los retos encontrados al postular a los expertos. A algunos delegados les preocupaba el veto de los expertos postulados, la escasez de expertos legales y socioeconómicos en la lista; y las razones por las cuales ciertas Partes no utilizaban la lista.

    Decisión de la CdP/RdP: La decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.6) contiene dos secciones sobre: la situación y el uso de la Lista de Expertos y una Fase Piloto del Fondo Voluntario para la Lista de Expertos.

    Sobre la situación y el uso de la Lista de Expertos la CdP/RdP, entre otras cosas: insta a los gobiernos, que aún no lo han hecho, a postular expertos para la lista; insta a las Partes y a otros gobiernos a facilitar la liberación de los expertos de la Lista; e invita a las Partes y a otros gobiernos a remitir información sobre las experiencias y retos en la postulación y la utilización de los expertos al Secretario Ejecutivo.

    Sobre una Fase Piloto del Fondo Voluntario para la Lista de Expertos la CdP/RdP entre otras cosas: invita a las Partes países desarrollados y a otros donantes a hacer contribuciones; y solicita al Secretario Ejecutivo que proponga enmiendas a las Directrices Interinas para la Fase Piloto a fin de que las Partes las consideren en la CdP/RdP 6.

    MECANISMO Y RECURSOS FINANCIEROS

    El lunes se presentó en plenario un informe sobre las cuestiones relacionadas con el mecanismo financiero y los recursos financieros, y el GT II consideró el miércoles el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/5 y el jueves un proyecto de decisión revisado.

    En sus discursos de apertura el Grupo Asia-Pacífico, el Grupo Africano y ECE destacaron la necesidad de mejorar el mecanismo financiero. Las discusiones subsecuentes se centraron en la financiación brindada a través de la ventana de biodiversidad del FMAM para seguridad en la biotecnología y en si debería establecerse un fondo especial para la seguridad en la biotecnología.

    El Grupo Africano y otros países en desarrollo pidieron que se estableciera un fondo especial voluntario sobre seguridad en la biotecnología. A ello se opusieron la UE, con Turquía y Croacia, Noruega, Japón y EE.UU. Sudáfrica dijo que establecer un fondo era prematuro, pero apoyó que se pidieran recursos adicionales.

    Guatemala, con apoyo del Grupo Africano, propuso que el FMAM considerara definir cuotas para cada país específicas para financiar las actividades de seguridad en la biotecnología dentro del Sistema para la Asignación Transparente de Recursos (SATR). La UE, con Turquía y Croacia, propuso que se eliminaran las recomendaciones concretas al FMAM sobre, entre otras cosas: financiar proyectos de seguridad en la biotecnología fuera del SATR y apoyar la creación de capacidad para aplicar los requerimientos de identificación de OVM-FFP.

    Al adoptar la decisión en el plenario de clausura el viernes, se eliminó el texto que pedía al FMAM que pusiera a disposición fondos para publicar materiales del CIISB en otros idiomas además de los oficiales de la ONU. Se borró la palabra “adicionales” en una invitación a las Partes países desarrollados a responder a las necesidades de “recursos financieros y tecnológicos” de otras Partes.

    Decisión de la CdP/RdP: La decisión sobre el mecanismo y recursos financieros (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.16) insta a las Partes a dar prioridad a la seguridad en la biotecnología al solicitar financiación del FMAM y recomienda que la CdP/RdP, en su orientación para el mecanismo financiero, inste al FMAM a: considerar la definición de cuotas para cada país específicas para seguridad en la biotecnología, basadas en los segundos informes nacionales, en el marco del SATR y en el contexto del sexto proceso de reposición; y asegurarse de que los requerimientos de identificación del párrafo 2(a) del Artículo 18 del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología se tengan en cuenta en las actividades realizadas con financiación del FMAM.

    Además, se solicita a la Secretaría que siga explorando medios para movilizar recursos financieros adicionales e informe a la CdP/RdP 6.

    COOPERACIÓN CON OTRAS ACTIVIDADES, CONVENIOS E INICIATIVAS

    El lunes se presentó a los delegados el informe sobre este punto (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/6) y se discutió el miércoles. La UE, junto con Croacia y Turquía, pidió cooperación, comunicación nacional y mayor coordinación a nivel nacional e internacional para asegurar que las cuestiones de seguridad en la biotecnología se trataran coherentemente. La Unión Africana hizo énfasis en la colaboración regional e internacional, haciendo notar que su Consejo Ejecutivo había pedido recientemente que se desarrollaran marcos nacionales de seguridad en la biotecnología. El Consejo de Acción sobre seguridad en la biotecnología de Washington recordó la relevancia del Codex Alimentarius para la cooperación con otras organizaciones.

    Decisión de la CdP/RdP:En su decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.12) la CdP/RdP solicita al Secretario Ejecutivo que: intensifique los esfuerzos para obtener estatus de observador en los Comités de la Organización Mundial de Comercio sobre Sanidad y Medidas Fitosanitarias y Barreras Técnicas al Comercio; supeditado a la disponibilidad de fondos, busque memorando de entendimiento para cooperar con la Organización Internacional para la Estandarización y la Asociación Internacional de Ensayos de Semillas; comience o continúe participando en las reuniones relevantes de organizaciones internacionales; coopere con otras organizaciones, convenios e iniciativas que estén trabajando sobre mecanismos de intercambio de información; y mantenga la cooperación implicada en reglas y normas de envasado y transporte.

    PRESUPUESTO

    El presupuesto para el bienio 2011-12 se discutió el lunes en plenario y del martes al viernes en un grupo de contacto. Presidido por Conrad Hunte (Antigua y Barbuda), el grupo de contacto sobre el presupuesto se reunió seis veces a lo largo de la semana, y decidió que recurriendo a las reservas existentes era posible aumentar el presupuesto de la Secretaría para el bienio 2011-12 en un 3,4%, en comparación con el bienio 2009-10. La única reunión de grupo de expertos para la que podría asegurarse financiación a partir del presupuesto central es una del Grupo Especial de Expertos Técnicos (GEET) sobre evaluación y gestión de riesgos.

    Decisión de la CdP/RdP:En su decisión sobre el presupuesto (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.17), la CdP/RdP aprueba: un presupuesto central de programa de $2 597 800 dólares estadounidenses para 2011 y $3 102 600 dólares estadounidenses para 2012, y el retiro de $850 000 de balances o contribuciones sin gastar de períodos financieros previos.

    MANIPULACIÓN, TRANSPORTE, ENVASADO E IDENTIFICACIÓN (MTEI)

    EXPERIENCIA ADQUIRIDA CON LOS REQUERIMIENTOS DE DOCUMENTACIÓN DE OVM: Los delegados del GT II consideraron el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/8. El Presidente Seyani presentó un proyecto de decisión que se adoptó sin enmiendas en el plenario del viernes.

    Muchos países estaban a favor de posponer de la CdP/RdP 7 a la CdP/RdP 8 una decisión sobre requerimientos de documentación más detallada, citando la limitada experiencia y la falta de capacidad para brindar la información necesaria, mientras que otros preferían acelerar la aplicación de los requerimientos de documentación. Los delegados también pidieron que se creara más capacidad en el uso de muestreos de la documentación sobre detección. Sudáfrica y Argentina alertaron que los requerimientos de documentación podrían poner barreras al comercio. La Red del Tercer Mundo reiteró la necesidad de requerir documentación detallada y un documento independiente para los OVM-FFP.

    Brasil pidió que se permitiera a los países continuar utilizando sus sistemas existentes para confirmar que los OVM-FFP no se introduzcan en el ambiente, y México sugirió que tales sistemas “previnieran” tales introducciones en vez de “confirmar” que no tuvieran lugar.

    Sobre la decisión de posponer la consideración de requerimientos de documentación más detallada para cargamentos de OVM-FFP, Bolivia solicitó que se añadiera una referencia a la consideración de la necesidad de un documento independiente. Respecto a remitir más información sobre la experiencia adquirida antes de la CdP/RdP 7, la UE, junto con Croacia y Turquía, sugirió que también se remitiera información sobre los obstáculos encontrados al cumplir con los requerimientos de documentación, así como cualquier necesidad concreta de creación de capacidades.

    Decisión de la CdP/RdP: En la decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.7) la CdP/RdP entre otras cosas: solicita a las Partes e insta a otros gobiernos a continuar tomando medidas para asegurarse de que se incorpore en la documentación existente que acompaña a los OVM la información necesaria para identificar OVM-FFP; solicita a las Partes e insta a otros gobiernos, organizaciones pertinentes y al FMAM a cooperar con y apoyar a las Partes países en desarrollo a crear capacidad para aplicar los requerimientos de información; y decide posponer una decisión sobre requerimientos de documentación detallada para MTEI hasta la CdP/RdP 8.

    NORMAS: El GT II consideró el martes el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/9. El miércoles se aprobó un proyecto de decisión, que se adoptó en plenario el viernes.

    La discusión se centró en la identificación de lagunas de información y las normas existentes; la postulación de laboratorios de referencia nacionales e internacionales; la financiación para desarrollar la capacidad de las Partes países en desarrollo; y si formar o no un GEE y el alcance de sus TdR.

    El Grupo Africano, Nueva Zelanda y Bolivia, con la oposición de la UE, Paraguay, Filipinas y Argentina, apoyaron que se estableciera un GEE. El Grupo Africano y Bolivia insistieron en que en él debían participar tanto las Partes como las organizaciones pertinentes. Nueva Zelanda agregó que el GEE debería compilar información pero no elaborar estándares. El Grupo Africano, junto con Bolivia, prefirió que los TdR del GEE incluyeran la tarea de compilar información sobre el establecimiento de normas. México, junto con Brasil, hizo énfasis en que el GEE resultaría costoso. La UE, con Turquía y Croacia y el apoyo de Paraguay, sostenía que un GEE no sería la herramienta más eficaz, proponiendo que en vez de ello el Secretario Ejecutivo comisionara un informe sobre el establecimiento de normas.

    Tras consultas informales entre la UE con Turquía y Croacia, el Grupo Africano, Nueva Zelanda, México, Bolivia y Japón, la UE presentó un texto de acuerdo que solicitaba al Secretario Ejecutivo que comisionara un análisis de las normas, métodos y directrices existentes pertinentes sobre MTEI de OVM, al tiempo que tratara las lagunas, la cooperación con las organizaciones pertinentes, orientación sobre reglamentos internacionales, y la posible elaboración de normas.

    Irán, la República de Corea y otros pidieron un documento independiente que contuviera orientaciones más concretas sobre MTEI. El Grupo Africano pidió recursos para crear capacidades y construir instalaciones para la detección de OVM, mientras que Argentina dijo que la creación de capacidad no debería limitarse sólo a la detección.

    Decisión de la CdP/RdP:En la decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.14) la CdP/RdP, entre otras cosas, solicita al Secretario Ejecutivo que: continúe dando seguimiento a los avances en las normas relacionadas con MTEI de OVM e informe de los avances a la CdP/RdP 6; disemine los resultados del Foro en Internet sobre Normas para los Embarques de OVM; organice talleres regionales; invite a las instituciones que establecen normas a formar un grupo de comunicación electrónica con la Secretaría del CDB para intercambiar información; y solicita a las Partes que pongan a disposición, a través del CIISB, la información sobre las normas pertinentes sobre MTEI de OVM, la orientación que exista sobre el uso de las normas internacionales pertinentes, y los métodos de detección e identificación de OVM.

    DERECHOS Y/U OBLIGACIONES DE LAS PARTES DE TRÁNSITO DE LOS OVM

    El lunes y el miércoles el GT I discutió el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/10. El Grupo Africano destacó que la falta de presentación de informes por parte de los Estados Africanos se debía a la falta de experiencia y de marcos nacionales de seguridad de la biotecnología. Kenia dijo que deberían cumplirse los requerimientos nacionales, regionales e internacionales respecto al tránsito de OVM. Los delegados de Nueva Zelanda, Kenia y Japón solicitaron que se pospusiera a la CdP/RdP 8 la solicitud al Comité de Cumplimiento para tratar los temas relacionados con los OVM con base en la información de los informes nacionales.

    Decisión de la CdP/RdP:En su decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.8) la CdP/RdP insta a las Partes a continuar tratando cuestiones relacionadas con el tránsito de los OVM a través de sus territorios utilizando sistemas nacionales administrativos y legales, y a considerar esta cuestión en la CdP/RdP 8.

    RESPONSABILIDAD Y COMPENSACIÓN

    Las negociaciones del protocolo suplementario sobre responsabilidad y compensación terminaron durante la cuarta reunión del Grupo de Amigos de los Copresidentes (CPRC 4), que tuvo lugar del 6 al 10 de octubre, justo antes de la CdP/RdP 5. Originalmente programada para tres días, la reunión se prolongó al fin de semana para resolver cuestiones pendientes respecto a las referencias a “productos” de OVM en el artículo sobre el alcance del protocolo suplementario. El texto final del proyecto de protocolo suplementario se aprobó en la madrugada del lunes 11 de octubre. La CPRC 4 también negoció un proyecto de decisión de la CdP/RdP para la adopción del protocolo suplementario. Durante la CdP/RdP 5 un grupo de redacción legal se reunió de lunes a miércoles para asegurar la claridad legal y la consistencia del texto. El Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Seguridad en la Biotecnología se adoptó en plenario el viernes 15 de octubre.

    CPRC 4: La Copresidenta Jimena Nieto inauguró la reunión el miércoles 6 de octubre, instando urgentemente a los participantes a alcanzar consenso sobre las cuestiones pendientes para presentar un proyecto final de protocolo suplementario para que lo adoptara la CdP/RdP 5. Charles Gbedemah, en nombre del Secretario Ejecutivo del CDB Ahmed Djoghlaf, dijo que la adopción del Protocolo suplementario sería un regalo para el Año Internacional de la Biodiversidad. Los delegados adoptaron el programa y la organización de la reunión (UNEP/CBD/BS/GF-L&R/4/1 y 1/Add.1). Los delegados discutieron las cuestiones pendientes en base al texto revisado del proyecto de protocolo suplementario contenido en el Anexo I del informe de la tercera reunión de la CPRC (UNEP/CBD/BS/GF-L&R/4/2). El Copresidente René Lefeber dijo que los copresidentes harían propuestas sobre las cuestiones pendientes respecto a los encabezados y el texto del preámbulo con el fin de preservar la consistencia del texto para asegurar que el protocolo suplementario pudiera adoptarse durante la CdP/RdP 5.

    Definición de OVM y “sus productos” en relación con el alcance (Artículo 3.2): El Copresidente Lefeber sugirió que se insertara la redacción del Anexo III del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología (Evaluación de Riesgos), que define los productos de OVM como “materiales procesados que tienen su origen en un OVM, que contengan combinaciones nuevas detectables de material genético replicable que se hayan obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna” en la disposición sobre el alcance. Añadió que esto se aplicaría sólo a los daños causados por los OVM originarios de movimientos transfronterizos. Japón se opuso a la propuesta, destacando que el término “sus productos” sólo debería aplicarse a materiales vivos. El Copresidente Lefeber recordó que había entendimiento de que “sus productos” se referiría también a material no vivo.

    Bolivia, con apoyo de Ecuador, propuso que se utilizara la propuesta de los Copresidentes como una definición independiente. México, con la oposición de Bolivia, sugirió que se agregara “y que pueda replicarse en el medio ambiente” para pulir la definición. Ucrania hizo notar que también deberían considerarse los productos de OVM capaces de replicarse en un laboratorio. Filipinas sugirió que se cualificara la definición para evitar que se malinterpretara el término “replicación”. México hizo notar que no era necesario definir “sus productos” pues el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología se refiere sólo a OVM.

    Después los delegados discutieron largo rato las implicaciones legales de utilizar esta redacción para definir “sus productos”, que aparece varias veces en el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología. La UE mostró preocupación de que utilizar la redacción del Anexo sobre Evaluación de Riesgo, relevante en el contexto del procedimiento del CIP, pudiera ampliar el alcance del protocolo suplementario. Malasia respondió que utilizar esa redacción no necesariamente implicaría una relación con el procedimiento del CIP, pues dicha redacción también se encontraba en otras partes del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología. Bolivia alertó sobre limitar el alcance del protocolo suplementario y, citando los avances en la tecnología, sugirió que se tratara el tema a escala nacional cuando se aplicara el protocolo suplementario.

    Japón dijo que no podían tratarse los daños causados por los OVM sin hacer referencia a la idea de productos de OVM y propuso como redacción alternativa “OVM incluyendo OVM contenidos en productos”. La discusión subsiguiente se centró en estas dos propuestas: la de Bolivia enmendada por México y la de Japón. Japón, con apoyo de la UE, se oponía al uso del término “sus productos”, explicando que era inadecuado para describir los OVM contenidos en productos que no fueran necesariamente productos de OVM. La UE subrayó la necesidad de claridad legal. Ucrania dijo que la redacción del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología abarcaba las preocupaciones de Japón, dado que se refería también a OVM utilizados en industrias procesadoras. Sudáfrica, Malawi, Ecuador y Brasil expresaron su disposición a apoyar la propuesta boliviana enmendada por México, a pesar de tener reservas similares respecto a “sus productos”.

    Varios delegados, incluyendo los de Malasia, Filipinas y Bolivia, subrayaron la importancia de una definición que se relacionara con el Anexo I del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología (información requerida en las notificaciones en el marco del procedimiento de CIP). México pidió que se aclarara qué sustancias requerían regulación. Bolivia dijo que la regulación era para OVM y productos derivados de OVM con potencial para afectar el uso sostenible de la biodiversidad teniendo en cuenta la salud humana, consistente con el texto del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología. Camerún prefería introducir una redacción relevante en el protocolo suplementario para permitir la reparación allí donde hubiera daño.

    Tras consultas informales, Malasia presentó una propuesta de acuerdo que consistía en una enmienda de la propuesta bolivio-mexicana declarando que “sus productos” incluía materiales que fueran “capaces de replicarse en el medio ambiente”. Paraguay, Sudáfrica, India y China solicitaron tiempo para considerar la propuesta, e India y China hicieron notar que la decisión cambiaría el alcance del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología y solicitaron posponer la decisión hasta la CdP/RdP 5. Japón, Brasil, la UE, Noruega, Suiza, Ucrania y el Grupo Africano aceptaron la propuesta; Japón solicitó que el informe de la reunión reflejara su entendimiento de que la definición se refería a OVM; Brasil pidió que se aclarara la diferencia entre “son capaces de replicarse” y la redacción anterior “pueden replicarse”, y la UE hizo notar que la definición no brindaba claridad legal. Filipinas sugirió hacer referencia a los OVM que eran capaces de “reproducirse naturalmente en el medio ambiente” para aclarar la definición. Paraguay estuvo dispuesto a considerar la propuesta.

    La tarde del viernes el Copresidente Lefeber preguntó si todas las Partes podían aceptar la propuesta de acuerdo, incluyendo la enmienda filipina. Namibia explicó que la enmienda introduciría una nueva distinción entre los organismos vivos y los no vivos modificados, desviándose del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología, que utiliza el término replicación. La UE se preocupó por las interpretaciones divergentes de la definición. Paraguay hizo notar que había “recibido instrucciones” de aceptar la propuesta de acuerdo con la enmienda de Filipinas.

    Tras otra ronda de consultas informales, el Copresidente Lefeber sugirió que los países que tenían problemas con la redacción de acuerdo registraran lo que entendían en el informe de la reunión o en una nota a pie de página de la definición. Los delegados discutieron varias opciones para hacerlo, pero al notar que esto llevaría a interpretar de formas diferentes la definición, decidieron convocar a más consultas informales para encontrar una redacción que fuera aceptable para todos. Las consultas informales continuaron todo el sábado.

    El sábado por la tarde Malasia sugirió que se borrara la propuesta de definición de “sus productos” y reemplazar la referencia a “sus productos” en el artículo sobre el alcance con “OVM en el contexto del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología”. India, Paraguay, China y Filipinas propusieron en vez de ello “como los define el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología”, haciendo notar la necesidad de una referencia clara a la definición de OVM. Colombia propuso “como se hace referencia” como un acuerdo, a lo que se opuso India.

    Las consultas informales continuaron el domingo. Ya entrada la noche del domingo los delegados decidieron borrar la referencia a “sus productos” e incluir una declaración en el informe de la CdP/RdP haciendo notar que durante las negociaciones se había notado que las Partes entendían de formas diferentes la aplicación del Artículo 27 del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología (Responsabilidad y Compensación) a los materiales procesados con origen en OVM. En este entendimiento las Partes pueden aplicar el protocolo suplementario al daño causado por dichos materiales procesados, si puede establecerse un nexo causal entre el daño y el OVM. El texto del proyecto de protocolo suplementario se adoptó y se remitió a la CdP/RdP.

    Seguridad financiera (Artículo 10): El miércoles los delegados discutieron largo y tendido si incluir una disposición habilitante que permitiera a los países requerir a un operador que estableciera seguridad financiera. Paraguay, Brasil, México y Sudáfrica solicitaron que se borrara el texto, mientras que Malasia, Bolivia, Camerún, Perú, India, Ucrania y Noruega insistían en que se incluyera.

    En lugar de mantener la disposición, Brasil propuso que se incluyera en el preámbulo una redacción que reflejara la importancia de la seguridad financiera y solicitara a la Secretaría que preparara un documento técnico sobre las consecuencias de un esquema de seguridad financiera. Sudáfrica cuestionó la necesidad de una disposición sobre seguridad financiera. El Grupo Africano excepto Sudáfrica se opuso a borrar el texto, haciendo notar que no podría agregarse una referencia operativa a la seguridad financiera tras la adopción del protocolo suplementario. Junto con Bolivia, Perú, India, Malasia y Ucrania, señaló que la disposición no impondría una obligación de seguridad financiera, sino que permitiría a los países tratar tal financiación en su legislación nacional.

    El jueves, tras una serie de reuniones bilaterales entre las Partes y los Copresidentes, el Copresidente Lefeber informó que Brasil, México, Paraguay y Sudáfrica habían indicado que no podían aceptar una referencia a la seguridad financiera en el texto operativo, pero que harían una propuesta alternativa. Brasil, con apoyo de Paraguay, expresó de nuevo su propuesta de incluir una referencia en el preámbulo y de realizar un estudio técnico. Malasia rechazó la propuesta, haciendo notar que la disposición debería incluirse en el texto operativo.

    El viernes por la tarde, tras consultas informales, Malasia informó que las Partes habían acordado una redacción que declaraba que: las Partes mantenían el derecho a proporcionar seguridad financiera en su legislación nacional; y que deberían ejercitar este derecho de forma consistente con sus derechos y obligaciones en el marco de la legislación internacional, teniendo en cuenta los tres últimos párrafos del preámbulo del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología. También acordaron que la primera CdP/RdP tras la entrada en vigor del protocolo suplementario debería solicitar al Secretario Ejecutivo que realizara un estudio sobre las modalidades de los mecanismos de seguridad financiera y que evaluara los impactos ambientales, económicos y sociales, particularmente en los países en desarrollo, así como que identificara a las entidades adecuadas para proporcionar seguridad financiera.

    Tras algo más de discusión y varios cambios de edición al párrafo final, los delegados adoptaron la disposición.

    Título: La tarde del domingo los copresidentes propusieron que el título del protocolo suplementario fuera “Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología”, y los delegados estuvieron de acuerdo.

    Decisión de la CdP/RdP sobre Responsabilidad y Compensación: El proyecto de decisión de la CdP/RdP sobre responsabilidad y compensación, que trata sobre el protocolo suplementario, las directrices sobre responsabilidad civil, medidas suplementarias adicionales de compensación, y medidas complementarias de creación de capacidad, se trató brevemente el miércoles, y de nuevo la noche del sábado y el domingo. El miércoles por la mañana los delegados decidieron no considerar las directrices en esta reunión y acordaron tentativamente que las eliminarían durante la CdP/RdP.

    Sobre las medidas suplementarias adicionales de compensación, los delegados acordaron, tras consultas informales, una redacción que establecía que en situaciones en las que el costo de compensar el daño no haya sido previsto en el protocolo suplementario, pueden aplicarse medidas de compensación adicionales y suplementarias para compensar el daño, lo que puede incluir otros arreglos que trate la CdP/RdP. Un segundo párrafo establece que estas medidas pueden incluir un arreglo de compensación colectiva suplementaria cuyos TdR establecerá la CdP/RdP. Se acordó esta redacción tras discutirla más y hacerle algunas enmiendas menores.

    El domingo, tras consultas informales, los delegados acordaron un párrafo de referencia que hace notar las iniciativas del sector privado respecto a los recursos en caso de daños a la diversidad biológica causados por los OVM.

    CdP/RdP 5: El lunes los delegados escucharon el informe de la CPRC 4 y establecieron un grupo de redacción legal que se reunió del lunes al miércoles. El viernes los delegados adoptaron una decisión sobre responsabilidad y compensación que contiene el Protocolo Suplementario.

    Decisión de la CdP/RdP:En la decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.2) la CdP/RDP, entre otras cosas, hace notar las iniciativas del sector privado respecto a los recursos en caso de daños a la diversidad biológica causados por los OVM.

    La parte operativa de la decisión se divide en tres partes que tratan el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (el Protocolo Suplementario), medidas adicionales y suplementarias de compensación, y medidas complementarias de creación de capacidades.

    La CdP/RdP decide adoptar el Protocolo Suplementario, contenido en el anexo, y pide a las Partes del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología que firmen el Protocolo Suplementario el 7 de marzo de 2011 o en la primera oportunidad después de esa fecha y que lo ratifiquen lo antes posible.

    Respecto a las medidas adicionales y suplementarias de compensación, la CdP/RdP decide que: en situaciones en las que las medidas de respuesta previstas en el protocolo suplementario no se hayan cubierto, tal situación puede tratarse con medidas de compensación adicionales y suplementarias, y que tales medidas pueden incluir otros arreglos que trate la CdP/RdP.

    Respecto a las medidas complementarias de creación de capacidades, la CdP/RdP: insta a las Partes, teniendo en cuenta el Plan de Acción de Creación de Capacidades del Protocolo, que cooperen en el desarrollo y/o en el fortalecimiento de los recursos humanos y las capacidades institucionales para aplicar el Protocolo Suplementario, a través de las instituciones y organizaciones existentes y, conforme sea apropiado, facilitando la implicación del sector privado; y decide tomar la presente decisión en cuenta, conforme sea apropiado, en la siguiente revisión del Plan de Acción de Creación de Capacidades.

    El anexo contiene el texto del Protocolo Suplementario. El preámbulo, entre otras cosas: reconoce la necesidad de disponer medidas de respuesta apropiadas cuando haya daño o suficiente probabilidad de daño de forma consistente con el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología; y recuerda el Artículo 27 de este último (Responsabilidad y Compensación).

    El Artículo 1 (Objetivo) establece que el objetivo del Protocolo suplementario es contribuir a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos a la salud humana, disponiendo reglas y procedimientos internacionales en el campo de la responsabilidad y compensación relacionada con los OVM.

    El Artículo 2 (Términos utilizados) establece que los términos definidos en el Convenio y en el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología se aplican al Protocolo Suplementario. Además dispone que:

  • “daño” significa un efecto adverso en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos a la salud humana que sean medibles u observables de alguna manera teniendo en cuenta líneas de base establecidas científicamente reconocidas por una autoridad competente que tenga en cuenta cualquier otra variación inducida por el ser humano o natural, y sea significativa como se establece en el Protocolo Suplementario.
  • “operador” significa cualquier persona que controle directa o indirectamente el OVM, lo que podría incluir entre otras cosas al permisionario y a quien: pone el OVM en el mercado, lo desarrolla, lo produce, lo notifica, lo exporta, lo importa, lo transporta o lo provee.
  • “medidas de respuesta” quiere decir acciones razonables para: prevenir, minimizar, contener, mitigar o de alguna otra forma evitar el daño, conforme sea apropiado; restaurar la diversidad biológica a las condiciones en que se encontraba antes de ocurrir el daño, o a su equivalente más cercano, o reemplazar la pérdida de diversidad biológica con otros componentes de la diversidad biológica para el mismo o para otro tipo de uso ya sea en la misma o, conforme sea apropiado, en otra ubicación; y
  • un efecto adverso “significativo” se determinará en base a factores tales como: el cambio permanente a largo plazo que no será compensado a través de la recuperación natural dentro de un periodo razonable, la extensión de los cambios cualitativos o cuantitativos que afectan adversamente a los componentes de la diversidad biológica, la reducción de la capacidad de los componentes de la biodiversidad de proveer de bienes y servicios, y la extensión de cualquier efecto adverso en la salud humana en el contexto del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología.
  • El Artículo 3 (Alcance) establece que el Protocolo Suplementario se aplica a los daños resultantes de OVM provenientes de un movimiento transfronterizo. Los OVM a los que se hace referencia son OVM-FFP, OVM destinados a uso confinado, y OVM destinados a la introducción voluntaria en el ambiente. Los párrafos siguientes especifican que el Protocolo Suplementario se aplica a: daños resultantes de movimientos transfronterizos autorizados intencionales de OVM a los que se hace referencia en el párrafo anterior; daños resultantes de movimientos transfronterizos no intencionales y movimientos ilegales como están referidos en el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología; daños resultantes de movimientos transfronterizos que comenzaron tras la entrada en vigor del Protocolo Suplementario para la Parte hacia cuya jurisdicción se dirigió el movimiento; y daños ocurridos dentro de los límites de la jurisdicción nacional de las Partes. Los párrafos finales establecen que las Partes pueden utilizar criterios establecidos en su legislación nacional para evaluar los daños que ocurran dentro de los límites de su jurisdicción nacional; y que la legislación nacional que aplique el Protocolo Suplementario también se aplicará a los daños resultantes de los movimientos transfronterizos desde los Estados que no son Parte.

    El Artículo 4 (Causación) establece que debe establecerse un nexo causal entre el daño y el OVM en cuestión, acorde con la legislación nacional.

    El Artículo 5 (Medidas de respuesta) establece que las Partes requerirán al operador u operadores apropiados, en caso de daño, y con sujeción a cualquier requerimiento de la autoridad competente que: informe inmediatamente a la autoridad competente; evalúe el daño; y tome las medidas de respuesta apropiadas. La autoridad competente: identificará al operador que ha causado el daño; evaluará el daño; y determinará qué medidas de respuesta debe tomar el operador. Los siguientes párrafos establecen que:

  • se requerirá al operador que tome medidas para evitar que ocurra el daño si la información del CIISB indica que hay suficiente probabilidad de daño;
  • la autoridad competente puede aplicar medidas de respuesta si el operador no lo hace, en cuyo caso la autoridad competente tiene derecho a recuperar del operador cualquier costo y gasto relacionado con las medidas y la evaluación del daño;
  • las decisiones de la autoridad competente a este respecto serán razonadas y se informará al operador, y las Partes preverán remedios incluyendo la revisión administrativa o judicial de tales decisiones, de las cuales también debe informarse al operador;
  • las Partes evaluarán si su legislación nacional ya contempla medidas de respuesta sobre responsabilidad civil; y
  • las medidas de respuesta serán acordes con la legislación nacional.
  • Los Artículos 6 a 8 establecen que las Partes pueden disponer en su legislación nacional exenciones, límites temporales y límites financieros.

    El Artículo 9 (Derecho de recurso) establece que el Protocolo Suplementario no limitará ni restringirá ningún derecho de recurso o indemnidad que el operador pueda tener contra cualquier otra persona.

    El Artículo 10 (Seguridad financiera) establece que las Partes mantienen el derecho a prever en su legislación nacional la seguridad financiera, y que deberían ejercer este derecho de forma consistente con sus derechos y obligaciones en el marco de la legislación internacional, teniendo en cuenta los tres últimos párrafos del preámbulo del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología. Además, la primera reunión de la CdP/RdP del Protocolo Suplementario solicitará al Secretario Ejecutivo que realice un estudio integral sobre, entre otras cosas: modalidades de los mecanismos de seguridad financiera; evaluación de los impactos ambientales, económicos y sociales de tales mecanismos, en particular en los países en desarrollo; e identificación de las entidades apropiadas para proporcionar seguridad financiera.

    El Artículo 11 (Responsabilidad de los Estados por actos ilegales a nivel internacional) establece que el Protocolo Suplementario no afectará los derechos y obligaciones en el marco de las reglas de la legislación internacional general con respecto a la responsabilidad de los Estados por actos ilegales a nivel internacional.

    El Artículo 12 (Aplicación y relación con la responsabilidad civil) contiene tres disposiciones. La primera establece que las Partes dispondrán en su legislación nacional reglas y procedimientos sobre los daños. Para aplicar esta obligación, las Partes dispondrán medidas de respuesta acordes con el Protocolo Suplementario y pueden, conforme sea apropiado: aplicar su legislación nacional existente, incluyendo en donde sea aplicable, reglas y procedimientos generales sobre responsabilidad civil; aplicar o desarrollar reglas y procedimientos de responsabilidad civil específicamente para este propósito; o aplicar o desarrollar una combinación de ambos.

    La segunda disposición establece que las Partes deberán, a fin de disponer reglas y procedimientos adecuados sobre responsabilidad civil en su legislación nacional para daños materiales o personales asociados con el daño como se define en el Artículo 2, párrafo 2(c): continuar aplicando su legislación general existente sobre responsabilidad civil; desarrollar y aplicar o continuar aplicando legislación de responsabilidad civil específicamente para este propósito; o desarrollar y aplicar o continuar aplicando una combinación de ambos.

    La tercera disposición establece que al elaborar legislación sobre responsabilidad civil, como se refiere en los subpárrafos (b) o (c) de los párrafos 1 o 2 supra, las Partes, conforme sea apropiado, tratarán entre otras cosas los siguientes elementos: daño, normas de responsabilidad incluyendo la responsabilidad estricta o basada en faltas; canalización de la responsabilidad, donde sea apropiado; y el derecho a presentar quejas.

    El articulo 13 (Evaluación y revisión) establece que la CdP/RdP del Protocolo Suplementario revisará la efectividad del mismo cinco años después de su entrada en vigor y cada cinco años desde entonces, siempre que las Partes hayan proporcionado información requiriendo tal revisión. La revisión se realizará en el contexto de la evaluación y revisión del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología, a menos que las Partes del Protocolo Suplementario decidan otra cosa. La primera revisión incluirá una revisión de la efectividad de los Artículos 10 (Seguridad financiera) y 12 (Responsabilidad civil).

    Los Artículos 14 a 21 tratan cuestiones institucionales, concretamente la CdP/RdP del Protocolo Suplementario, la Secretaría, relación con el Convenio y el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología, firma, reservas, denuncia y textos auténticos.

    El Artículo 18 (Entrada en vigor) establece que el Protocolo Suplementario entrará en vigor 90 días después de haberse recibido la 40ª ratificación.

    EVALUACIÓN DEL RIESGO Y GESTIÓN DEL RIESGO

    El martes y el jueves el GT II discutió los documentos UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/12 y UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/INF/13 sobre diferentes cuestiones relacionadas con la evaluación de riesgos. El jueves se aprobó un proyecto de decisión.

    ULTERIOR ORIENTACIÓN SOBRE DETERMINADOS ASPECTOS DE LA EVALUACIÓN DEL RIESGO: El Grupo Africano pidió que se extendiera el mandato del Grupo Especial de Expertos Técnicos (GEET), y que el foro en Internet se hiciera más accesible a los países africanos. India solicitó que las recomendaciones del GEET fueran más específicas respecto a los requerimientos geográficos. UCRANIA apoyó el trabajo del GEET, especialmente en evaluaciones a largo plazo. PARAGUAY solicitó que el GEET estuviera compuesto por expertos en evaluación de riesgo. Noruega dijo que el GEET debería enfocarse a revisar la hoja de ruta sobre evaluaciones de riesgos de OVM

    Respecto a los materiales de orientación, muchos pidieron que se tradujeran rápidamente a todos los idiomas oficiales de la ONU. Brasil sugirió que se hiciera referencia a los resultados del GEET como un informe y no como un documento de orientación. MALASIA sugirió que el documento de orientación incorpore las lecciones aprendidas en los recientes ejercicios regionales de capacitación e Irán propuso que se revisaran las prioridades para otros materiales de orientación y sugirió que se podían agregar otros temas. Filipinas, la UE y EE.UU. priorizaron que se revisara y se evaluara la orientación actual, y Filipinas pidió orientaciones generales y no conjuntos de orientaciones concretas. México, Níger y Nueva Zelanda apoyaron la hoja de ruta pero hicieron énfasis en que se aumente la revisión por pares y que se hagan pruebas, y Camboya pidió que se hagan pruebas a los niveles regional y subregional. México dijo que las organizaciones pertinentes deberían asociarse con la evaluación de OVM, la revisión por pares y la evaluación del riesgo. PRRI criticó que no se reflejara de forma adecuada en el documento la experiencia obtenida en 25 años de investigación sobre este tema.

    Respecto al objetivo de orientación sobre evaluación de los riesgos de OVM, Paraguay sugirió que se reflejara que ése era un documento en evolución y Filipinas propuso que se agregara que la guía no era restrictiva y no imponía ninguna obligación a las Partes.

    CREACIÓN DE CAPACIDADES: El martes el GT II discutió sobre la creación de capacidades en la evaluación de riesgos. El Grupo Africano, India y Filipinas subrayaron la importancia de crear capacidades para la evaluación de riesgos, pidiendo colaboración sur-sur e intercambio de información. La UE destacó la capacidad para evaluar los informes de evaluación de riesgo. Filipinas sugirió canalizar más recursos hacia el desarrollo de materiales en Internet. El Grupo Africano, junto con Argentina, respaldó que el GEET continuara sus labores sobre la creación de capacidades para políticos y tomadores de decisiones. Palau pidió capacitación de personal en las naciones de las islas del Pacífico sobre evaluación y gestión de riesgos. China hizo hincapié en la necesidad de continuar dando apoyo financiero para talleres de capacitación sobre evaluación de riesgos.

    OVM QUE PUEDEN TENER/QUE NO ES PROBABLE QUE CAUSEN IMPACTOS ADVERSOS: Respecto a diferenciar los impactos de los OVM, muchos delegados argumentaron que la probabilidad de impactos adversos de los OVM dependían de las características del ambiente en el que se cultivaban y no podían determinarse globalmente. Priorizaron investigar más y compartir la información y la investigación, adelantándose a las discusiones subsecuentes. Noruega y otros rechazaron que se elaboraran listas de OVM que pudieran exentarse del procedimiento de CIP.

    Respecto a los OVM que pueden tener impactos adversos, muchos estaban a favor de un enfoque caso por caso. Mientras que pedían mayor puesta en común de la información y capacitación, varios se opusieron a establecer un GEET por lo limitado de los fondos. PRRI dijo que los impactos adversos nunca podían descartarse, y ofreció proporcionar evidencias de OVM que era menos probable que tuvieran impactos que sus contrapartes no OVM.

    Decisión de la CdP/RdP: La decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.13) contiene tres secciones con ulterior orientación sobre determinados aspectos de la evaluación del riesgo, creación de capacidad y OVM que pueden tener/que no es probable que causen impactos adversos en la conservación y en el uso sostenible de la biodiversidad.

    Respecto a la ulterior orientación, la CdP/RdP, entre otras cosas: acoge favorablemente las “Orientaciones sobre la evaluación de riesgos de organismos vivos modificados”, cuyo objetivo es orientar en la aplicación de las disposiciones del Protocolo sobre evaluación de riesgos, haciendo notar que esta primera versión requiere revisión científica; decide extender el actual foro en Internet de composición abierta y el GEET sobre evaluación de riesgos y gestión de riesgos; insta a las Partes a postular expertos para el foro en Internet de composición abierta; y solicita al Secretario Ejecutivo que convoque, antes de la CdP/RdP 6, grupos especiales de discusión y conferencias en Internet en tiempo real en el marco del foro en Internet de composición abierta y dos reuniones del GEET, y que compile puntos de vista y recomendaciones de los participantes en el foro.

    Respecto a la creación de capacidades, la CdP/RdP solicita al Secretario Ejecutivo que, entre otras cosas: convoque a la mayor brevedad posible, más cursos de capacitación regionales y subregionales para experiencia adquirida en la práctica sobre preparación y evaluación de informes de evaluación de riesgos; mejore el manual de capacitación en cooperación con los organismos de la ONU y otros revisores expertos de acuerdo con las recomendaciones de los cursos de capacitación; y desarrolle una herramienta interactiva de aprendizaje con base en el manual de capacitación que se pondrá a disponibilidad en el CIISB con miras a desarrollar capacitación rentable sobre evaluación de riesgos.

    Respecto a los OVM que pueden causar impactos adversos, la CdP/RdP insta a las Partes y a otros gobiernos a remitir al CIISB decisiones y evaluaciones de riesgos en las que se hayan identificado efectos adversos potenciales, y otra información que pueda ayudar a identificar los OVM que puedan tener efectos en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta la salud humana.

    Respecto a los OVM que no es probable que causen impactos adversos, la CdP/RdP solicita: a las Partes, gobiernos y otras organizaciones que remitan al Secretario Ejecutivo información sobre evaluación de riesgos, caso por caso, respecto al ambiente receptor de los OVM que pueda ayudar a identificar los OVM que no es probable que tengan efectos adversos, y los criterios considerados en la identificación de tales OVM; y al Secretario Ejecutivo que compile la información recibida y prepare un informe de síntesis para que las Partes lo consideren en la CdP/RdP 6.

    Los TdR anexos para el GEET sobre gestión de riesgos y evaluación de riesgos resumen la metodología, los resultados y los informes de actividades esperados.

    CONCIENTIZACIÓN, EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN DEL PÚBLICO

    El GT II consideró el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/13 el martes y el miércoles, y el jueves aprobó un proyecto de decisión.

    Las discusiones se centraron en si se requerirían recursos adicionales para aplicar de forma efectiva el programa de trabajo. La UE, junto con Turquía y Croacia, no apoyó la recomendación de que el FMAM brindara recursos financieros adicionales, a lo que se opusieron Sudáfrica y otros. Finalmente los delegados aceptaron la propuesta de la UE de que el FMAM “tuviera en cuenta” el programa de trabajo.

    Agregando un párrafo en el preámbulo que reconocía el papel central del CIISB, la República de Corea solicitó que se incentivara el establecimiento de un comité consultivo o que se utilizara el comité consultivo informal del CIISB para brindar consejo y orientación sobre la aplicación del programa de trabajo.

    Argentina pidió vigilancia efectiva por parte de expertos para frenar la diseminación de información falsa sobre los OVM. Honduras dijo que faltaba información sobre los beneficios de los OVM, y PRRI apuntó que la información sobre seguridad en la biotecnología de dominio público tenía un sesgo negativo. ECOROPA hizo énfasis en la necesidad de implicar a “miembros reconocibles del público” en la creación de campañas de concientización efectivas.

    Decisión de la CdP/RdP:La decisión sobre concientización, educación y participación del público (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.16) adopta el programa de trabajo anexo a ella y decide revisarlo en la CdP/RdP 8. Los cuatro elementos que se incluyen en el programa son: creación de capacidades, concientización y educación del público, acceso público a la información, y participación del público.

    La CdP/RdP solicita además que el FMAM tenga en cuenta el programa de trabajo en sus actividades de financiación e insta urgentemente a las Partes países en desarrollo que establezcan o hagan uso del comité consultivo existente sobre concientización, educación y participación del público sobre a los OVM, e invita a la Secretaría a establecer un foro en Internet y otros medios apropiados.

    VIGILANCIA Y PRESENTACIÓN DE INFORMES

    El GT I discutió la vigilancia y la presentación de informes (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/14/Rev.1) el lunes y el miércoles, cuando se aprobó un proyecto de decisión, incluyendo un nuevo formato para los informes nacionales. Dada la limitada tasa de remisiones en el período establecido para el primer informe nacional, Nueva Zelanda y otros países elogiaban el formato propuesto por ser más integral, pero alertaron que el aumento en los requerimientos de información podría resultar un reto. Cuba, Liberia y la UE, con Turquía y Croacia, se dijeron preocupadas sobre los plazos para entregar el segundo informe nacional, considerando los requerimientos de información propuestos. El Grupo Africano sugirió que se pospusiera la fecha límite de entrega de 2011 a 2012. Guatemala, con apoyo de Malasia y Uganda, hizo énfasis en el acceso oportuno al apoyo financiero para preparar los informes nacionales. Respecto a los requerimientos de información sobre responsabilidad y compensación, India dijo que sólo deberían aplicarse tras la entrada en vigor del protocolo suplementario.

    La UE, con Croacia y Turquía, sugirió un foro en Internet para compartir las mejores prácticas, consejos y conocimientos expertos en los informes. Argentina dijo que debería permitirse a los países que no son Parte que presentaran informes nacionales voluntarios.

    Decisión de la CdP/RdP:En su decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.9) la CdP/RdP, entre otras cosas: solicita al Secretario Ejecutivo que ponga el formato de informe final a disponibilidad a través del CIISB y que organice un foro en Internet o, según la disponibilidad de fondos, talleres regionales o subregionales sobre la presentación de informes nacionales; solicita a las Partes que usen el formato de presentación de informes en su segundo informe nacional o, en el caso de las Partes que remitan su informe nacional por primera vez, que lo utilicen en su primer informe nacional. La CdP/RdP también pide a las Partes que remitan a la Secretaría su segundo informe nacional; insta a las Partes a dar prioridad a la presentación de informes nacionales al solicitar financiación del FMAM; e invita a los países que no son Parte a compartir sus experiencias en sus medidas reguladoras y administrativas relacionadas con la seguridad en la biotecnología entregando informes nacionales.

    El anexo de la decisión incluye el formato de informe para los Segundos Informes Nacionales, que contienen 179 preguntas y directrices para utilizarlo. La decisión establece que las preguntas no necesariamente representan obligaciones en el marco del Protocolo, pero que se consideran útiles para recopilar información que facilite el establecimiento de líneas de base para procesos subsecuentes de evaluación y revisión.

    EVALUACIÓN Y REVISIÓN

    El lunes por la tarde y el martes por la mañana el GT I consideró el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/15 y el miércoles por la tarde aprobó un proyecto de decisión. La discusión se centró en los indicadores que se incluirían en la segunda revisión de la efectividad del Protocolo y en la cuestión de si se requeriría al GEET que analizara los datos sobre la aplicación.

    El Grupo Africano y Cuba apoyaban que se convocara un GEET, mientras que la UE, junto con Turquía y Croacia, propuso que la Secretaría comisionara el análisis de la efectividad del Protocolo y que las Partes lo revisaran en la siguiente CdP/RdP. Los delegados acordaron que el GEET estaría explícitamente sujeto a la disponibilidad de fondos.

    Respecto a los indicadores que se utilizarían, Brasil propuso medir por separado la aplicación de marcos nacionales de regulación y la del procedimiento del CIP. Resaltando el uso eficiente de los recursos financieros, México sugirió que se eliminaran los indicadores sobre el monto de la financiación disponible o bien que se mantuviera una medida del “impacto resultante de tal financiación”. Uganda propuso que se revisara el número de Partes que informaban de daños derivados de OVM o introducciones ilegales de OVM, así como de aquellas Partes con sistemas para la gestión de riesgos, evaluación del impacto, y procedimientos legales y administrativos para responsabilidad y compensación.

    El Grupo Africano solicitó que se incluyera el desarrollo de indicadores de los impactos socioeconómicos de los OVM. PRRI dio voz a las preocupaciones de que tales indicadores pudieran hacer preceptiva la consideración de los impactos socioeconómicos. Propuso que se preguntara por qué algunas Partes no habían establecido procedimientos nacionales de seguridad en la biotecnología y que se midieran los cambios en el uso de pesticidas, fertilizantes, combustibles fósiles y erosión del suelo como resultado de la introducción de cultivos genéticamente modificados.

    Decisión de la CdP/RdP:La decisión sobre evaluación y revisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.16) solicita a la Secretaría que recabe y compile información para la segunda revisión de la efectividad del Protocolo y que comisione el análisis de dicha información. Sujeto a la disponibilidad de fondos, la CdP/RdP decide establecer un GEET de composición equilibrada por regiones para revisar el análisis y hacer recomendaciones a la CdP/RdP 6. En un anexo se encuentran los elementos e indicadores en los que se debe centrar la segunda revisión, e incluyen: cobertura; revisión del número de Partes en el Protocolo y sus importaciones/exportaciones de OVM; aplicación doméstica de procedimientos centrales, incluyendo la operación del procedimiento de CIP y de los marcos nacionales de regulación; procedimientos y mecanismos a nivel internacional, incluyendo un indicador del monto de la financiación proporcionada o recibida para apoyar actividades de creación de capacidad sobre seguridad en la biotecnología y los impactos resultantes de tal financiación; y los impactos de los movimientos transfronterizos de OVM sobre la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos a la salud humana y los indicadores del CDB, sin referencia a los impactos socioeconómicos o al uso de pesticidas, fertilizantes, combustibles fósiles y erosión del suelo.

    PLAN ESTRATÉGICO Y PTP

    Los delegados discutieron martes, miércoles y jueves el documento UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/16 sobre el Plan Estratégico para el período 2011-2020, incluyendo un proyecto de programa de trabajo plurianual (PTP). La decisión sobre el Plan Estratégico y el PTP se adoptó el viernes.

    Sobre los objetivos del Plan Estratégico y los vínculos entre ellos, el Grupo Africano propuso alinear los objetivos estratégicos con los del Convenio y con las discusiones en los procesos paralelos, tales como el Protocolo Suplementario. El Grupo de América Latina y el Caribe, con apoyo de Sudáfrica, dijo que debían fortalecerse los vínculos con el Plan Estratégico del CDB. Respecto a las revisiones del Plan Estratégico, Vietnam pidió una revisión a medio plazo en 2015, mientras que Malasia apoyó que se hicieran revisiones menores en cada reunión de la CdP/RdP.

    Considerando que muchas de las cuestiones del Plan Estratégico se estaban tratando también en discusiones paralelas, las Partes acordaron que el Plan Estratégico, incluyendo las referencias al presupuesto y a los recursos humanos, se enmendaría y actualizaría con otras decisiones adoptadas en la CdP/RdP.

    Respecto a los recursos financieros, el Grupo Africano, junto con Yemen, hizo notar que muchas Partes países en desarrollo encontraban dificultades para acceder a los fondos del FMAM para cuestiones de seguridad en la biotecnología y propusieron que se incluyera una referencia a un fondo de seguridad en la biotecnología, que sería un fondo especial voluntario para las Partes que quisieran apoyar a los países en desarrollo en la aplicación del Plan Estratégico. Japón, la UE con Turquía y Croacia, y Nueva Zelanda, dijeron que debería darse apoyo a la aplicación con los fondos existentes del FMAM. Las Partes acordaron incorporar un texto “para explorar la factibilidad de establecer un fondo especial para la seguridad en la biotecnología” sin embargo, en el plenario final, la Secretaría, recordando a los delegados que el GT I había acordado actualizar y alinear el Plan Estratégico con otras decisiones tomadas en discusiones paralelas en la CdP/RdP 5, anunció que había tenido que borrarse esta referencia a un fondo especial sobre seguridad en la biotecnología por razones de consistencia.

     Sobre las consideraciones socioeconómicas, la UE, con Croacia y Turquía, con apoyo de Noruega, propuso que se incluyera un texto para promover la cooperación en la investigación y en el intercambio de información sobre los impactos socioeconómicos de los OVM, que en un primer momento rechazó el Grupo Africano. Tras consultas informales, se incluyó un texto de acuerdo que consideraba la disposición sobre la orientación pertinente sobre consideraciones socioeconómicas con base en la investigación y el intercambio de información.

    Respecto a los indicadores del Plan, la UE destacó que éstos fueran mesurables y relacionados con el impacto práctico. Vietnam sugirió que se agregaran indicadores cuantitativos, mientras que el Grupo Africano apoyaba que se fortaleciera la evaluación cualitativa.

    En lo referente al PTP, Burkina Faso solicitó que la creación de capacidad se tratara en las reuniones subsecuentes de la CdP/RdP. La UE, junto con Croacia y Turquía, dijo que el desarrollo de herramientas y orientaciones sobre la utilización confinada de OVM debería tratarse antes de la CdP/RdP 7, agregando que los programas de trabajo de las CdP/RdP 7 y 8 requerirían revisión tras completarse la segunda evaluación del Protocolo. Subrayó que era prematuro planificar para las CdP/RdP 9 y 10.

    Decisión de la CdP/RdP: En su decisión (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.11), la CdP/RdP adopta el Plan Estratégico para el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología (2011-2020) que se incluye en el Anexo I y el PTP de la CdP/RdP que se incluye en el Anexo II. Insta a las Partes a revisar y alinear sus planes y programas nacionales de acción con el Plan Estratégico, incluyendo sus Estrategias Nacionales de Biodiversidad y Planes de Acción, y a asignar los recursos humanos y financieros adecuados necesarios para agilizar la aplicación del Plan Estratégico. Además decide realizar una evaluación a mediano plazo del Plan Estratégico en la CdP/RdP 8, junto con la tercera evaluación y revisión del Protocolo.

    El Anexo I incluye el texto del Plan Estratégico, que contiene las siguientes secciones: contexto, interpretación y seguimiento y suposiciones y recursos humanos para apoyar la aplicación y los elementos del Plan Estratégico. Los elementos del Plan Estratégico se presentan en una tabla, incluyendo la visión, misión y cinco áreas focales priorizadas con los impactos esperados, objetivos operativos, resultados e indicadores respectivos. El Anexo II contiene el Programa de Trabajo de la CdP/RdP para 2012-2016, incluyendo puntos pendientes y otras cuestiones que se tratarán en reuniones subsecuentes.

    PLENARIO DE CLAUSURA

    El plenario de clausura inició a las cuatro de la tarde del viernes. Los delegados resolvieron las cuestiones pendientes relacionadas con la decisión sobre creación de capacidad y adoptaron 17 decisiones, seguidas de la adopción de los informes de los Grupos de Trabajo (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.1/Add.1 y Add.2) y el informe de la CdP/RdP (UNEP/CBD/BS/COP-MOP/5/L.1).

    A la adopción del Protocolo Suplementario siguieron largas ovaciones y elogios. A nombre de la Presidencia japonesa de la CdP/RdP, la Secretaria del Parlamento Masayo Tanabu felicitó a los delegados por la exitosa reunión y la adopción del Protocolo Suplementario. Confió en que cualquier tipo de reto puede vencerse con espíritu de cooperación. El Secretario Ejecutivo del CDB Ahmed Djoghlaf dijo que la cooperación Norte-Sur que ejemplifica el nombre del Protocolo Suplementario, brindaba un mensaje histórico, pero lamentó la disminución de la financiación para apoyar el trabajo de la Secretaría.

    Se decidió con un sorteo que Comoros sería la delegación que se sentaría en la esquina frontal izquierda en las reuniones del CDB durante la presidencia japonesa.

    Malawi, en nombre del Grupo Africano, se dijo preocupado de que el crecimiento del presupuesto nominal de la Secretaría se aproximara a cero, recordando a las Partes países en desarrollo su compromiso histórico de brindar recursos financieros para la aplicación de las convenciones de Río. Ucrania, a nombre de ECE, acogió favorablemente la adopción del Protocolo Suplementario. Palau, por el Grupo de Asia-Pacífico identificó como cuestiones clave para su región: la creación de capacidades, recursos financieros, e intercambio de información y transferencia de tecnología. India dio la bienvenida a los delegados a la CdP/RdP 6 en su país en octubre de 2012. La UE, con Croacia y Turquía, dijo que el PTP y la extensión del período para la evaluación y gestión de riesgos eran esenciales para tener éxito en la aplicación del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología. Colombia, por el Grupo de América Latina y el Caribe, dijo que la adopción del Protocolo Suplementario era un gran hito que marcaba el Año Internacional de la Diversidad Biológica 2010. El Presidente de la CdP/RdP Kano clausuró la reunión a las 7:31 de la noche.

    BREVE ANÁLISIS DE LA CDP/RDP 5

    Cuando los historiadores miren hacia atrás y analicen la CdP/RdP 5 en Nagoya, posiblemente estén de acuerdo en que esta reunión marcó un momento definitivo en la historia del Protocolo de Cartagena. Algunos podrán atribuir a la adopción del Protocolo Suplementario de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación el establecer el ritmo de reuniones calmas, sin mayores controversias. Sin embargo, un análisis en profundidad revela un cambio en las actitudes, posturas y corrientes políticas sumergidas que puede haber facilitado tanto la exitosa conclusión de las negociaciones sobre responsabilidad y compensación como la rápida finalización de otros puntos de agenda. La CdP/RdP 5 trajo una indicación de lo que podría ser el comienzo de una nueva fase en la reglamentación internacional de la biotecnología: enfocada en la cooperación en la gestión de los riesgos asociados con los OVM en vez de en la pelea entre aquellos que consideran a la biotecnología como una solución para muchos de los problemas más acuciantes del mundo, y aquellos que buscan defenderse contra su uso porque consideran que los riesgos asociados con los OVM son mayores que sus beneficios. Este análisis dará primero una visión más profunda de estas tendencias emergentes, seguida de una investigación de cómo éstas afectaron a la CdP/RdP 5.

    EL ROSTRO CAMBIANTE DE LA BIOTECNOLOGÍA

    La negociación del Protocolo de Cartagena y de las reuniones previas de la CdP/RdP habían estado marcadas por dos “fallas geológicas” de intereses. La primera fue la división entre aquellos países que adoptaban las nuevas tecnologías y aquellos que hacían énfasis en la precaución. El interés de los primeros, incluyendo a EE.UU., Canadá y Australia, por mencionar algunos, estaba dirigido principalmente por el deseo de establecer un medio favorable para que el sector privado promoviera la innovación y la aplicación de nuevas tecnologías. Sin embargo, los países en desarrollo, especialmente en África, siempre han defendido vigorosamente su derecho a decidir si y bajo qué condiciones se introducirían OVM en sus países.

    La segunda división fue entre los países importadores y los exportadores de alimentos, cuyas posiciones las determinaban tanto sus propias posturas ante los OVM como las de sus socios comerciales. Muchos países productores de alimentos rechazaban los OVM por el temor a perder su acceso a los principales mercados de exportación, tales como la UE, si no pudieran garantizar que sus cadenas de producción no tenían OVM.

    Por ello, a muchos veteranos del Protocolo de Cartagena les sorprendió que varios países y grupos regionales, a quienes se conocía por su actitud crítica hacia la biotecnología y el uso de OVM, hicieran intervenciones que sonaban inclinadas a favor de la biotecnología, como fue la declaración de Kenia de que el mundo rico no debería obstaculizar el camino de las ambiciones de los países en desarrollo para desarrollar o utilizar la biotecnología para atajar los problemas asociados con el hambre y el desarrollo.

    Para muchos países en desarrollo está cambiando tanto su propia actitud como la de sus socios comerciales. La reciente crisis alimentaria catalizó un cambio en las opiniones en los países en desarrollo, ya que ha tenido impactos significativos en los patrones tradicionales de ayuda al desarrollo y transferencia de tecnología, y muchos países y organizaciones ya incluyen OVM en sus estrategias de desarrollo agrícola. La declaración de Kenia fue un indicador de esta nueva popularidad del uso de los OVM como solución al hambre en los países en desarrollo. Al mismo tiempo, muchos socios comerciales de los países en desarrollo que exportan alimentos han relajado su actitud hacia los OVM. Conflictos comerciales inminentes y cambios en la actitud del público han llevado a muchos países que hacen énfasis en la precaución, a cambiar hacia un enfoque más pragmático respecto a la aprobación e importación de OVM.

    Este cambio en las posiciones también ha tenido impacto en las negociaciones sobre responsabilidad y compensación, en donde varios líderes de grupos de países en desarrollo comentaron que “sus rangos se sentían adelgazar” conforme más y más países se disociaban de su posición común en el curso de las negociaciones. A lo largo de la CdP/RdP se hizo evidente que las divisiones entre países desarrollados y países en desarrollo, así como entre exportadores e importadores, se habían hecho más pequeñas, dejando sitio para el acuerdo.

    CAMBIANDO A MODALIDAD COOPERATIVA

    Antes de Nagoya, la CdP/RdP se caracterizaba por las largas negociaciones sobre temas como los requerimientos de documentación, evaluación de riesgos y trabajo sobre los impactos socioeconómicos de los OVM, en las que los de un lado acusaban a los del otro de poner barreras al comercio internacional de los OVM. Los del otro lado clamarían que se les forzaba a aceptar la introducción de OVM en contra de su voluntad. Cada punto de agenda era objeto de tediosas negociaciones hasta la última coma, a menudo hasta altas horas de la noche. La CdP/RdP 5 fue diferente porque las mismas cuestiones se trataron de forma mucho más pragmática.

    Un buen ejemplo de esto son los requerimientos de documentación para la manipulación, transporte, envasado e identificación de OVM-FFP. La CdP/RdP 5 tenía el mandato de hacer la primera revisión de las experiencias adquiridas con los requerimientos adoptados en la CdP/RdP 3 y de decidir cómo elaborar más requerimientos para los OVM de reciente creación. En la CdP/RdP 3 los delegados llegaron a un acuerdo provisional para utilizar la frase “puede contener” con el significado de que los cargamentos podían etiquetarse en general como que posiblemente incluían un cierto porcentaje de OVM nuevos sin la obligación de informar los tipos o cantidades específicas de OVM. Para muchos países esto era un elemento clave, ya que el nivel de detalle de los requerimientos de documentación determina el nivel de protección contra los riesgos asociados con los OVM de reciente creación. Una parte del compromiso era revisar regularmente este arreglo y desarrollar más adelante requerimientos más detallados. En vez de enfrascarse de nuevo en viejas batallas sobre requerimientos de documentación, la CdP/RdP 5 decidió, sin mayor resistencia, posponer la decisión y enfocarse en facilitar la recogida y puesta en común de información sobre las lecciones aprendidas con el arreglo existente.

    Otro ejemplo es la consideración de los impactos socioeconómicos de los OVM. En el pasado había habido repetidas disputas sobre esta cuestión, que muchas veces parecían un debate en blanco y negro. Algunos pugnaban por que se consideraran los impactos socioeconómicos, argumentando que son determinantes del riesgo asociado a los OVM. Otros temían que estos impactos pudieran utilizarse como un criterio subjetivo inadecuado para rechazar las importaciones de OVM. Aunque en la CdP/RdP 5 aún hubo desacuerdos sustanciales sobre este tema, que fueron transversales a varios puntos del programa de trabajo y desencadenaron la reapertura en el plenario de clausura de un documento que ya se había adoptado, se pudo observar un reconocimiento general de la importancia de este tema. Ahora el debate se centra en qué enfoque darle a esta cuestión: algunos preferían establecer un GEE y otros buscaban concentrarse en el intercambio de información. Muchos acogieron con beneplácito la decisión resultante de organizar un foro en Internet, seguido de un taller sobre las metodologías para la investigación y el intercambio de información, como un importante paso habilitador para finalmente implicarse en la cuestión.

    La CdP/RdP 5 también fue diferente porque los “patitos feos” de la CdP/RdP, tales como las actividades que el CIISB facilita, atrajeron mucho más interés que en las reuniones previas. Conforme más y más países aprueban el uso e importación de OVM, aumenta el interés por intercambiar experiencias e información sobre el día a día de la toma de decisiones respecto a los envíos de OVM y las tareas asociadas, esto es, revisar la documentación, analizar la información e interpretar las evaluaciones de riesgo. No es de sorprender que los delegados elogiaran las mejoras hechas a la estructura digital y de comunicaciones del CIISB, tales como la interfase intuitiva de usuarios, el aumento en la información accesible a través de la búsqueda avanzada y la interoperatividad con múltiples formatos de base de datos. Como explicaba un delegado, “no importa si uno es rico o pobre, importador o exportador, todos necesitamos aprender a gestionar los OVM y la mejor manera es aprender de las experiencias de los otros.” El creciente solapamiento de interés en esta área también se reflejaba en las repetidas peticiones de que se crearan capacidades para utilizar el CIISB. Ahora incluso los países desarrollados piden que se creen capacidades, ya que también ellos pueden beneficiarse de los avances tecnológicos, particularmente si se permite a los países en desarrollo contribuir al intercambio de información y experiencias a través del CIISB.

    Mientras el CIISB evoluciona para transformarse en una herramienta más útil para la aplicación del Protocolo, las Partes están poniendo otras cuestiones en una vía más cooperativa al explorar sinergias e intereses comunes en cuestiones antes divergentes. Muchos vieron esta vía cooperativa como un positivo paso adelante para el Protocolo. Según ellos, este nuevo enfoque llevará a soluciones mutuamente benéficas para las Partes, al tiempo que se cumple el objetivo general del Protocolo de proteger el medio ambiente de los riesgos asociados con los OVM. Sin embargo, todavía quedan retos importantes. Las opiniones divergentes sobre cómo priorizar la creación de capacidad para las diferentes actividades y sobre cómo desarrollar soluciones que maximicen la protección al medio ambiente y al mismo tiempo minimicen los impactos en el comercio, requerirán compromisos cuidadosamente bordados.

    RESPONSABILIDAD Y COMPENSACIÓN – LLENANDO EL ESPACIO EN BLANCO EN LA APLICACIÓN

    La adopción del Protocolo Suplementario sobre Responsabilidad y Compensación fue otro ejemplo del cambio global en la forma de pensar en la biotecnología y fue sin duda el hecho más destacado de la CdP/RdP 5. El Protocolo Suplementario había sido el último elemento pendiente en un Protocolo de Seguridad en la Biotecnología funcional, y se espera que aumente la efectividad tanto de las medidas de protección medioambiental como el mismo Protocolo de Seguridad en la Biotecnología. Tal y como se ha adoptado, debería fortalecer el objetivo del Protocolo de Cartagena de prever la transferencia, manipulación, y uso seguros de los OVM que pueden tener efectos adversos en la diversidad biológica a través de la compensación y la prevención de los daños al medio ambiente. Su efectividad es, en teoría, incierta, pues depende de la capacidad de los países de medir sus daños en el marco de la muy concreta orientación del enfoque administrativo y depende de la calidad y efectividad de las medidas de respuesta que, hasta cierto punto, dependen a su vez de una apropiada valoración económica de la biodiversidad como recurso. Queda por ver si el Protocolo Suplementario mejorará los beneficios de los OVM y/o si puede limitar sus impactos negativos en los bienes y servicios ambientales. El enfoque administrativo del Protocolo Suplementario también carga el peso de la prueba en el solicitante, lo que significa que mientras más recursos y conocimientos tenga un país, más capaz será de protegerse a si mismo. De este modo, los países en desarrollo pueden tener dificultades para desarrollar toda su efectividad.

    La reunión final del Grupo de Amigos de los Copresidentes, que tuvo lugar inmediatamente antes de la CdP/RdP, se centró en dos cuestiones pendientes: la definición de “productos” de OVM y una disposición sobre la seguridad financiera. El debate sobre los “productos” tenía que ver con el tipo de materiales que se consideraban dentro de la definición de OVM. Algunos materiales procesados, tales como productos alimenticios o componentes biológicos sintéticos, pueden causar daños al medio ambiente o a la salud humana aún cuando no sean OVM en si mismos. Es ambiguo si el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología cubre tales materiales procesados, porque la definición del Protocolo de OVM no los incluye, a pesar de que se hace referencia a ellos en varios artículos y anexos. Algunos temían que agregar una definición de “productos” pudiera ampliar el alcance del régimen de responsabilidad más allá del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología, mientras que otros sostenían que sin la definición el Protocolo Suplementario no se aplicaría a algunos tipos de daño cubiertos por el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología.

    Tras varios largos días de debate, los delegados acordaron eliminar la referencia a “productos”, y en su lugar hicieron notar en el informe que las Partes entienden de forma diferente la aplicación del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología a los materiales procesados. Según los observadores esta solución se apreciaba pero tampoco era satisfactoria, porque básicamente era “ponerse de acuerdo en que no se está de acuerdo”, que en el futuro puede ser un obstáculo para la aplicación. A otros les complacía que al menos el lenguaje operativo estableciera un vínculo causal entre “OVM” y “daño causado por los materiales procesados de OVM”. Esto quiere decir que si el daño lo causa un producto de OVM, como por ejemplo la harina molida de trigo OVM importado, el importador será responsable si el daño puede vincularse al OVM. Varios delegados de países en desarrollo tenían esperanzas de que el haber legitimado que pueda haber un vínculo causal entre los OVM y el daño causado por sus “productos” fortalecería sus argumentos para incluir a los productos de OVM en el trabajo futuro sobre evaluación y gestión de riesgos.

    La disposición sobre seguridad financiera también resultó en un diluido término medio legal. Originalmente imaginada como una obligación legal internacional, ahora esta disposición sólo “permite” a las Partes requerir seguridad financiera en su legislación nacional para los importadores en su jurisdicción. Tal requerimiento obligaría a los “operadores”, aquellos en control del OVM tales como los importadores, ofrecer un seguro u otro tipo de salvaguarda financiera para probar su capacidad de compensar en caso de daño. Los proponentes veían la inclusión de esta disposición como esencial para asegurarse de que se compensará, ya que el daño causado por los OVM fácilmente podría exceder la capacidad financiera de un operador. Los oponentes a dicho requerimiento, tales como Brasil, Sudáfrica, Paraguay, México y otros, argumentaban que estos sería una barrera para el comercio, poniendo en desventaja a los países exportadores porque actualmente no existen instrumentos financieros adecuados para cumplir tal requisito. Para tratar esta cuestión los miembros de la industria global de la biotecnología han implementado un esquema suplementario de compensación, desarrollado fuera del contexto de las negociaciones, pero reconocido formalmente en el marco de la decisión de la CdP/RdP de adoptar el Protocolo Suplementario.

    Aunque a los participantes en la CdP/RdP 5 les entusiasmaba la adopción del Protocolo Suplementario, tenían sentimientos encontrados sobre el contexto. Por un lado, los Copresidentes del Grupo de Amigos sugerían que su adopción podía traer ímpetu para “cambiar palabras por hechos” en otras negociaciones ambientales multilaterales. Si el Protocolo Suplementario entra en vigor rápidamente podría ser un modelo para otras áreas del daño ambiental. La mayoría de los instrumentos existentes, en particular aquellos basados en un enfoque de responsabilidad civil, tales como el Protocolo del Convenio de Basilea sobre el Movimiento Transfronterizo de Residuos Peligrosos, no han entrado aún en vigor. Sin embargo, por otro lado, tras seis años de negociación, puede que no sea realista tener grandes expectativas a estas alturas. Para algunos era obvio que el texto había perdido considerable sustancia en los esfuerzos para llegar a un acuerdo, como por ejemplo en cuanto a la responsabilidad civil, y que su efectividad en la prevención y compensación del daño al medio ambiente era incierta. La aplicación del Protocolo Suplementario será un reto por varias razones, incluyendo las inversiones necesarias para el enfoque administrativo. Pero probablemente sea la incertidumbre sobre la tecnología futura lo que limitará la eficacia general del Protocolo a largo plazo. Así que uno se pregunta, con tantos puntos de vista divergentes entre los delegados, si lo que se logró tan calmadamente no fue más que un “acuerdo diluido” en un acuerdo ya de por si “aguado”, como algunos lo consideraban, o si es realmente un importante paso adelante para los acuerdos ambientales multilaterales.

    HACIA LA ERA DE LA BIOTECNOLOGÍA

    En general, el éxito de la CdP/RdP 5 puede reflejar tanto la madurez del campo de la biotecnología como la madurez del Protocolo de Seguridad de la Biotecnología en sí. Es claro que la biotecnología ya ha dejado atrás la infancia, con un nuevo enfoque de gestión de riesgos con bases científicas y una toma de decisiones informada caso por caso, más que las luchas ideológicas internas por los OVM como tecnología “benigna” o “malvada”. El Protocolo de Seguridad en la Biotecnología está finalmente “completo” con la adopción de un régimen internacional sobre responsabilidad y compensación. Las futuras CdP/RdP podrán centrarse en desarrollar el papel del Protocolo en el contexto de la biotecnología.

    Pero todavía quedan retos. Las negociaciones sobre responsabilidad sirvieron como ejemplo pertinente de los retos que existen en la interfase ciencia-política. El que se “entienda de forma diferente” el significado de “productos” destacó la complejidad científica e incertidumbre de las discusiones. Para muchas Partes era difícil pronosticar el impacto exacto del Protocolo Suplementario en la conservación y en las prácticas culturales, lo que resultó en cansados debates sobre semántica científica, por ejemplo productos “capaces de replicarse” versus “que se reproducen naturalmente”. En varias sesiones los delegados pedían a menudo descripciones de actividades con OVM a nivel microbiológico y se les pedía, en períodos extremadamente cortos, absorbieran y disputaran los impactos políticos de información científica compleja. La modificación genética es un campo en expansión y estar al día de los desarrollos es esencial para la negociación efectiva sobre, y la interpretación legal de, la biotecnología. Algunos sugerían que organizar talleres dirigidos e integrados para los negociadores, para quienes hacen las políticas y los científicos, podría mejorar en gran medida la calidad y el resultado de las negociaciones futuras de la CdP/RdP.

    Conforme los delegados salían del plenario de clausura el viernes, había esperanzas de que los avances sobre responsabilidad y compensación, requerimientos de documentación, cuestiones socioeconómicas, el CIISB y otras cuestiones demostraran que el Protocolo ha dejado atrás las disputas de la adolescencia y ahora se enfoca cada vez más en su principal objetivo: la gestión cooperativa y facilitadora de los riesgos emergentes de la biotecnología moderna, evitar el daño y asegurar la compensación del daño que ocurra.

    PRÓXIMAS REUNIONES

    CdP 10 del CBD: Se espera que la décima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, entre otras cosas, adopte un protocolo sobre acceso y reparto de los beneficios, evalúe el logro de la meta 2010 de reducir significativamente la tasa de pérdida de la biodiversidad y adopte el nuevo plan estratégico del Convenio. fechas: 18 al 29 de octubre de 2010 sede: Nagoya, Japón contacto: Secretaría de la CDB teléfono: +1-514-288-2220 fax: +1-514-288-6588 email:secretariat@cbd.int www: http://www.cbd.int/cop10/

    Conferencia Global sobre Agricultura, Seguridad Alimentaria y Cambio Climático: Esta reunión la organiza el Gobierno de Países Bajos en cooperación con los gobiernos de Etiopía, Noruega y Nueva Zelanda, el Banco Mundial y la Organización de la ONU para la Agricultura y la Alimentación (FAO). El objetivo de la reunión es brindar acciones concretas para ligar la aplicación de las inversiones, políticas y medidas relacionadas con la agricultura, con reducciones y beneficios de adaptación con reducción de emisiones de carbono a largo plazo. fechas: 31 de octubre al 5 de noviembre de 2010 sede: La Haya, Países Bajos contacto: Ministerio de Agricultura, Naturaleza y Calidad Alimentaria de los Países Bajos email:agriculture2010@minlnv.nl www: http://www.afcconference.com/

    11ª Conferencia Asiática sobre el Maíz: Patrocinado por el Gobierno de la Región Autónoma minoritaria de Guangxi Zhuang, la Academia China de Ciencias Agrícolas (CAAS), y el Centro Internacional de Mejora del Maíz y el Trigo (CIMMYT), un miembro del Grupo Consultivo sobre Investigación Agrícola Internacional (CGIAR), esta reunión tratará los efectos del cambio climático y cubrir las demandas de maíz para Asia. fechas: 7 al 11 de noviembre de 2010 sede: Nanning, China contacto: Centro Internacional de Mejora del Maíz y el Trigo teléfono: +86-771-428-1798 fax: +86-771-428-2154 email:cheng-daniel@126.com www: http://www.cimmyt.org/fr/component/content/article/426-conferences/762-the-11th-asian-maize-conference

    Taller de Bioeconomía basada en el Conocimiento de la OCDE: Organizado por la Dirección para la Ciencia, la Tecnología y la Industria de la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo, este taller se enfocará en la “bioeconomía”, el valor que las ciencias biológicas agregan a un anfitrión de productos y servicios. fechas: 10 al 12 de noviembre de 2010 sede: San Petersburgo, Federación de Rusia contacto: Dirección para la Ciencia, la Tecnología y la Industria de la OCDE teléfono: +33-1-4524-8200 fax: +33-1-4524-8500 email:sti.contact@oecd.org www: http://www.oecd.org

    11º Simposium Internacional sobre la Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (ISBGMO 11): El tema de la reunión, que organiza la Sociedad Internacional para la Investigación sobre Seguridad en la Biotecnología, será el papel de la investigación sobre seguridad en la biotecnología en el proceso de toma de decisiones. fechas: 15 al 20 de noviembre de 2010 sede: Buenos Aires, Argentina contacto: Sociedad Internacional para la Investigación sobre Seguridad en la Biotecnología email:office.bs@isbr.info www: http://www.isbgmo.info/

    Día del Desarrollo Agrícola y Rural 2010: El Cuarto Día del Desarrollo Agrícola y Rural (DDAR) se reunirá en conjunción con la Conferencia de Cambio Climático de Cancún, que se realizará del 29 de noviembre al 10 de diciembre de 2010. La anfitriona será la CGIAR, la Plataforma Global de Donantes para el Desarrollo Rural, el Programa de Retos sobre Cambio Climático, Agricultura y Seguridad Alimentaria de CGIAR, y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación de México. fecha: 4 de diciembre de 2010 sede: Cancún, México contacto: Secretaría de la DDAR email:info@agricultureday.org www: http://www.agricultureday.org

    Foro Global sobre Biotecnología de la OCDE: Este Foro revisará cómo se gobierna, comparte, regula y gestiona el conocimiento en las ciencias de la vida, y explorará nuevos vínculos entre las ciencias de la vida y tecnologías de la información y comunicación. fechas: 6 y 7 de diciembre de 2010 sede: París, Francia contacto: Dirección para la Ciencia, la Tecnología y la Industria de la OCDE teléfono: +33-1-4524-8200 fax: +33-1-4524-8500 email:stibioregistration@oecd.org www: http://www.oecd.org/document/8/0,3343,en_2649_34537_46142664_1_1_1_1,00.html

    TIRFAA OR 4: La cuarta reunión del Órgano Rector del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura tratará el cumplimiento, la aplicación de cuestiones respecto al sistema multilateral del Tratado, y las reglas financieras pendientes. fechas: 14 al 18 de marzo de 2011 sede: Bali, Indonesia teléfono: +39-06-570-53441 fax: +39-06-570-56347 email: pgrfa-treaty@fao.org www: http://www.planttreaty.org/gbnex_es.htm

    Comité del Codex sobre etiquetado de los alimentos (39ª sesión): La Secretaría del Codex Alimentarius organiza esta reunión. fechas: 9 al 13 de mayo de 2011 sede: Ciudad de Quebec, Canadá contacto: Selma Doyran, Secretaría del Codex teléfono: +39-06-57051 fax: +39-06-5705-4593 email:Selma.Doyran@fao.org www: http://www.codexalimentarius.net/

    Cuadro de expertos eminentes sobre la ética en la alimentación y la agricultura (5ª Sesión): La FAO organiza esta reunión. fechas: 1 y 2 de junio de 2011 sede: Roma, Italia. contacto: Dan Leskien, FAO teléfono: +39-06-5705-4981 fax: +39-06-570-53152 email:Dan.Leskien@fao.org www: http://www.fao.org/ethics

    Comisión del Codex Alimentarius (34a Sesión): La reunión la organiza la Secretaría del Codex Alimentarius. Le precederá la 65ª sesión del Comité Ejecutivo de la Comisión, que se realizará del 28 de junio al 1 de julio de 2011. fechas: del 4 al 9 de julio de 2011 sede: Ginebra, Suiza contacto: Selma Doyran, Secretaría del Codex teléfono: +39-06-57051 fax: +39-06-5705-4593 email:Selma.Doyran@fao.org www: http://www.codexalimentarius.net/

    CRGAA 13: La FAO organiza la decimotercera sesión de la Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura (CRGAA 13). Le precederá un evento especial sobre cambio climático. fechas: 16 al 22 de julio de 2011 sede: Roma, Italia contacto: Secretaría de la CRGAA teléfono: +39-06-5705-4981 fax: +39-06-5705-5246 email:cgrfa@fao.org www: http://www.fao.org/nr/cgrfa/cgrfa-home/es/

    CdP/RdP 6 del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología: La sexta reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica que actúa como Reunión de las Partes en el Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología está programada tentativamente para octubre de 2012. fechas: 1 al 5 de octubre de 2012 sede: Nueva Delhi, India contacto: Secretaría del CDB teléfono: +1-514-288-2220 fax: +1-514-288-6588 email:secretariat@cbd.int www: http://www.cbd.int/

    CdP 11 del CDB: La undécima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica está programada tentativamente para octubre de 2012. fechas: 8 al 19 de octubre de 2012 sede: Nueva Delhi, India contacto: Secretaría del CDB teléfono: +1-514-288-2220 fax: +1-514-288-6588 email:secretariat@cbd.int www: http://www.cbd.int/

    CDB CdP/RdP CIISB CIP CPRC ECE FMAM GEE GEET GT MTEI OVM OVM-FFP PRRI PTP SATR TdR Convenio sobre la Diversidad Biológica Conferencia de las Partes que actúa como Reunión de las Partes Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad en la Biotecnología Consentimiento Informado Previo Grupo de Amigos de los Copresidentes sobre Responsabilidad y Compensación Europa Central y del Este Fondo para el Medio Ambiente Mundial Grupo Especial de Expertos Grupo Especial de Expertos Técnicos Grupo de Trabajo Manipulación, Transporte, Envasado e Identificación Organismos Vivos Modificados Organismos Vivos Modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento Iniciativa de la Investigación Pública y Regulación Programa de Trabajo Plurianual Sistema para la Asignación Transparente de Recursos Términos de Referencia

    Este número del Boletín de Negociaciones de la Tierra © <enb@iisd.org> fue escrito y editado por Johannes Gnann, Stefan Jungcurt, Ph.D., Tallash Kantai, Dorothy Wanja Nyingi, Ph.D., Eugenia Recio, y Liz Willetts. Editor Digital: Francis Dejon. Traducción al Español: Eréndira García - Revisión: Natacha Schvartz. Editora: Pamela S. Chasek, Ph.D. <pam@iisd.org>. Director de los Servicios de Información del IIDS: Langston James “Kimo” Goree VI <kimo@iisd.org>. Los donantes permanentes del Boletín son el Reino Unido (a través del Departamento para el Desarrollo Internacional - DFID), el Gobierno de los Estados Unidos (a través del Buró de Océanos y Asuntos Ambientales y Científicos Internacionales del Departamento de Estado), el Gobierno de Canadá (a través del CIDA), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca, el Ministerio Federal para la Cooperación Económica y el Desarrollo de Alemania (BMZ), el Ministerio de Ambiente, Conservación de la Naturaleza y Seguridad Nuclear de Alemania (BMU), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Países Bajos, la Comisión Europea (DG-ENV), y el Ministerio de Medio Ambiente, Territorio y Mar de Italia. El soporte financiero general del Boletín durante el año 2010 es brindado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Noruega, el Gobierno de Australia, el Ministerio Federal de Agricultura, Silvicultura, Ambiente y Gestión del Agua de Austria, el Ministerio de Medio Ambiente de Suecia, el Ministerio de Asuntos Internacionales y Comercio de Nueva Zelanda, SWAN Internacional, la Oficina Federal para el Medio Ambiente de Suiza (FOEN), el Ministerio de Asuntos Exteriores de Finlandia, el Ministerio de Medio Ambiente de Japón (a través del Instituto para las Estrategias Ambientales Mundiales - IGES), el Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón (a través del Instituto de Investigación Mundial sobre Progreso Industrial y Social - GISPRI), el Gobierno de Islandia, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), y el Banco Mundial. La financiación para la traducción al francés del Boletín es provista por el Gobierno de Francia, la Región de Valonia de Bélgica, la provincia de Québec, y la Organización Internacional de la Francofonía (OIF e IEPF). La financiación para la traducción al español del Boletín es provista por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de España. Las opiniones expresadas en el Boletín pertenecen a sus autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista del IIDS o sus auspiciantes. Está permitida la publicación de extractos del Boletín en publicaciones no comerciales y con la correspondiente cita académica. Para obtener información acerca del Boletín o solicitar su servicio informativo, contacte al Director de los Servicios de Información del IIDS por correo electrónico <kimo@iisd.org>, teléfono: +1-646-536-7556 o en 300 East 56th St., 11D, New York, New York 10022, USA.

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