4ª parte de la Conferencia de las Naciones Unidas para la Negociación de un Convenio que suceda al Convenio Internacional de las Maderas Tropicales de 1994 - Síntesis y Análisis BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA PUBLICADO POR EL INSTITUTO INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (IIDS) Escrito y editado por: Karen Alvarenga, Ph.D. Deborah Davenport, Ph.D. Lauren Flejzor Twig Johnson, Ph.D. William McPherson, Ph.D. Peter Wood Traducción al español: Socorro Estrada Editora: Pamela S. Chasek, Ph.D. Director de Servicios de Información del IIDS: Langston James "Kimo" Goree VI Vol. 24 No. 75 Lunes 30 de enero de 2006 En Internet en http://enb.iisd.org/forestry/itto/itta4/ SÍNTESIS DE LA CONFERENCIA DE LAS NU PARA LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO QUE SUCEDA AL CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES DE 1994, CUARTA PARTE: 16 AL 27 DE ENERO DE 2006 La Cuarta Parte de la Conferencia de las NU para la Negociación de un Convenio que Suceda al Convenio Internacional de las Maderas Tropicales de 1994, (CIMT, 1994) se desarrolló en el Palais des Nations, en Ginebra, Suiza, del 16 al 27 de enero de 2006. Durante la Conferencia, que se realizó bajo el auspicio de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (CNUCYD), se pudo llegar a un acuerdo respecto de las cuestiones controversiales sobre las que no había habido consenso durante las primeras tres rondas de negociaciones —entre ellas los arreglos financieros y el alcance del Convenio— y, el viernes 27 de enero, se adoptó el CIMT, 2006. Alrededor de 180 gobiernos, organizaciones internacionales y un órgano intergubernamental negociaron el texto pendiente del documento de trabajo final que había surgido como resultado de la tercera parte de la Conferencia de la ONU (TD/TIMBER.3/L.6). Después de una primera semana de relativamente poco movimiento, las negociaciones comenzaron a avanzar con mayor agilidad y urgencia, teniendo en cuenta que el actual Convenio expirará a fines de este año. A medida que se acercaba el plazo final, tanto los Consumidores como Productores de maderas tropicales buscaron consensuar un Convenio que refleje la naturaleza cambiante de la Organización y el diálogo sobre las cuestiones de bosques. Una vez que estuvo establecido el nuevo Convenio, ambos lados respiraron con alivio, sabiendo que el proyecto de trabajo puede continuar sin que se interrumpa su financiamiento. Una recepción con champagne hizo mucho para borrar las nubes de tensión que habían surgido durante las discusiones del final de la segunda semana. El Convenio se abrirá para su firma el 3 de abril de 2006 y todos esperan su pronta entrada en vigor. BREVE HISTORIA DE LA CONFERENCIA DE LAS NU Y EL CIMT El Convenio Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) de 1983, fue negociado bajo el auspicio de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD, por sus siglas en inglés). Las negociaciones estuvieron orientadas a: proveer un efectivo marco para la cooperación y las consultas entre países productores y consumidores de maderas tropicales; promover la expansión y diversificación del comercio internacional en maderas tropicales y el mejoramiento de las condiciones estructurales en el mercado de madera tropical; promover y apoyar la investigación y el desarrollo de modo de mejorar el manejo forestal y la utilización de madera; y estimular el desarrollo de políticas nacionales para la utilización razonable y la conservación de los bosques tropicales y sus recursos genéticos, y el mantenimiento del equilibrio ecológico en las áreas involucradas. El CIMT fue adoptado el 18 de noviembre de 1983 y entró en vigor el 1º de abril de 1985. Estuvo en vigor por un período inicial de cinco años y fue prorrogado dos veces por períodos de tres años. El convenio fue renegociado en 1993-94. El convenio sucesor —que se llamó CIMT, 1994— fue adoptado el 26 de enero de 1994 y entró en vigor el 1º de enero de 1997. El CIMT, 1994 contiene normas más amplias para compartir información, incluyendo datos sobre maderas no tropicales, permite la consideración de otros temas que se relacionan con la madera tropical, e incluye el Objetivo del Año 2000 para la mejora de las capacidades de los miembros en la ejecución de una estrategia tendiente a lograr para el año 2000 la exportación de maderas tropicales de fuentes manejadas de forma sostenible. El CIMT, 1994 también estableció el Fondo de Cooperación de Bali a fin de asistir a los miembros productores para alcanzar el Objetivo del Año 2000. Inicialmente el convenio de 1994 tenía una duración de tres años, pero fue extendido por dos períodos de tres años. El segundo período terminará el 31 de diciembre de 2006. El CIMT, 1983 estableció la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT), con sede en Yokohama, Japón, que provee el marco para que los países proveedores y consumidores de maderas tropicales discutan, intercambien información y desarrollen políticas sobre temas relacionados con el comercio internacional y la utilización de madera tropical y el manejo sostenible de la base de recursos. La OIMT también administra asistencia a proyectos relacionados. La OIMT tiene 59 miembros divididos en dos bloques: países productores (33 miembros) y países consumidores (26 miembros). Sumados los miembros de OIMT representan el 90% del comercio mundial de maderas tropicales y controlan el 80% de los bosques tropicales del mundo. La autoridad mayor del OIMT es el Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (COIMT), que está conformado por todos los miembros de la OIMT y se reúne dos veces por año. El COIMT ejecuta, o hace los arreglos para que se ejecuten, todas las funciones necesarias para llevar a cabo lo establecido en el CIMT, 1994. GRUPO DE TRABAJO DE PREPARACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO QUE SUCEDA AL CIMT, 1994: Este grupo de trabajo se reunió entre el 7 y el 11 de abril de 2003, en Berna, Suiza. Los participantes revisaron las respuestas de los países miembro de la OIMT sobre varios aspectos de la negociación de un convenio que suceda al CIMT, 1994, incluyendo: el nuevo alcance del convenio; la organización, duración y frecuencia de los períodos de sesiones del Consejo; cuestiones relacionadas con el trabajo de la Secretaría; mecanismo de financiamiento; y el proceso de Comité Preparatorio. También analizaron cuestiones nuevas y emergentes pertinentes a la relación del COIMT y la OIMT con otras organizaciones internacionales. COMITÉ PREPARATORIO I: Inmediatamente después del 34º Período de sesiones del COIMT, el Comité Preparatorio I se reunió en Ciudad de Panamá, Panamá, del 20 al 21 de mayo de 2003, para comenzar la redacción de un documento de trabajo que sea utilizado como base para la negociación de un convenio que suceda al CIMT, 1994. GRUPO DE TRABAJO ENTRE SESIONES SOBRE LA PREPARACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO QUE SUCEDA AL CIMT, 1994: El grupo de Trabajo entre sesiones sobre la preparación de la negociación de un convenio que suceda al CIMT, 1994 se reunió en Curitiba, Brasil, del 25 al 29 de agosto de 2003. El grupo de trabajo, entre otras cosas, evaluó la distribución y el papel de las coníferas en el comercio internacional; revisó el trabajo de la OIMT sobre productos forestales no madereros (PFNM) y valores forestales no madereros (VFNM); evaluó hasta dónde están cubiertos estos productos y valores en el CIMT, 1994 en vista a recomendar cómo debía fortalecerse la cuestión en un nuevo convenio; propuso un texto del preámbulo para el nuevo convenio; desarrolló una lista corta de objetivos superiores y definiciones; y preparó un plan de trabajo para el Comité Preparatorio II. COMITÉ PREPARATORIO II: Inmediatamente después del COIMT-35, los delegados se reunieron del 10 al 12 de noviembre de 2003, en Yokohama, Japón, para la segunda reunión del Comité Preparatorio. Durante el curso de la reunión de tres días, los delegados del Comité revisaron el proyecto de documento de trabajo del convenio sucesor en vista a la clarificación de los elementos allí contenidos, haciendo preguntas y presentando sus opiniones acerca del texto. Los delegados produjeron un proyecto final del documento de trabajo que servirá como base para las discusiones de la Conferencia de las NU para la Negociación de un convenio que suceda al CIMT, 1994. CONFERENCIA DE LAS NU PARA LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO QUE SUCEDA AL CIMT, 1994, PRIMERA PARTE: La Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Negociación de un Convenio que suceda al CIMT, 1994, Primera Parte, se reunió en el Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza, del 26 al 30 de julio de 2004, bajo el auspicio de la Conferencia de las NU sobre Comercio y el Desarrollo. A lo largo de toda la semana, los delegados basaron sus discusiones en el documento de trabajo (TD/TIMBER.3/4), que contenía todos los artículos del CIMT, 1994 junto a los artículos correspondientes del texto para la negociación de un convenio sucesor. El Grupo de Trabajo I trató el Preámbulo, Capítulo I (Objetivos), Capítulo II (Definiciones), Capítulo III (Organización y Administración), Capítulo IV (Consejo Internacional de la Madera Tropical). El Grupo de Trabajo II trató el Capítulo V (Privilegios e Inmunidades), Capítulo VI (Financiamiento), Capítulo VII (Actividades Operacionales), Capítulo VIII (Relaciones con el Fondo Común para Materias Primas), Capítulo IX (Estadísticas, Estudios e Información), Capítulo X (Misceláneas), y Capítulo XI (Provisiones Finales). Dos grupos de contacto, cada uno de ellos establecido por un grupo de trabajo, se reunieron intermitentemente a lo largo de la semana para discutir algunas de las cuestiones más controversiales del nuevo convenio. Como los negociadores fueron incapaces de alcanzar un acuerdo final, se decidió que las negociaciones continuarían del 14 al 18 de febrero de 2005, en Ginebra, Suiza. Las principales áreas de desacuerdo incluían la estructura financiera del nuevo convenio y sus objetivos. Algunos miembros sostenían la inclusión de un limitado número de objetivos que tuvieran una interpretación amplia, mientras que otros preferían una lista de objetivos específicos. Respecto del financiamiento, el principal punto en controversia fue el agregado de una Contabilidad del Programa de Trabajo. CONFERENCIA DE LAS NU PARA LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO QUE SUCEDA AL CIMT, 1994, SEGUNDA PARTE: La Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Negociación de un Convenio que suceda al CIMT, 1994, Segunda Parte, se reunió en el Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza, del 14 al 18 de febrero de 2005. Durante esa semana los delegados discutieron numerosas propuestas para resolver cuestiones de la primera parte de la Conferencia de las NU, pero no lograron alcanzar un acuerdo sobre una serie de propuestas transversales respecto del alcance del nuevo convenio y su arreglo financiero. CONFERENCIA DE LAS NU PARA LA NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO QUE SUCEDA AL CIMT, 1994, TERCERA PARTE: La Conferencia de las NU para la negociación de un acuerdo que suceda al CIMT, 1994, Tercera Parte, se reunió en el Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza, del 27 de junio al 1º de julio de 2005. Aunque los delegados pudieron avanzar en la resolución de algunos de los problemas pendientes, y alcanzaron acuerdo en más de 20 artículos, no fueron capaces de consensuar sobre los temas centrales: el alcance del acuerdo, los objetivos, los arreglos financieros y los cálculos para la votación. INFORME DE LA CONFERENCIA El Embajador Carlos Antonio da Rocha Paranhos, Presidente de la Conferencia de las NU, abrió la sesión el lunes 16 de enero de 2006 y destacó las cuestiones más importantes como la distribución de votos, la tala ilegal y los requerimientos para la futura entrada en vigor del convenio. También advirtió en contra de que se hagan nuevas propuestas y sugirió que se construya en base a los documentos de trabajo finales del CIMT-3 (TD/TIMBER.3/L.6). El Presidente Paranhos señaló que los delegados habían adoptado previamente la agenda (TD/TIMBER.3/8) y las reglas de procedimiento (TD/TIMBER.3/2). Destacó las reuniones previas de Austria, Camerún, Indonesia, México y EE.UU. con el Comité de Credenciales. Reconoció a Jürgen Blaser (Suiza) como Vicepresidente de la Conferencia, Vicepresidente del Comité Plenario y Presidente del Grupo de Trabajo II (GTII), y a Alhassan Attah (Ghana) como Presidente del Grupo de Trabajo I (GTI). Tras señalar que el actual CIMT expira en el final de 2006, Lakshmi Puri, del CNUCYD, destacó la importancia de la flexibilidad para lograr el acuerdo en esta sesión. La Comisión Europea (CE) expresó su esperanza por que esta sesión conduzca a un nuevo acuerdo con una estructura consistente con el convenio previo. NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO QUE SUCEDA AL CIMT, 1994 En consistencia con las rondas de negociación previas, las negociaciones del CIMT-4 se cumplieron a través de dos grupos de trabajo. Utilizando el documento de trabajo final que surgió del CIMT-3 (TD/TIMBER.3/L.4), el GTI trató el Preámbulo, Capítulo I (Objetivos), Capítulo II (Definiciones), Capítulo III (Organización y Administración), Capítulo IV (Consejo Internacional de Maderas Tropicales) y Capítulo V (Privilegios e Inmunidades). El GTII discutió el Capítulo VI (Finanzas), Capítulo VII (Actividades Operativas), Capítulo VIII (Estadísticas, Estudios e Información), Capítulo IX (Misceláneas) y Capítulo X (Aportes Finales). Los delegados también se reunieron de manera periódica en sesiones de grupo de trabajo conjunto para discutir cuestiones transdisciplinarias y el progreso logrado en los dos grupos de trabajo. Se logró un progreso significativo a través de grupos de contacto pequeños específicos de una cuestión. El siguiente informe sintetiza el convenio final (TD/TIMBER.3/L.9) y describe la negociación que llevó a su formulación actual. Se hace notar donde se ha logrado acuerdo en sesiones previas. PREÁMBULO: El Preámbulo contiene 20 cláusulas que tratan: la importancia de los múltiples beneficios que aportan los bosques, los PFNMs y los servicios ambientales; el rol de la buena gobernanza para el logro de la gestión forestal sostenible; la necesidad de mejorar el estándar de vida y las condiciones de trabajo dentro del sector forestal y la necesidad de recursos financieros mejorados y previsibles para lograr los objetivos del Convenio. Respecto de la “importancia de los múltiples beneficios económicos, ambientales y sociales que aportan los bosques”, entre los que se incluyen “productos forestales de madera y no madereros y los servicios ecológicos”, India, con la oposición de México, Suiza, Togo y EE.UU. sugirió que se elimine “servicios ecológicos”. México propuso que se mantenga “servicios ecológicos” o servicios ambientales”. Brasil se opuso a que se utilice el término “servicios ecológicos” en cualquier parte del texto, pero estuvo abierto a que se use “servicios ambientales” en otras áreas que no sea el Preámbulo y Objetivos. Malasia objetó ambos términos. EE.UU. observó que esto es una declaración persuasiva y que no afectará el alcance del convenio. Brasil, en representación de los Productores, se mostró a favor de que se utilice “servicios ambientales”, tanto como sea mencionado “en el contexto de la gestión forestal sostenible (GFS)”. Los delegados acordaron utilizar el término “servicios ambientales”. Respecto de la necesidad de mejorar los estándares de vida y las condiciones de trabajo dentro del sector forestal, Noruega acordó retirar la inclusión que propuso de “poblaciones” antes de “indígenas”, pero quiso que se retenga la referencia a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) respecto a la mejora de las condiciones de trabajo. Luego del debate que siguió, Noruega propuso, y los delegados acordaron, un texto que toma en cuenta los principios reconocidos internacionalmente sobre estos asuntos y las Convenciones de la OIT e instrumentos relacionados. Después de largas discusiones sobre la cuestión de incluir un texto sobre certificación y mecanismos voluntarios basados en el mercado, los delegados acordaron que se elimine la referencia a este texto. Brasil, por los Productores, pidió un texto preambular “que reconozca la necesidad de niveles más altos de recursos financieros que sean adecuados, previsibles y disponibles para una comunidad más amplia de consumidores donantes de la OIMT para lograr los objetivos de este convenio”. Noruega sugirió que se elimine “OIMT”. Suiza con el apoyo de Brasil y la UE, propuso que se discuta la cuestión junto con los artículos sobre la Cuenta Especial y el Fondo de Alianza de Bali. Brasil señaló la preferencia de los Productores de que se mantenga este texto tanto en el Preámbulo como en los Objetivos. La CE, con el apoyo de Suiza, acordó que se mantenga esta cláusula pero sólo en el Preámbulo. El texto final dice que “se reconoce luego la necesidad de recursos financieros mejores y previsibles de una comunidad más amplia de donantes para ayudar al logro de los objetivos de este Convenio”. Texto Final: El Preámbulo, entre otras cosas: reconoce la importancia de los múltiples beneficios económicos, ambientales y sociales que aportan los bosques, entre los que se incluyen los PFNMs y los de madera y los servicios ambientales en el contexto de la GFS; reconoce la importancia de la colaboración entre miembros, organizaciones internacionales, el sector privado y la sociedad civil, incluyendo a las comunidades indígenas y locales y otros sectores interesados en la promoción de la GFS y para la mejora del fortalecimiento de la legislación forestal y para la promoción del comercio de los productos de madera talados legalmente; reconoce la necesidad de aumentar las inversiones en la GFS, incluyendo las que se realizan a través de reinvertir las ganancias generadas por los bosques, entre las que se incluyen las relacionadas con el negocio de madera; y reconoce la necesidad de recursos financieros, mejores y previsibles, de una amplia comunidad de donantes para ayudar a lograr los objetivos de este Convenio. CAPÍTULO I. OBJETIVOS Objetivos (Artículo 1): Este artículo contiene una introducción que describe dos objetivos generales y hace una lista de 19 cláusulas para que se logren estos objetivos. En la introducción, India pidió que se elimine la referencia a “servicios ecológicos” y a maderas “taladas legalmente”. Indonesia, con el apoyo de Suiza, Japón y EE.UU., pidió que se mantenga el texto sobre las maderas taladas legalmente y esto fue acordado. Suiza recordó que la referencia actual a los “servicios ecológicos” es un compromiso y es necesaria para reflejar la evolución de la OIMT. Surinam, con la oposición de EE.UU., prefirió un texto que mantenga el foco de la Organización sobre el comercio de madera. Brasil, por los Productores, propuso que se elimine el texto, “teniendo en cuenta la contribución de los productos forestales no madereros y los servicios ecológicos” y que se inserte un texto que mencione “servicios ambientales en el contexto de la GFS” en otro párrafo. Después de las consultas informales, los delegados acordaron que se elimine en la introducción el texto sobre “tener en cuenta la contribución de los PFNMs y los servicios ecológicos”. Respecto de la contribución con el proceso del desarrollo sostenible, la UE, con el apoyo de Noruega, Indonesia y Surinam, sugirió que se agregue una referencia a la reducción de la pobreza. EE.UU. sugirió que se reemplace “reducción” por “alivio”, con lo cual los delegados acordaron con un párrafo que dice “contribución al desarrollo sostenible y al alivio de la pobreza”. EE.UU. propuso un nuevo texto sobre “alentar el intercambio de información sobre el uso de mecanismos voluntarios basados en el mercado como la certificación, para promover el comercio de maderas tropicales de la gestión forestal sostenible”. Brasil, por los Productores, propuso “alentar el intercambio de información para un mejor entendimiento de los mecanismos transparentes y voluntarios como por ejemplo la certificación para promover la gestión sostenible de bosques tropicales y ayudar a los miembros en el marco de otros convenios internacionales, en particular aquellos relacionados con el comercio”. India señaló que aceptar la referencia a la certificación requiere un gran compromiso entre los Productores, mientras que Malasia acentuó que la referencia a la certificación podría perjudicar otros convenios comerciales. Los delegados acordaron con un texto que “alienta el intercambio de información para un mejor entendimiento de los mecanismos voluntarios como por ejemplo, entre otras cosas, la certificación, para promover la GFS de los bosques tropicales y ayudar a los miembros en sus esfuerzos en esta área”. Después de consultas informales los delegados acordaron un párrafo que dice “fortalecer la capacidad de los miembros para mejorar la legislación forestal y la gobernanza y tratar la tala ilegal y el comercio relacionado de la madera tropical”. Respecto de la cuestión de fortalecer la capacidad de los miembros de obtención, procesamiento y diseminación de estadísticas sobre su comercio de maderas, los delegados acordaron que se elimine la referencia a la mejora y aplicación de la legislación forestal y la gobernanza. En relación con “alentar a los miembros a desarrollar las políticas nacionales dirigidas a la utilización sostenible y la conservación de los bosques que producen maderas y sus recursos genéticos”, México, en respuesta a las preocupaciones de Camerún respecto del término “recursos genéticos”, propuso que se agregue “tal como está definido en la Convención sobre la Diversidad Biológica”. Suiza propuso, con la oposición de Venezuela y Colombia, que se incluya “recursos genéticos” sin referencia a otros tratados. Los delegados decidieron que se elimine la referencia a “recursos genéticos”. Más allá de la objeción de la CE e Indonesia, se retuvo la referencia a “mantener el equilibrio ecológico”. El texto final dice “alentar a los miembros a desarrollar políticas nacionales que buscan la utilización sostenible y la conservación de bosques que producen maderas y sus recursos genéticos y a que se mantenga el equilibrio ecológico, en el contexto del comercio de maderas tropicales”. Sobre el “desarrollo y contribución de mecanismos para el aporte de recursos financieros nuevos y adicionales”, Noruega, con el apoyo de Suiza, sugirió que se elimine esta frase dado que ya aparece en el Preámbulo. Malasia, por los Productores, se mostró a favor de que se mantengan ambas referencias. EE.UU. sugirió que se agregue al final del párrafo “en vistas a promover la adecuación y previsibilidad de los fondos tal como está previsto en el Artículo 20 (Cuenta Especial) de este Convenio”. Los delegados finalmente aprobaron el objetivo de “Desarrollo y contribución de los mecanismos para el aporte de recursos financieros nuevos y adicionales con la intención de promover la adecuación y previsibilidad de los fondos y la sabiduría necesaria para mejorar la capacidad de los miembros productores de lograr los objetivos de este Convenio. Respecto de la promoción del entendimiento de la contribución de los PFNMs y los servicios ambientales, los delegados discutieron la propuesta de Suiza de agregar “con el objetivo de mejorar la capacidad de los miembros de desarrollar estrategias para el logro del aumento de ganancias de los bosques”. Indonesia advirtió contra el hecho de que se amplíe el alcance del convenio fuera de los bosques tropicales. Suiza sugirió que se limite esto a la gestión sostenible de bosques “tropicales”. Brasil, por los Productores, ofreció un compromiso, y agregó una referencia a la contribución tanto de los PFNMs como a los servicios ambientales para la gestión sostenible de los bosques tropicales con el objetivo de mejorar la capacidad de los miembros Productores de desarrollar estrategias y cooperación con las instituciones y los procesos relacionados con este fin. EE.UU., con el apoyo de Egipto y la CE, señaló que dado que la sección se refiere a los bosques tropicales, limitarla a los Productores podría excluir innecesariamente a los países Consumidores en vías de desarrollo como China. Después de consultas informales, Brasil anunció un consenso en el Grupo Productor sobre “mejorar la capacidad de los miembros Productores de desarrollar estrategias que fortalezcan sus contribuciones en el contexto de la GFS y la cooperación con instituciones y procesos relevantes a este fin”. China, Egipto y Nepal, con la oposición de Brasil, para los Productores, sugirió que se elimine “Productor”. EE.UU. destacó la importancia de que se mejore la capacidad de todos los “miembros”, no sólo de los miembros Productores. Después de discusiones informales, los delegados decidieron que se elimine “Productores”, antes de “miembros” y se acordó el texto. Texto Final: Este artículo establece que los objetivos del CIMT, 2006 son promover la expansión y diversificación del comercio internacional de las maderas tropicales provenientes de la gestión sostenible y los bosques talados legalmente y promover la gestión sostenible de los bosques que producen maderas tropicales, para, entre otras cosas: contribuir al desarrollo sostenible y al alivio de la pobreza; desarrollar y contribuir para los mecanismos para el aporte de recursos financieros nuevos y adicionales con la intención de promover la adecuación y previsibilidad de los fondos y la sabiduría necesaria para mejorar la capacidad de los miembros productores de lograr los objetivos de este Convenio; promover la inteligencia de mercado y alentar el intercambio de información sobre el mercado internacional de maderas con la idea de asegurar una mayor transparencia y mejor información sobre los mercados y las tendencias de mercado; fortalecer la capacidad de los miembros para obtener, procesar y diseminar las estadísticas de su comercio de maderas y la información sobre la gestión sostenible de sus bosques tropicales; alentar a los miembros a desarrollar políticas nacionales dirigidas a la utilización sostenible y la conservación de bosques que producen maderas y mantener el equilibrio ecológico en el contexto del comercio de maderas tropicales; fortalecer la capacidad de los miembros de mejorar la aplicación de la legislación forestal y la gobernanza y tratar la tala ilegal y el comercio relacionado de las maderas tropicales; y promover el mejor entendimiento de la contribución de los PFNMs y los servicios ambientales a la gestión sostenible de bosques tropicales con el objetivo de mejorar la capacidad de los miembros de desarrollar estrategias para fortalecer estas contribuciones en el contexto de la GFS y la cooperación con las instituciones y procesos relacionados para este fin. CAPÍTULO II. DEFINICIONES Definiciones (Artículo 2): Este artículo contiene 12 definiciones para los propósitos del Convenio, entre las que se incluyen: maderas tropicales, gestión sostenible de los boques, miembros, miembro productor, miembro consumidor, Organización, Consejo y voto especial. Respecto de la GFS, Suiza y Côte d’Ivoire se mostraron a favor de que se mantenga la definición, mientras que Togo prefirió que se elimine. EE.UU. propuso, y los delegados acordaron, que “la GFS será entendido de acuerdo con los documentos políticos relacionados y las directrices técnicas de la Organización”. Los delegados acordaron con la propuesta de la Unión Europea (UE) de definir “miembro” como “un Gobierno, la CE o cualquier otra organización intergubernamental a la que se refiere el Artículo 5 (Membresía)” incluida por este Convenio. Sobre “miembro Productor”, la Secretaría de la OIMT explicó que una definición posible de “miembro productor” es cualquier país situado entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio con recursos de bosques tropicales “y/o” una “red” de exportadores de maderas tropicales en términos de volumen. También dijo que si los delegados eliminan “red” y mantienen “y/o”, muchos miembros consumidores se convertirán en miembros productores. EE.UU., Canadá y México apoyaron la referencia a “miembros” Productores, como opuesta a “países” y los delegados acordaron. Japón, con la oposición de la CE, estuvo a favor de que se elimine el término “red” antes de “exportadores”. Los delegados acordaron con esto con la especificación de “miembro” Productor. Respecto de la definición de miembros Productores y Consumidores, India apoyó el texto del CIMT, 1994 y se opuso a cualquier cambio en las categorías de membresía. Los delegados acordaron las definiciones de Productor y Consumidor. Respecto de incluir “bosques cerrados naturales y plantaciones de bosques” dentro de “recursos forestales tropicales” utilizado en el cálculo de distribución de votos, Egipto enfatizó la importancia de que se incluyan plantaciones e India agregó que, dado que el CIMT es un convenio de materias primas, su foco debe seguir siendo los productos forestales, no los tipos forestales. Sobre el texto acordado que define los recursos forestales para el propósito de la distribución de votos, el Presidente del GTI, Ata, sugirió que se inserte bosques “tropicales” naturales cerrados y plantaciones de bosques. Suiza señaló que si “tropical” se inserta antes de “bosques cerrados naturales”, también debe aparecer antes de “plantaciones”. De cualquier manera, señaló que acordó que se utilice “entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio” después de “plantaciones”. La UE agregó “ubicados” antes de “entre” y los delegados acordaron con este texto. EE.UU. y Suiza fueron persuadidos para que se mantenga el nombre actual de la Organización, tal como propuso Togo y apoyaron Brasil, Japón, Panamá, Malasia y Tailandia, aunque ellos señalaron que prefieren un nombre que refleje la evolución de la OIMT. Sobre “Voto Especial”, la UE, con el apoyo de Surinam, sugirió umbrales iguales para ambos grupos. EE.UU. acordó, pero expresó sus reservas en relación con la complejidad del sistema de voto y, con el apoyo de Suiza, sugirió que se agregue “el Consejo puede ajustar el porcentaje mínimo requerido para un voto especial si lo considera necesario”. También señaló la posibilidad que de otra manera la UE podría tener una minoría de bloqueo. La UE señaló, con Suiza, que el mínimo requerimiento de voto debe aplicarse tanto a los Consumidores como a los Productores, y propuso que se califique “por voto especial” con el término “de acuerdo con el Artículo 12”. Después de las consultas, el grupo acordó que un voto especial requerirá el “60%” de los votos de los miembros consumidores en lugar de los “dos tercios”. Los delegados acordaron por último que el “voto especial” requiere al menos el 60% (en oposición a los “dos tercios”) de los votos de los Productores y el 60% de los de los Consumidores, obtenidos de al menos la mitad de los presentes que voten. Los delegados acordaron una referencia a los datos de la Organización para la Alimentación y Agricultura (FAO) sobre los bosques cerrados naturales y las plantaciones de bosques, para calcular los votos. Texto Final: Durante el CIMT-4 no se discutieron las definiciones de “Consejo”, “Voto por mayoría de simple distribución”, “Bienio Financiero” y “moneda de libre conversión”. Para el propósito de este Convenio, este artículo define, entre otras cosas: maderas tropicales como la que se utiliza para usos industriales, que crece o es producida en los países situados entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio, y el término cubre troncos, madera serruchada, piezas enchapadas y madera contrachapada; miembro Productor como cualquier miembro situado entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio con recursos de bosques tropicales y/o exportadores netos de maderas tropicales en términos de volumen, lo cual está en una lista en el Anexo A que se convierte en una parte de este Convenio; miembro Consumidor como cualquier miembro que es un importador de maderas tropicales que integran la lista del Anexo B que se convierte en parte de este Convenio; voto especial es un voto que requiere al menos dos terceras partes de los votos de los miembros productores presentes y con voto y al menos el 60% de los votos obtenidos de los miembros consumidores presentes y con voto, contados de manera separada, con la condición de que estos votos se obtengan de al menos la mitad de los miembros productores presentes y con voto y al menos la mitad de los miembros consumidores presentes y con voto; y para los propósitos de cálculo de distribución de votos en el marco del Artículo 10, párrafo 2(b), “recursos de bosques tropicales” significa bosques cerrados naturales y plantaciones de bosques ubicadas entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio. CAPÍTULO III. ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN Oficinas centrales y Estructura de la Organización Internacional de Maderas Tropicales (Artículo 3): Respecto del establecimiento de oficinas regionales, Suiza y Togo propusieron y los delegados acordaron, que “las oficinas regionales de la Organización pueden ser establecidas, si el Consejo así lo decide, por voto especial de acuerdo con el Artículo 12”. Membresía en la Organización (Artículo 4): El texto sobre las dos categorías de membresía —productores y consumidores— fue acordado en el CIMT-2 y no se reabrió para su discusión. Establece que “habrá dos categorías de membresía en la Organización, a saber, Productores y Consumidores”. Membresía de las Organizaciones Intergubernamentales (Artículo 5): La UE propuso que se utilicen los términos “Comunidad Europea y otras organizaciones intergubernamentales” para referirse a una nueva categoría de membresía organizacional. También agregó un nuevo párrafo que describe la distribución de votos para estas organizaciones. El Presidente del GTI Attah propuso, y los delegados acordaron, que se use “Membresía de las Organizaciones Intergubernamentales” como título del artículo. Luego propuso, y los delegados aceptaron, que se elimine la referencia a “organizaciones de integración económica regional” de las secciones que se ocupan de las responsabilidades comparables y la distribución de votos. Venezuela estuvo a favor de “Estados y cualquier OIG” en lugar de “gobiernos”. El Presidente Attah señaló que el texto actual: aporta una definición amplia de “gobiernos”, es coherente con otros acuerdos de materias primas y fue aprobado por el Asesor Legal. Luego alentó a que se acepte el texto. En relación con los asuntos de voto dentro de las OIG, los delegados acordaron que se elimine la referencia a la evaluación de contribuciones para la Cuenta Administrativa. Sobre la cuestión de la competencia de la CE en el marco de este artículo y del Artículo 36 sobre Firma, Ratificación, Aceptación y Aprobación, EE.UU. prefirió que se elimine el párrafo de este artículo que menciona la cantidad de votos de la CE o cualquier OIGs, así como uno sobre firma, ratificación y aceptación o aprobación o consentimiento de la CE o de otras OIGs. De cualquier manera, acordó negociar la competencia de la CE en el contexto del último artículo si este es eliminado en el anterior. Después de las consultas del grupo de contacto, los delegados acordaron que “la CE y otras OIGs deben “votar con una cantidad de votos igual a la totalidad de votos atribuibles a sus Estados miembro que son Parte del Convenio sobre asuntos dentro de su competencia”. El Presidente Attah propuso y los delegados acordaron que se use “Gobiernos” en lugar de “Organizaciones Intergubernamentales” y que se elimine un párrafo sobre la competencia de la CE respecto de este artículo, para que se lo incluya en el marco del Artículo 36 sobre Firma, Ratificación, Consentimiento y Aprobación. Texto Final: Este artículo establece que, entre otras cosas: cualquier referencia en este Convenio a “Gobiernos” debe ser interpretada de manera que incluya la CE y otras OIGs que tienen responsabilidades comparables respecto de la negociación, conclusión y aplicación de los convenios internacionales, en particular los convenios de materias primas; y en el caso de votación sobre asuntos que están dentro de sus competencias, la CE y otras OIGs deben votar con una cantidad de votos igual a la cantidad total de votos atribuibles a sus Estados miembro que son Parte del Convenio. CAPÍTULO IV. CONSEJO INTERNACIONAL DE MADERAS TROPICALES Composición del Consejo Internacional de Maderas Tropicales (Artículo 6): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que la principal autoridad de la Organización es el Consejo y cada miembro debe estar representado en el Consejo por un representante y puede designar alternativos para asistir al Consejo. Poderes y Funciones del Consejo (Artículo 7): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que el Consejo debe ejercer todos los poderes y desarrollar todas las funciones que sean necesarias para llevar a cabo las disposiciones del Convenio. Presidente y Vicepresidente del Consejo (Artículo 8): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que el Consejo debe elegir para cada año calendario a un Presidente y Vicepresidente entre los representantes de los miembros consumidores y productores, y que estos funcionarios deben alternar cada año entre dos categorías. Sesiones del Consejo (Artículo 9): Respecto de la cuestión de la frecuencia de las sesiones, el Presidente del GTI Attah propuso que se mantenga el texto actual del CIMT, 1994 acerca de “al menos una” sesión regular al año. Japón y Suiza prefirieron que se elimine “al menos” para limitar la cantidad de sesiones. Brasil, por los Productores, explicó que no son necesarios los cambios y señaló que nunca hubo una sesión especial del Consejo. Japón propuso que se desarrolle sólo una sesión regular. Malasia reiteró el pedido de los Productores de tener “al menos” una. Egipto, Suiza, Noruega, EE.UU., China y Japón apoyaron que se mantenga una sesión regular al año con sesiones adicionales “especiales” cuando el Consejo lo considere necesario. Japón, en respuesta a las preocupaciones de los miembros Productores respecto de que esto podría demorara el proceso de aprobación de proyectos y, con el apoyo de China, Suiza y Egipto, sugirió que se agregue que “el Consejo deberá asegurar el trabajo efectivo de la Organización en el intervalo entre las sesiones”. El Presidente del GTI Attah, con el apoyo de Gabón, Malasia, por los Productores, y Noruega, sugirió que “como regla general, el Consejo debe desarrollar al menos una sesión regular al año” y los delegados acordaron. Sobre la cuestión de dónde reunirse, Brasil destacó el convenio general sobre la utilidad de la reunión en los países Productores. China dijo que la sede no debe estar limitada a los países Productores. La República de Corea, con la oposición de Malasia, propuso una sesión anual regular que se alterne entre Yokohama y otras regiones. EE.UU. también propuso que se agregue “preferiblemente en un país Productor” para las reuniones fuera de Yokohama. Japón propuso un texto que indique que las reuniones fuera de Yokohama deben ser financiadas por el país anfitrión. Respecto de sesiones regulares versus especiales, Suiza prefirió que las decisiones para estas sesiones se hagan a pedido de cualquier miembro “y” en lugar de “o” del Director Ejecutivo. Surinam dijo que el contenido de la agenda del Consejo debe ser lo que distinga una sesión regular de una especial. Suiza sugirió que se haga explícito que el Consejo tome la decisión de una sesión especial. Japón propuso “y” en lugar de “o” al final de cada requerimiento que se debe lograr para que se pidan sesiones especiales, lo cual tendrá el efecto de hacer más difícil para los miembros aprobar las sesiones especiales. Los delegados acordaron que “el Consejo debe reunirse en sesión especial cuando así lo decida o a pedido de cualquier miembro o del Director Ejecutivo, de acuerdo con el Presidente y Vicepresidente del Consejo e incluso de una mayoría de miembros productores o consumidores, o una mayoría de todos los miembros”. Acerca del financiamiento de las sesiones del Consejo, Japón dijo que sólo financiará una sesión del Consejo al año y que no financiará reuniones que se desarrollen fuera de Japón. Egipto y Noruega prefirieron que no haya referencias específicas a los costos. Japón señaló que actualmente aporta la mayor parte del presupuesto de la OIMT. Después de largas discusiones el Presidente del GTI Attah propuso que “en consideración de la frecuencia y ubicación de sus sesiones, el Consejo deberá buscar que se asegure la disponibilidad de fondos suficientes”. Los delegados acordaron con este texto. Texto Final: Este artículo establece que, entre otras cosas: como regla general, el Consejo debe desarrollar al menos una sesión regular al año; el Consejo debe reunirse en una sesión especial cuando así lo decida o cuando haya un pedido de cualquier miembro o del Director Ejecutivo, de acuerdo con el Presidente y el Vicepresidente del Consejo, y una mayoría de miembros productores o una mayoría de miembros consumidores; o una mayoría de miembros; y en consideración de la frecuencia y ubicación de sus sesiones, el Consejo debe asegurar la disponibilidad de fondos; las sesiones del Consejo se desarrollarán en la sede central de la Organización a menos que el Consejo, por voto especial de acuerdo con el Artículo 12, decida en otro sentido. Respecto de esto el Consejo debe buscar que se desarrollen sesiones alternativas del Consejo fuera de la sede central, preferiblemente en un país productor. Distribución de Votos (Artículo 10): Se mantuvo la designación de 1000 votos para los miembros productores y 1000 votos para los miembros consumidores. La distribución de votos entre los productores permanece en 400 distribuidos de manera igualitaria entre los miembros de la región; 300 distribuidos de acuerdo con sus respectivas partes del total de los recursos de bosques tropicales de todos los miembros productores; y 300 distribuidos en proporción al promedio de valores de sus respectivas exportaciones netas de maderas tropicales durante los últimos tres años, período sobre el cual están disponibles las cantidades definitivas. Brasil propuso, y los delegados acordaron, que se incluya al Caribe en la región de Latinoamérica. Acerca de los miembros consumidores, los delegados acordaron que cada uno recibirá 10 votos iniciales, y los votos que quedan serán distribuidos en proporción con el volumen promedio de sus respectivos netos de importaciones durante el período de cinco años, comenzando seis años antes de la distribución. De cualquier manera, el texto “los votos asignados para un bienio dado no deben estar más del 5% por encima y por debajo de los votos distribuidos a ese miembro para el próximo bienio”, fue agregado como resultado de las preocupaciones en relación con la posibilidad de que surja una minoría de bloqueo de la evolución de la CE. Texto Final: Este artículo establece que, entre otras cosas: Los miembros productores tendrán entre todos 1000 votos y los miembros consumidores tendrán entre todos 1000 votos. Los votos de los miembros productores serán distribuidos como sigue: 400 votos serán distribuidos de manera igualitaria entre las tres regiones productoras de África, Asia-Pacífico y América Latina y el Caribe; 300 votos serán distribuidos entre los miembros productores de acuerdo con sus respectivas partes del total de los recursos de bosques tropicales de todos los miembros productores; y 300 votos serán distribuidos entre los miembros productores en proporción con el promedio de los valores de sus respectivas exportaciones netas de maderas tropicales durante los últimos tres años, período en el cual las cantidades definitivas están disponibles. Los votos de los miembros consumidores serán distribuidos como sigue: cada miembro consumidor tendrá 10 votos iniciales; los votos que quedan serán distribuidos entre los miembros consumidores en proporción con el promedio del volumen de sus respectivos netos de importaciones de maderas tropicales durante el período de cinco años comenzando seis años calendarios previo a la distribución de votos. Los votos asignados a un miembro consumidor para un bienio dado no deben estar más del 5% por encima o por debajo de los votos distribuidos a ese miembro para el bienio previo. Procedimiento de Voto del Consejo (Artículo 11): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que cada miembro debe estar autorizado a juntar la cantidad de votos que tiene, ningún miembro debe ser autorizado a dividir sus votos y que, por notificación escrita al Presidente del Consejo, cualquier miembro puede autorizar a cualquier otro miembro a representar sus intereses y obtener sus votos en cualquier reunión del Consejo. Decisiones y Recomendaciones del Consejo (Artículo 12): Los delegados acordaron que el Consejo debe hacer sus mayores esfuerzos para lograr todas las decisiones y recomendaciones por consenso. Los delegados acordaron que si no se logra el consenso, el Consejo puede votar por una mayoría de simple distribución, a menos que se refiera a un artículo que especifica la necesidad de voto especial. EE.UU. retiró su propuesta de hacer una lista de estos artículos específicos después de que los delegados acordaron con una propuesta de la CE de agregar “de acuerdo con el Artículo 12” después de cada mención de “voto especial”. Quórum para el Consejo (Artículo 13): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que el quórum para cualquier reunión del Consejo debe ser la presencia de una mayoría de miembros de cada categoría, dado que esos miembros tienen al menos dos tercios del total de los votos en sus respectivas categorías. Director Ejecutivo y Equipo (Artículo 14): Este artículo fue acordado en el CIMT-3 con corchetes en la frase “por voto especial” ya que los delegados no lograron un acuerdo sobre el sistema de voto. En el CIMT-4, los delegados acordaron que se eliminen los corchetes y este artículo establece que el Consejo debe, por voto especial, designar al Director Ejecutivo; el Consejo debe determinar los términos y condiciones de la designación del Director Ejecutivo y el Director Ejecutivo debe ser el funcionario jefe administrativo de la Organización y el Consejo para la administración y operación del Convenio. Cooperación y Coordinación con otras Organizaciones (Artículo 15): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que el Consejo debe hacer los arreglos, como corresponda, para las consultas y la cooperación con las Naciones Unidas y sus organismos y agencias especializadas y otras organizaciones, instituciones e instrumentos internacionales y regionales relevantes; y la Organización debe utilizar las facilidades, servicios y experiencia del sector privado, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil; y la Organización debe tomar ventaja total de las facilidades del Fondo Común para Materias Primas”. Admisión de Observadores (Artículo 16): Acerca de admitir a no miembros y organizaciones, China sugirió un nuevo texto que permite que el Consejo “invite a cualquier Estado soberano no-miembro reconocido por la ONU o a cualquier organización interesada en las actividades de la OIMT para que participen como observadores de cualquiera de las reuniones del Consejo”. Los delegados acordaron con este texto. Texto Final: Este artículo establece que el Consejo puede invitar a cualquier miembro de la ONU, que no sea parte de la OIMT o a cualquier organización a la que se haga referencia en el Artículo 15 (Cooperación y Coordinación con otras Organizaciones), interesado en las actividades de la Organización, a participar como observador de las sesiones del Consejo. CAPÍTULO V. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES Privilegios e Inmunidades (Artículo 17): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que: la Organización debe tener responsabilidades legales y la capacidad de contratar, adquirir y disponer de propiedades; el estatus y privilegio y las inmunidades de la Organización, su Director Ejecutivo y su equipo mientras en Japón deba continuar siendo gobernada por el Convenio de la Sede Central entre el Gobierno de Japón y la Organización; y si la sede central se muda a otro país se debe concluir un Convenio de Sede Central para que el Consejo apruebe. CAPÍTULO VI: FINANZAS Cuentas Financieras (Artículo 18): La discusión sobre este artículo refleja las grandes disputas alrededor del deseo de los Productores de tratar de asegurar más financiamiento para proyectos a través de la Organización y un método propuesto para tratar esto incluyendo algún trabajo de política que actualmente es financiado a través de contribuciones voluntarias a la Cuenta Especial en la Cuenta Administrativa, contribuciones que están asignadas tanto para Consumidores como Productores. Las dos preguntas con respecto a este artículo tuvieron que ver con si se debía renombrar las cuentas “de Contribuciones Asignadas” y “de Contribuciones Voluntarias” —entre ellas la Cuenta Especial y el Fondo de Alianza de Bali (FAB)”— como propuso Canadá pero con la oposición de Noruega y la CE, y si mantener una formulación simple, como prefería EE.UU. y Japón, o nombrar subcuentas asignadas específicas, como prefería Noruega y la CE. Después de algún debate, los delegados acordaron incluir la “Cuenta Administrativa que es una cuenta de contribución asignada” y “la Cuenta Especial y el FAB”, que son cuentas voluntarias”. Japón retiró una propuesta de limitar las contribuciones asignadas de países donantes que contribuyen con más de US$1 millón para financiar proyectos. Cuenta Administrativa (Artículo 19): El debate se centró en cómo incluir el financiamiento para las actividades que son conocidas como costos operativos en la Cuenta Administrativa asignada. En relación con un párrafo que describe los costos cubiertos en el marco de la Cuenta Administrativa, los delegados llegaron a un pronto acuerdo respecto de hacer una lista de los costos bajo de subpárrafos separados sobre “costos administrativos y los “costos operativos”. Después de largas discusiones, los delegados acordaron que se inserte una lista ilustrativa de otros ítems ya incluidos como títulos de presupuesto. Respecto de la aprobación del presupuesto, los delegados acordaron que el Consejo debe evaluar las contribuciones de los miembros “para el presupuesto de la Cuenta Administrativa” En relación con un párrafo que describe la asignación de contribuciones, EE.UU. sugirió una división de 70:30 entre Consumidores y Productores, respectivamente, para la mitad de la Cuenta Administrativa y una división de 50:50 para el resto. Japón propuso Subcuentas de Trabajo Administrativo y Trabajo Político Clave con una proporción del 75:25 para las contribuciones de Consumidores y Productores para la Subcuenta de Trabajo Político Clave. La CE estuvo a favor de una división de 50:50 para las contribuciones para el trabajo administrativo y una división del 70:30 para el trabajo clave de política. También prefirió que se ponga el texto referido a las subcuentas en dos artículos separados y que limite las contribuciones para el trabajo clave al 15% de la Cuenta Administrativa. Brasil, por los Productores, recordó la propuesta de los Productores de una división de 80:20 en un presupuesto común tanto para la Cuenta Administrativa como para la Cuenta de Trabajo Político Clave. No se continuó una propuesta de los Productores, presentada por Brasil, que pide una declaración de los Consumidores que exprese su voluntad de comprometer US$200 millones en financiamiento anual voluntario. A medida que avanzaba el debate, los delegados fueron convergiendo gradualmente en dos puntos: o una división del 50-50 entre las dos partes de la Cuenta Administrativa o un tope a una proporción más baja para costos operativos. La CE se mantuvo por la proporción más baja, el 15 % de la Cuenta Administrativa. El Presidente del GTII, Blaser, señaló que las actividades estratégicas cuestan alrededor de US$1-2 millones. Luego de la siguiente consideración, la CE, con el apoyo de Japón, sugirió que se ponga un tope a los costos relacionados con las actividades especiales a “un 15% de los costos administrativos”, una proporción baja de una fracción comparativamente pequeña de los fondos generales que requiere la Organización, y que se permita al Consejo, que por consenso, decida variar este límite para un bienio financiero específico”. También propuso que los fondos designados no utilizados deben ser trasladados automáticamente al presupuesto del año siguiente y deducidos de las asignaciones de los miembros. EE.UU., con el apoyo de Noruega, sugirió un tope alternativo del 50%. Los Productores prefirieron esforzarse por “una razón de 1/5 entre los costos administrativos y “el costo general de la Organización”, dado que este texto podría reforzar la necesidad de ayuda financiera futura en el marco de la Cuenta Especial, aunque esto generó preguntas de otros delegados por las implicaciones de esto en vista a las contribuciones propias de los Productores. Finalmente, esta propuesta se fusionó en un nuevo subpárrafo que permite que el Consejo revise la Cuenta Administrativa y las cuentas voluntarias cinco años después de la entrada en vigor. Acerca de qué proporción del presupuesto para los costos operativos será asignada a los Productores, las posiciones variaron desde el pedido de los Productores de una proporción de 10:90 para Productores y Consumidores respectivamente, hasta una propuesta Suiza de una división de 40:60. Un impedimento fue la demanda de los Productores para asegurar que sus contribuciones asignadas no aumentarán. El Presidente del GTII Blaser dijo que los “costos operativos” cubrirán algunos costos que actualmente son financiados con la Cuenta Administrativa y otros financiados con la Cuenta Especial, y así aumentar el presupuesto total de la Cuenta Administrativa. De cualquier manera, “los costos operativos” acarrearán un presupuesto diferencial para los Consumidores y los Productores que la actual división del 50:50 para la Cuenta Administrativa. Las preguntas sobre el nivel de costos operativos y el nivel de asignaciones de los Productores fueron incluidas dentro de una cuestión paquete que se basó en un texto de compromiso propuesto por el Presidente de la Conferencia. Esta propuesta pide una proporción del 80% para las contribuciones asignadas de los Consumidores y un 20% para los Productores, para los costos operativos centrales relativos a la Cuenta Administrativa como por ejemplo las reuniones de expertos y las publicaciones, pero no establece topes sobre los costos operativos. La CE insistió sobre un tope del 30% respecto de la proporción del presupuesto de la Cuenta Administrativa utilizada para los costos operativos centrales. Algunos productores, no obstante, recordaron al grupo que también hubo algún compromiso de sus posiciones previas de establecer las proporciones de las contribuciones asignadas al 90% para los miembros Consumidores y 10% para los miembros Productores. Se propuso un compromiso de un tope del 27.5%. El grupo de miembros que quedó con objeciones hizo consultas de manera privada, pero no pudo lograr un consenso sobre este cambio. Se sugirió que el texto debe ser cambiado para establecer que los costos operativos no deben exceder el 30% de los “costos” administrativos, en lugar de la “Cuenta”. Esto no fue aceptado. Se propuso un nuevo compromiso que indique que los costos operativos no deben exceder 1/3 de los costos administrativos básicos y que el “Consejo podría, por consenso, decidir variar este límite para un bienio financiero específico”. Después de consultas la CE acordó sobre esta propuesta. Luego de intensas consultas, los Productores finalmente acordaron con este texto y así el artículo fue aprobado. Respecto de si diferenciar las asignaciones de los miembros Consumidores en vías de desarrollo y luego de algún debate, los delegados estuvieron a favor de que se trata la cuestión de los votos para China en el marco del artículo sobre la distribución de votos. Los delegados aprobaron el texto del CIMT, 1994 que indica que las asignaciones serán “calculadas sin tener en cuenta la suspensión de los derechos de votos de cualquier miembro o la redistribución de votos que resulte de esto”. Acerca de la fecha de cierre de las contribuciones para el presupuesto administrativo, los delegados acordaron que las contribuciones deben llegar el primer día de cada “año” financiero en lugar de cada “bienio”. Respecto de la obligación de los países de pagar sus contribuciones asignadas, Brasil, por los Productores, sugirió que se inserte “sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Artículo 30 (Reducción de las Obligaciones), que los miembros puedan ser no elegibles para enviar propuestas de proyecto o anteproyectos para que se considere su financiamiento, antes del texto que establece “si un miembro no ha pago su contribución por completo por dos años consecutivos. Después de discutir los delegados acordaron “tomar en cuenta” las disposiciones del Artículo 30. Texto Final: El texto final de este artículo dice, entre otras cosas, que los gastos necesarios para la administración del Convenio deben ser obtenidos por contribuciones anuales asignadas y deben incluir “costos administrativos básicos como los salarios y beneficios, costos de instalación y de viajes oficiales” y “costos operativos centrales como por ejemplo aquellos relacionados con la comunicación y alcance, las reuniones de expertos convocadas por el Consejo y la preparación y publicación de estudios y evaluaciones” siguiendo los artículos sobre: trabajo político de la Organización; estadísticas, estudios e información; un informe anual y una revisión bianual; contribuciones para la Cuenta Administrativa para cada bienio financiero deben ser asignadas en partes iguales para Consumidores y Productores para los costos administrativos básicos y una proporción del 20:80 para los Productores y Consumidores respectivamente, para los costos operativos centrales, con costos operativos no excedentes del 1/3 de los costos administrativos excepto si el Consejo lo decide, por consenso, para variar este límite para un bienio financiero específico. El texto también establece que el Consejo puede revisar cómo la Cuenta Administrativa y las cuentas voluntarias contribuyen a la operación eficiente y efectiva de la Organización en el contexto de la evaluación del Convenio cinco años después de su entrada en vigor, y si un miembro no ha pagado su contribución por completo en dos años consecutivos, “teniendo en cuenta” las disposiciones contenidas en el Artículo 30 sobre reducciones de las obligaciones, que ese miembro pase a ser no elegible para enviar propuestas de proyectos o antes proyectos para que se considere su financiamiento en el marco del artículo sobre actividades de proyecto. Los párrafos sobre la evaluación de las contribuciones iniciales, descuento de pagos hechos por completo dentro de los cuatro meses antes de la fecha de cierre, y la responsabilidad de pagar después de la suspensión de derechos permaneció sin cambios en relación con el CIMT, 1994. Cuenta Especial (Artículo 20): Durante las discusiones, los delegados aclararon que los proyectos y anteproyectos deben ser financiados por una Subcuenta de Trabajo Temática y una Subcuenta de Proyecto, las cuales refieren a fondos no destinados y destinados, respectivamente. Los delegados acordaron que se establezca que, como principio general, el Consejo debe “establecer un criterio y procedimientos para la operación transparente de la Cuenta Especial”. En base a las intervenciones de EE.UU., Brasil, Suiza y los Países Bajos, los delegados acordaron que “los donantes deben designar sus contribuciones entre los Programas Temáticos o pueden pedir al Director Ejecutivo que haga propuestas para designar su contribución.” Texto Final: El texto final acordado establece dos subcuentas, la Subcuenta de Programas Temáticos y la Subcuenta de Proyectos, y hace una lista de posibles fuentes de financiamiento en la que incluye: el Fondo Común para Materias Primas; instituciones financieras regionales e internacionales; contribuciones voluntarias de los miembros y otras fuentes. Especifica que las contribuciones destinadas serán usadas sólo para los anteproyectos, proyectos y actividades para las cuales están designadas, a menos que lo decida de otra manera el donante en consulta con el Director Ejecutivo. También pide a los miembros que se esfuercen en el reabastecimiento de la Cuenta Especial; especifica el cargo de los gastos para las respectivas subcuentas; deslinda de responsabilidad a los miembros por cualquier acción en conexión con los anteproyectos, proyectos y actividades y pide al Director Ejecutivo que apoye la utilización de los fondos por parte de los miembros e informe sobre la designación y los desembolsos de los diferentes fondos. Fondo de Alianza de Bali (Artículo 21): La discusión se abrió con un debate sobre qué porcentaje —el 50% o el 100%— de las ganancias obtenidas como resultado de las actividades relacionadas con la Cuenta Especial debían ser invertidas en el Fondo de Alianza de Bali (FAB). Después de que Japón, Suiza, Noruega y los Países Bajos dijeron que no podrían excederse del 50%, los delegados aceptaron que se retenga el texto del CIMT, 1994 con el límite del 50%. Respecto de la asignación de los recursos del FAB, los delegados acordaron que se amplíe el criterio para incluir las necesidades de los miembros de establecer y manejar los programas de conservación significativos y para implementar la GFS. En relación con el texto sobre el reabastecimiento del FAB, Colombia propuso que se amplíe el objetivo de reabastecimiento para “lograr los objetivos del Fondo”. India prefirió que se “favorezcan” sus objetivos, y Brasil prefirió un nivel “adecuado” en lugar de “razonable” de reabastecimiento. Estos cambios fueron aceptados y el artículo fue aprobado. Texto Final: El artículo especifica conforman en fondo las contribuciones de los donantes, el 50% de las ganancias obtenidas por las actividades, y otros recursos; y establece criterios para la implementación de la GFS de los fondos destinados y no destinados, con el énfasis en los programas de conservación. Formas de Pago (Artículo 22): Este artículo fue previamente acordado en el CIMT-2. El artículo establece que las contribuciones financieras para las cuentas deben ser pagadas en monedas de libre conversión y deben estar exceptuadas de restricciones de intercambio extranjero y que el Consejo puede decidir aceptar otras formas de contribuciones para las cuentas además de la Cuenta Administrativa. Auditoria y Publicación de las Cuentas (Artículo 23): Este artículo fue previamente acordado en el CIMT-1. El artículo establece que el Consejo debe designar auditores independientes para que se auditen las cuentas de la Organización. CAPÍTULO VII. ACTIVIDADES OPERATIVAS Trabajo Político de la Organización (Artículo 24): EE.UU. propuso un texto que vincule de manera más cercana el Artículo 24 sobre trabajo político con el Artículo 20 sobre la Cuenta Especial y con los Objetivos. Ambas propuestas fueron aprobadas. México hizo hincapié en la inclusión de un texto sobre comunicación básica, herramientas de alcance y desarrollo de criterio e indicadores, el cual fue aprobado. Un párrafo sobre actividades relacionadas a la política para los planes de acción de la OIMT fue aprobado después del acuerdo sobre revisiones menores propuesto por Noruega, Suiza, Colombia, Papua Nueva Guinea, Camerún, EE.UU., Honduras y Ghana. Texto Final: El artículo ordena la integración del trabajo político con las actividades de proyecto, lo cual contribuye al logro de los objetivos del Convenio y al establecimiento de un plan de acción para guiar las actividades de política e identificar las prioridades y los programas temáticos. Actividades de Proyecto de la Organización (Artículo 25): Los delegados acordaron en general sobre el texto que permite al Director Ejecutivo que envíe propuestas de proyectos y anteproyectos que contribuyan con los objetivos del Convenio y para áreas prioritarias de trabajo o programas temáticos identificados en los planes de acción aprobados del COIMT. Los delegados también acordaron que el Consejo pueda limitar la cantidad de propuestas que el Director Ejecutivo pueda enviar en un ciclo de proyecto determinado. Texto Final: El artículo ordena que el Consejo establezca los procedimientos y prioridades para los proyectos y anteproyectos. También autoriza al Director Ejecutivo a suspender los desembolsos de fondos si los proyectos o anteproyectos son mal manejados. Comités y Órganos Subsidiarios (Artículo 26): En base a la propuesta de la CE de una referencia a un comité de estadística, los delegados aprobaron un texto de compromiso que hace una lista de Comités sobre: Industria Forestal; Economía, Estadísticas y Mercado; Reforestación y Gestión de Bosques; Finanzas y Administración; y “cualquier otro Comité que el Consejo considere apropiado y necesario”. Después de algunas discusiones, los delegados acordaron que se elimine un subpárrafo que hace una lista del establecimiento de “cualquier otro comité” y que se incluya un párrafo que autorice al Consejo a “establecer o disolver los comités y los órganos subsidiarios cuando sea apropiado”. El artículo fue aprobado con estos cambios. Texto Final: El artículo establece cuatro comités: Industria Forestal; Economía, Estadísticas y Mercado; Reforestación y Gestión de Bosques y Finanzas y Administración. Le da al Consejo el poder de establecer o disolver los comités y definir el alcance y el funcionamiento de los comités. CAPÍTULO VIII. ESTADÍSTICAS, ESTUDIOS E INFORMACIÓN Estadísticas, Estudios e Información (Artículo 27): La mayor parte del artículo fue acordada en el CIMT-3. La discusión en el CIMT-4 se centró en un párrafo sobre acción correctiva. Algunas delegaciones, entre las que se incluyen Ghana, Canadá y México, querían un texto que estableciera que el “Consejo tome acciones apropiadas para el no envío de estadísticas”, pero otros, entre los que se incluyen EE.UU., los Países Bajos, la CE, Suiza, Camerún y Congo, querían un texto más fuerte sobre la posibilidad de tomar acciones relacionadas con los derechos de voto. Texto Final: El artículo requiere que el Consejo mejore la capacidad técnica de los países miembros y que, si un miembro no provee las estadísticas y la información requerida por dos años, tome “acciones apropiadas”. Informe Anual y Revisión (Artículo 28): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. Establece que el Consejo debe publicar un informe anual sobre sus actividades y revisar y evaluar de manera bianual la situación internacional de las maderas y otros factores considerados relevantes para los Objetivos del Convenio. CAPÍTULO IX. MISCELÁNEAS Obligaciones Generales de los Miembros (Artículo 29): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. Establece que los miembros deben cooperar para promover el cumplimiento de los Objetivos del Convenio y llevar a cabo las decisiones del Consejo. Reducción de las Obligaciones (Artículo 30): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. Establece que en circunstancias especiales, emergencia o fuerza mayor, el Consejo puede relevar a un miembro de una obligación si hay explicaciones satisfactorias de parte del miembro en relación con la cuestión, y que el Consejo debe hacer explícito el estado de los términos, condiciones y el período de tiempo por que el cual se lo libera de la obligación. Quejas y Disputas (Artículo 31): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. El artículo establece que cada miembro puede llevar al Consejo cualquier queja respecto de una obligación no cumplida por un miembro y una disputa respecto de la interpretación del Convenio o su aplicación, y que las decisiones del Consejo sobre estos asuntos deben ser tomadas por consenso. Medidas Diferenciales y de Remedio y Medidas Especiales (Artículo 32): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. El artículo establece que, entre otras cosas: los miembros consumidores en vías de desarrollo cuyos intereses sean afectados de manera adversa por las medidas tomadas en el marco de este Convenio pueden pedir al Consejo medidas apropiadas diferenciales y de remedio y que los países menos desarrollados pueden pedir al Consejo medidas especiales. Revisión (Artículo 33): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. El artículo establece que el Consejo puede evaluar la implementación de este Convenio, incluyendo los objetivos y los mecanismos financieros, cinco años después de su entrada en vigor. No-Discriminación (Artículo 34): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. Establece que nada en este Convenio autoriza el uso de medidas para restringir o prohibir el comercio internacional de maderas y productos de maderas. CAPÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES Depositario (Artículo 35): Este artículo fue aprobado en el CIMT-3. Establece que el Secretario General de las NU es designado como el depositario de este Convenio. Firma, Ratificación, Consentimiento y Aprobación. (Artículo 36): La CE presentó un nuevo texto que establece que la CE debe depositar una declaración que especifique las áreas de competencia de la CE. El Asesor Legal de CNUCYD sugirió que el Convenio se abra para su firma el 3 de abril de 2006, lo cual permite al depositario tener ocho semanas para preparar la documentación. En base a una propuesta de la CE, los delegados acordaron que “la CE o cualquier OIG…deberán depositar una declaración enviada por la autoridad apropiada de esa Organización que especifique la naturaleza y la extensión de su competencia sobre asuntos gobernados por este Convenio” y que dónde tenga competencia exclusiva sobre todos los asuntos gobernados por este Convenio, sus Estados miembro no firmarán, ratificarán, aceptarán, aprobarán, accederán a el Convenio. Un texto similar se eliminó del Artículo 5 sobre membresía en la Organización, ya que es más apropiado aquí. Texto Final: El artículo establece que el Convenio será abierto para su firma en la sede central de las NU del 3 de abril de 2006 y que la CE o cualquier organización intergubernamental a la que se refiera el Artículo 5 tiene autoridad para depositar una declaración de su competencia de firmar, ratificar, aceptar o aprobar el Convenio. Adquisición (Artículo 37): Luego de que China cuestionara la eliminación de “todos los Estados” después de “adquisición por parte de los Gobiernos”, la CE explicó que esta eliminación fue necesaria para la aprobación de la UE, y el artículo fue aprobado. Texto Final: El artículo establece que el Convenio será abierto para su adquisición y será abierto para su adquisición y será efectuado por un depósito de un instrumento de adquisición con el depositario. Notificación de la Aplicación Provisoria (Artículo 38): Este texto del CIMT, 1994 fue aprobado sin cambios. El artículo establece que un Gobierno signatario que pretenda ratificar, aceptar o aprobar el Convenio puede notificar al depositario respecto de la aplicación provisoria en cualquier momento. Entrada En Vigor (Artículo 39): La discusión de este artículo se centró en el criterio del umbral para la entrada en vigor. En respuesta a la sugerencia de la CE de que la cantidad de ratificaciones de los miembros Consumidores se baje por las preguntas que involucran el conteo de miembros de la UE, el umbral se bajó a 10 miembros Consumidores y 10 Productores. EE.UU. propuso que se usen datos comerciales basados en el valor en lugar de en el volumen de importaciones y sugirió que se use el área de bosques como criterio. Pero estas propuestas no fueron aceptadas. México, con el apoyo de Indonesia y Malasia, y con la oposición de Suiza y los Países Bajos, pidió que se vuelva al texto del CIMT, 1994. Los delegados acordaron con un texto propuesto por el Presidente del GTII Blaser que establece umbrales de 12 gobiernos Productores con el 60 % de los votos y 10 gobiernos consumidores con el 60% del volumen de importación del comercio de maderas tropicales en 2005, para su entrada en vigor definitiva, y de 10 gobiernos Productores con el 50% de los votos y siete gobiernos Consumidores con el 50% del volumen de importación de las maderas tropicales en 2005 para su entrada en vigor provisoria. El artículo fue aprobado con estos umbrales. Texto Final: El artículo establece: para la entrada en vigor definitiva, 12 gobiernos Productores con el 60% de los votos y 10 gobiernos Consumidores con el 60 % del volumen de importación del comercio de madera tropical en 2005 deben firmar o ratificar en los términos del Artículo 36; y para la entrada en vigor provisoria, 10 gobiernos Productores con el 50% de los votos y siete gobiernos Consumidores con el 50% del volumen de importación del comercio de maderas tropicales en 2005 deben firmar o ratificar o notificar al depositario que aplicarán al Convenio de manera provisoria. Enmiendas (Artículo 40): Este artículo fue aprobado informalmente en el CIMT-3 con corchetes entre “votos especiales”. Y en el CIMT-4 se eliminaron los corchetes junto con el acuerdo sobre “voto especial”. Texto Final: El artículo establece que el Consejo puede, por voto especial de acuerdo con el Artículo 12, recomendar una enmienda a los miembros del Convenio y que debe fijar una fecha para que los miembros notifiquen al depositario la aceptación de ese enmienda. Retiro (Artículo 41): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. El artículo establece que: cualquier miembro puede retirarse del Convenio en cualquier momento después de la entrada en vigor enviando una notificación escrita de retiro al depositario e informando al Consejo; el retiro se hará efectivo 90 días después de que el depositario reciba la notificación y las obligaciones financieras con la Organización no se terminen por el retiro de un miembro. Exclusión (Artículo 42): Este artículo fue acordado en el CIMT-3 con corchetes alrededor de “voto especial”. En el CIMT-4 se eliminaron los corchetes junto con el acuerdo sobre “voto especial”. Texto Final: El artículo establece que si el Consejo decide que un miembro no ha cumplido sus obligaciones y que esto perjudica las operaciones del Convenio, se puede, por voto especial y de acuerdo con el Artículo 12, excluir a ese miembro del Convenio y que seis meses después de la decisión del Consejo ese miembro dejará de ser parte de este Convenio. Establecimiento de Cuentas con Miembros Retirados o Excluidos o Miembros Incapaces de Aceptar una Enmienda (Artículo 43): Este texto del CIMT, 1994 fue aprobado sin cambios. El artículo establece que, entre otras cosas, el Consejo debe determinar cualquier establecimiento de cuentas con un miembro que deje de ser parte debido a la no-aceptación de una enmienda, retiro o exclusión, y que el Consejo debe retener cualquier asignación o contribución pagada a las cuentas financieras de parte de un miembro que ya no es Parte. Duración, Extensión y Terminación (Artículo 44): Este artículo fue acordado en el CIMT-3 con corchetes entre “voto especial”. En el CIMT-4, los corchetes se eliminaron con el acuerdo sobre la definición de “voto especial”. Texto Final: El artículo establece que, entre otras cosas, el Convenio debe permanecer en vigor por un período de diez años después de su entrada en vigor a menos que el Consejo decida, por voto especial de acuerdo al Artículo 12, extender, renegociar o terminarlo, y que el Consejo puede, por voto especial de acuerdo con el Artículo 12, decidir extender el Convenio por dos períodos de cinco años cada uno. Reservas (Artículo 45): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. Establece que no pueden hacerse reservas con respecto a cualquiera de las disposiciones del Convenio. Disposiciones Suplementarias y Transitivas (Artículo 46): Este artículo fue acordado en el CIMT-3. El artículo establece que, entre otras cosas, el Convenio debe ser el que suceda al CIMT, 1994. ANEXOS Se redactaron anexos par la implementación de las disposiciones del Artículo 39 sobre Entrada en Vigor. Dado que ahora el Artículo 39 requiere la ratificación de 12 gobiernos miembros Productores con el 60% del total de los votos, la distribución de votos está incluida en el Anexo A para una grupo de gobiernos que participan de la conferencia que son “potenciales miembros productores”. En esa lista se incluye a 43 países —entre ellos 14 de África, 10 de Asia y el Pacífico, y 19 de Latinoamérica y el Caribe— que participaron en las negociaciones. En el anexo B se enumeran 37 potenciales miembros Consumidores, que participaron de la conferencia, sin ninguna indicación de distribución de votos dado que esto no estaba decidido al cierre de la conferencia. El Artículo 39 sólo requiere que 10 gobiernos miembros Consumidores lo ratifiquen para su entrada en vigor, dado que ellos representan el 60% del volumen mundial de importación. SESIÓN DE CIERRE Luego de breves informes —con consenso completo sobre sus respectivos segmentos— acerca del Convenio, ofrecidos por el Grupo de Trabajo, los Presidentes Attah y Blaser, el Presidente Paranhos abrió el Plenario final el viernes 27 de enero. Los delegados adoptaron el informe del Comité de Credenciales presidido por Sri Murningingtyas (Indonesia). Luego el Plenario adoptó la resolución final (TD/Timber.3/L.8), la cual: expresa gratitud por el apoyo de la CNUCYD; pide al Secretario General de las Naciones Unidas que envíe copias del texto del Convenio a todos los Gobiernos y OIGs y que lo abra para su firma en la Sede Central de las NU; y dirige la atención hacia las disposiciones que todos los Gobiernos las OIGs deben cumplir para convertirse en miembros e invita a su membresía. El Presidente Paranhos presentó luego el texto del convenio para su adopción final. Leyó todos los títulos de los artículos y pidió a los delegados que lo aprobaran uno por uno. Luego, el convenio se adoptó de manera completa. Durante los discursos de cierre, Brasil, por los Productores, dijo que el nuevo Convenio es el resultado de un equilibrio de expectativas de ambos lados —Productores y Consumidores— y que todos los delegados habían mostrado flexibilidad. También dijo que aunque el resultado esté lejos de ser el adecuado respecto de los fondos para los costos operativos, los Productores han decidido no sacrificar el paquete completo, sino acordar con este con un espíritu de compromiso. La CE dijo que el espíritu de cooperación guió a los delegados. Señaló que este es el único convenio internacional negociado en el área de bosques y que es un claro ejemplo de los compromisos de sus miembros. Malasia señaló que los objetivos del Convenio identifican y tratan nuevas cuestiones. Dijo que estaba decepcionado por que los Consumidores no habían negociado una declaración comprometiendo fondos adicionales y señaló que los avances respecto del Objetivo 2000 dependen de los fondos adicionales. China señaló que todas las Partes hicieron compromisos y sacrificios y que hay un nuevo espíritu de cooperación entre los Consumidores y los Productores. Camerún envió un mensaje del Ministro de Silvicultura de Camerún que expresa la satisfacción del Grupo Africano con el Convenio. Japón señaló, como país anfitrión, que el Convenio significa un compromiso renovado con los objetivos de la gestión forestal sostenible. Lakshmi Puri, de la CNUCYD, felicitó a los delegados por el convenio exitoso el cual conserva los mejores aportes del CIMT, 1994 y abre puertas a nuevos pasos en el manejo sostenible de bosques. El Presidente Paranhos, en su discurso de cierre, revisó el progreso logrado en las negociaciones desde 2003 y dijo que un nuevo Convenio avanza desde las líneas tradicionales del CIMT, 1994 hacia una etapa en la que el financiamiento es más previsible. Luego cerró la conferencia a las 18.30 horas. BREVE ANÁLISIS DEL CIMT-4 Hasta las 5 de la tarde del viernes 27 de enero, nadie sabía si habría o no acuerdo sobre del CIMT, 2006. Después de una noche de mucha tensión en la que todos se preguntaban si la CE sería capaz de aceptar el convenio, todo se dio vuelta cuando los Productores crearon la incertidumbre final, mientras los delegados esperaban su reacción formal al compromiso propuesto sobre la Cuenta Especial asignada. A diferencia de lo que ocurrió casi 12 años exactos atrás, en un Plenario similar desarrollado también en Ginebra, donde el CIMT de1994 sólo fue aceptado con reservas por varios países, el CIMT de 2006 fue completamente aceptado por todos los delegados presentes, lo que llevó a descorchar champagne. El hecho de que no hubiera objeciones o reservas implicó un éxito en sí mismo. Pero aún cabe preguntarse qué ofrece realmente el nuevo CIMT. Y si tiene el potencial necesario para traducirse una verdadera mejora respecto del estatus quo. Está claro que muchos piensan que el CIMT de 2006 es un instrumento que vale la pena. Lakshmi Puri, Director de la División de Comercio Internacional de Bienes y Materias Primas de CNUCYD, dijo que el nuevo CIMT será de tremenda importancia para el propio CNUCYD. Y ni los Productores ni los Consumidores quisieron alejarse de él cuando quedó claro que cualquier intento de hacer una reserva resultaría en el colapso de todo el convenio. Aunque ninguno está completamente satisfecho, el Presidente de la Conferencia —Embajador Carlos Antonio da Rocha Paranhos— señaló en su declaración final que “un convenio igual de insatisfactorio para todos, es un buen convenio”. Pero fue el ex Director Ejecutivo de la OIMT, Bin Che Yeom Freezailah quien lo resumió de una manera más clara diciendo que “el nuevo CIMT augura nuevas obligaciones así como la promesa de nuevos recursos con los cuales enfrentarlas”. Lo que es indudable es que el nuevo CIMT nació en un momento en que la cooperación internacional sobre bosques podría utilizar una infusión de nueva energía. Mientras muchos delegados del CIMT se preparan para ir a Nueva York para el sexto período de sesiones del Foro de las NU sobre Bosques —a realizarse en febrero— los intentos de una cooperación más cercana en ese foro están siendo cuestionados. La deforestación, particularmente en los trópicos, continúa con una tasa inaceptable de acuerdo con la FAO, incluso mientras el interés público sobre la situación apremiante de los bosques continua desvaneciéndose frente a lo que son vistos como asuntos más urgentes, como —por ejemplo— las preocupaciones respecto de la seguridad. Y el interés en la OIMT es bajo, y ha sido notable la ausencia de las ONGs ambientales en todo el proceso de renegociación. Además, lo que es mucho más alarmante, los fondos de la OIMT continúan cayendo de un máximo de alrededor de US$25 millones a principios de los 90s a aproximadamente US$10 millones de hoy, mientras que también ha caído el número de países que piden financiamiento para sus proyectos a través de la OIMT, debido a que los donantes utilizan mecanismos bilaterales, multilaterales o basados en las ONGs para financiar proyectos que les interesen. Quizás lo más crítico para el éxito de la Organización es que Japón, el auspiciante clave de la OIMT, ha sido forzado a frenar su generosidad con la Organización por sus propias limitaciones presupuestarias. Todas estas cuestiones —así como la amenaza de la fecha de expiración del Convenio anterior, en diciembre de 2006— estuvieron en las mentes de los negociadores cuando se reunieron hace más de dos años atrás y comenzaron a pensar el futuro del CIMT y la OIMT. Estas preocupaciones formaron un grupo de intereses comunes que permitió que los negociadores se comprometieran en este proceso con una gran consideración y espíritu de buena voluntad. El contenido de este nuevo Convenio es claro testigo de esa predisposición. Debido a que los participantes sabían que un documento mejorado estaba en los intereses de todos, muchos observadores notaron una diferencia tangible en el humor de estas negociaciones y las del Convenio de 1994, las cuales sufrieron el desborde del nada cooperativo espíritu de las negociaciones de los Principios de Bosques de Río en 1992 y de las continuas preocupaciones acerca de la soberanía sobre los bosques como recursos naturales dentro de los límites nacionales. Así, tal espíritu de objetivos comunes parece haber valido la pena. Las mejoras en el nuevo documento incluyen reconocimientos específicos de la necesidad de intentar resolver temas controversiales como la tala ilegal, la certificación y la gestión forestal sostenible, que hoy es aceptada como uno de los objetivos generales del CIMT. También se pueden destacar como resultado tangible las mejoras financieras. El reconocimiento de la necesidad tanto de más fondos como de un financiamiento más estable condujo a dos nuevos arreglos que se destacan en el CIMT, 2006. Primero, el financiamiento de proyectos tiene un nuevo mecanismo, la Subcuenta de Programas Temáticos. Este fondo de reposición que surgió originalmente de las propuestas Europeas, permitirá que los donantes destinen los fondos a los proyectos relacionados con las cuestiones de particular interés pero cortará los costos de transacción para los países donantes, le dará al Consejo más autoridad sobre los proyectos particulares financiados por esta fuente y permitirá proyectos multilaterales más grandes. Más que nada, la Subcuenta de Programas Temáticos tiene el potencial de atraer más fondos de proyectos por parte de un mayor número donantes, que han dejado claro que necesitan este tipo de cambio en las operaciones de la Organización para acceder a los fondos disponibles de sus agencias de ayuda al desarrollo a nivel nacional. El segundo nuevo arreglo moviliza fondos para los “costos operativos” recurrentes —como por ejemplo los destinados a la difusión, comunicación y el trabajo relacionado con política de la Organización— dentro de la Cuenta Administrativa asignada. Esto estabilizaría el flujo de fondos para estas actividades. Aunque, dado que el presupuesto para estas actividades vendrá de las contribuciones asignadas, también significa que algunos de estos fondos llegarán parcialmente desde los Productores. Así la fórmula para la asignación se convirtió en la última controversia en las negociaciones del CIMT, 2006, y la pregunta final fue si los Productores acordarían un aumento de sus contribuciones asignadas, y en el caso de que lo hicieran, de cuánto debería ser. El hecho que al final los Productores hubieran acordado el aumento en sus contribuciones asignadas tendrá el efecto positivo de estabilizar los fondos para algunos de los más importantes trabajos políticos de la Organización, mientras, se espera, se liberarán más fondos para otros proyectos. En ese contexto: ¿cuáles son los pronósticos del CIMT, 2006? En el futuro inmediato, el hecho de que se ha logrado un acuerdo —que es visto como aceptable por todos— evita el posible colapso del Convenio y la pérdida de fondos que esto podría acarrear. Y, lo que es más importante, desarrolla el potencial de alentar nuevos pedidos de financiamiento, quizás tan pronto como en la próxima sesión del COIMT en mayo de 2006, como fue el caso con el establecimiento del Fondo de Alianza de Bali en 1994. Los pronósticos de la pronta entrada en vigor de este CIMT son mucho más brillantes de lo que fueron en 1994, así como, porque muchos países encontrarán la razón para avanzar rápidamente en el modus operandi del CIMT, 2006 para abrir más posibilidades de financiamiento en algunas áreas mientras se reducen los costos en otras. ¿Y qué hay del largo plazo, después de la entrada en vigor? Un indicador de mejora podría ser el nivel de interés que demuestren las ONG ante la Organización. Algunas ONG ya están involucradas de manera activa en el trabajo de proyecto y en el Grupo Asesor de la Sociedad Civil, que intenta captar el interés de múltiples sectores interesados para la atención de la Organización del mismo modo en que el Grupo Asesor de Comercio junta a los representantes de la industria de maderas tropicales. Muchas ONGs activistas nunca concederán de nuevo la legitimidad a la iniciativa de tratar la perdida de bosques en el contexto de una organización con un objetivo primordial que incluye la promoción de la “expansión” del comercio internacional de maderas tropicales. Pero el hecho de que la OIMT siga moviéndose, junto con el mayor potencial que trae el nuevo Convenio a su trabajo, podría hacer finalmente que la OIMT sea una de las más efectivas organizaciones intergubernamentales que persiguen los objetivos tanto de terminar la deforestación tropical como de aumentar el bienestar de la gente y las comunidades que dependen de los bosques tropicales. PRÓXIMAS REUNIONES SEXTO FORO DE LAS NU SOBRE BOSQUES (FNUB-6): FNUB-6 se desarrollará del 13 al 24 de febrero de 2006 en la sede central de las NU en Nueva York. Esta reunión busca lograr una conclusión sobre las cuestiones que no fueron resueltas en el FNUB-5. Para mayor información, contactar a: Elisabeth Barsk-Rundquist, Secretaría del FNUB; tel: +1-212-963-3262; fax: +1-917-367-3186; correo electrónico: barsk-rundquist@un.org; Internet: http://www.un.org/esa/forests CONFERENCIA DE LIDERAZGO FORESTAL “EL DESAFÍO DE LA SOSTENIBILIDAD”: Este Conferencia se desarrollará del 1 al 2 de marzo de 2006 en Toronto, Canadá. Entre los temas que serán tratados en esta conferencia se incluyen: el planeamiento de largo plazo para la sostenibilidad en la silvicultura; la intensificación de la producción mientras se protege la biodiversidad y el ecosistema; la mejora del hábitat de las comunidades locales a través de prácticas sostenibles; la reconciliación de la sostenibilidad de bosques y el desarrollo financiero; el abordaje de los desafíos y oportunidades que surgen del Protocolo de Kyoto; y la expansión la producción de bioenergía a través de la generación conjunta. Para mayor información, contactar a: Jean-Pierre Kiekens, Presidente, Conferencia de Liderazgo de Bosques; tel: +514-274-4344; fax: +514-277-6663; correo electrónico: conference@forestleadership.com; Internet: http://www.forestleadership.com/ GRUPO DE TRABAJO SOBRE EL MANEJO DE LA VIDA SILVESTRE Y ÁREAS PROTEGIDAS/COMISIÓN DE SILVICULTURA Y VIDA SILVESTRE DE ÁFRICA: Esta Comisión se reunirá del 27 de marzo al 1 de abril de 2006 en Maputo, Mozambique. La decimosexta sesión del Grupo de Trabajo sobre el Manejo de la Vida Silvestre y las Áreas Protegidas de la Comisión de Silvicultura y Vida Silvestre de África, se desarrollará del 27 al 28 de marzo de 2006. A continuación se realizará la decimoquinta sesión de la Comisión de Silvicultura y Vida Silvestre de África, del 29 de marzo al 1 de abril de 2006. Esta sesión examinará las actividades de silvicultura de interés para la región, incluyendo las desarrolladas por la FAO, el seguimiento de las recomendaciones de la última sesión y las actividades relevantes que tuvieron lugar en el marco internacional. También será organizada una sesión especial sobre implementación de la Gestión Forestal Sostenible en África, en la que se incluirán temas como el acceso a fondos para la gestión, el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio a través de la Cooperación Regional y el cumplimiento de la legislación forestal. Para mayor información, contactar a: Pape Djiby Koné, Oficina Regional para África de la FAO; tel: +233-21-675-000 ext. 3202; fax: +233-21-668-427; correo electrónico: pape.kone@fao.org; Internet: http://www.fao.org/forestry/ 21ª SESIÓN DE LA COMISIÓN DE SILVICULTURA DE ASIA-PACÍFICO: La 21ª sesión de la Comisión de Silvicultura de Asia-Pacífico se desarrollará del 17 al 21 de abril de 2006 en Dehradun, India. Los participantes también asistirán a una sesión especial sobre la gestión forestal sostenible en Asia-Pacífico. Para mayor información, contactar a: Patrick Durst, Oficial en Jefe de Silvicultura; tel: +66 2697-4000 fax: +66 2697-4445; correo electrónico: patrick.durst@fao.org; Internet: http://www.fao.org/forestry/site/31093/en 33ª SESIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA DE SILVICULTURA (CES): Esta Comisión se reunirá del 23 al 26 de mayo de 2006, en Zvolen, Eslovaquia. Para mayor información, contactar a: Kit Prins; tel.: +41-22-917 1286 fax: +41-22-917 0041; correo electrónico: christofer.prins@unece.org; Internet: http://www.fao.org/forestry/site/31096/en COIMT-40: La 40ª sesión del COIMT y las sesiones asociadas de los Comités se desarrollarán del 29 de mayo al 2 de junio de 2006 en Mérida, México. Para mayor información, contactar a: Manoel Sobral Filho, Director Ejecutivo de la OIMT; tel: +81-45-223-1110; fax: +81-45-223-1111; correo electrónico: itto@itto.or.jp; Internet: http://www.itto.or.jp Este número del Boletín de Negociaciones de la Tierra © fue escrito y editado por Karen Alvarenga, Ph.D., Deborah Davenport, Ph.D., Twig Johnson, Ph.D., William McPherson, Ph.D., y Peter Wood. Editor de Contenido Digital: Diego Noguera. Traducción al español: Socorro Estrada. Editora: Pamela S. Chasek, Ph.D. . Director de Servicios de Información del IIDS: Langston James “Kimo” Goree VI . El soporte financiero permanente del Boletín es brindado por el Gobierno de los Estados Unidos (a través del Bureau de Océanos y Asuntos Ambientales y Científicos Internacionales del Departamento de Estado), el Gobierno de Canadá (a través de CIDA), la Agencia Suiza para el Medio Ambiente, los Bosques y el Paisaje (SAEFL), el Reino Unido de Gran Bretaña (a través del Departamento para el Desarrollo Internacional - DFID), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca, el Gobierno de Alemania (a través de su Ministerio Federal de Medio Ambiente - BMU, y su Ministerio Federal de Cooperación para el Desarrollo - BMZ), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Países Bajos, y la Comisión Europea (DG-ENV). El soporte financiero general del Boletín durante el año 2006 es brindado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el Gobierno de Australia, SWAN Internacional, el Ministerio de Medio Ambiente de Japón (a través del Instituto para las Estrategias Ambientales Globales - IGES), y el Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón (a través del Instituto de Investigación sobre Industria y Progreso Social Global - GISPRI). El financiamiento para la traducción al francés del Boletín es brindado por la Organización Internacional de la Francofonía y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia. La financiación para la traducción al español del Boletín fue provista por el Ministerio de Medio Ambiente de España. Las opiniones expresadas en el Boletín de Negociaciones de la Tierra son de los autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista del IIDS o de sus auspiciantes. Extractos del Boletín de Negociaciones de la Tierra pueden ser utilizados en publicaciones no comerciales con la cita académica correspondiente. Para obtener información acerca del Boletín de Negociaciones de la Tierra o solicitar su servicio informativo, contacte al Director de Servicios de Información del IIDS por correo electrónico , teléfono: +1-646-536-7556 o en 212 East 47th St.#21F, New York, NY 10017 USA.