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Daily report for 4 November 2009

Los delegados se reunieron en sesión plenaria en la tarde. El grupo de contacto sobre el régimen internacional de APB se reunió durante el día, mientras que el grupo de contacto sobre el programa de trabajo se reunió por la tarde y en la noche.

PLENARIO

Los delegados escucharon los informes de los grupos de contacto y la Copresidente Chung del Grupo de Contacto sobre el Código Ético, señaló que se mantuvieron entre corchetes las referencias al consentimiento previo informado (CPI) y a “las tierras y aguas tradicionalmente ocupadas”. La Copresidente Breier del GT, invitó a los delegados a llevar a cabo consultas informales sobre estas cuestiones, teniendo presente que parte del texto entre corchetes ya había sido acordado por la CdP.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN: Los delegados discutieron un proyecto de recomendación sobre los mecanismos de participación (UNEP/CBD/WG8J/6/CRP.1). Los delegados acordaron fomentar los esfuerzos de creación de capacidades “en previsión de la adopción de un régimen internacional sobre APB y una implementación post 2010.”

Con relación al desarrollo de mecanismos de participación, CANADÁ propuso que se invite no sólo a las partes y a la Secretaría, sino también a los sectores interesados pertinentes a que elaboren medios electrónicos y tradicionales de educación comunitaria y material de sensibilización. CANADÁ propuso que se aclarara que los puntos de contacto nacionales propuestos bajo el Artículo 8 (j) podrían apoyar a los puntos focales nacionales de la CDB a facilitar la comunicación con las comunidades indígenas y locales y promover el efectivo desarrollo y la aplicación del programa de trabajo del Artículo 8 (j). GUATEMALA hizo hincapié en que los medios electrónicos y otros medios de comunicación deben utilizar lenguas indígenas.

Sobre la participación de las comunidades indígenas y locales en la labor de la CDB, CANADÁ propuso recomendar a las partes a que realicen esfuerzos por incluir a las organizaciones indígenas y locales que tengan el mandato de sus respectivas comunidades para representarlas en los procesos de la CDB y propuso que se les brinden las mismas oportunidades para participar de manera efectiva.

GRUPO DE CONTACTO SOBRE APB

CONOCIMIENTO TRADICIONAL: El Copresidente Alexander, del Grupo de Contacto sobre APB, propuso discutir cada una de las cuestiones sobre el conocimiento tradicional abordadas por el grupo de expertos.

Relación entre el acceso y utilización de los recursos genéticos y el conocimiento tradicional asociado: Una Parte sugirió que el conocimiento tradicional debe ser tratado por separado en el régimen internacional y que no se incluya en los elementos de APB. Algunos delegados sostuvieron que el régimen internacional de APB debe reflejar la conexión integral de los recursos genéticos y el conocimiento tradicional. Otra de las partes subrayó la necesidad de la conexión directa entre los recursos genéticos y el conocimiento tradicional para que de esta forma se pueda cubrir al conocimiento tradicional asociado. Una parte destacó la conclusión del grupo de expertos sobre la falta de obligaciones vinculantes para los Estados con respecto al conocimiento tradicional. Otra de las partes destacó que el conocimiento tradicional debe ser integrado en todo el régimen. Un delegado destacó que el uso del conocimiento tradicional asociado a los recursos genéticos desencadena el derecho a la participación en los beneficios.

Un representante indígena destacó la diferencia entre talleres de sensibilización y una consulta nacional y los requisitos del CPI. Un grupo regional hizo un llamado para contar con un enfoque de dos niveles de CPI, donde el CPI nacional es proporcionado por la autoridad nacional competente sujeto al CPI otorgado por una autoridad local competente de las comunidades indígenas y locales. Algunos destacaron la necesidad de coordinar el CPI nacional con el consentimiento previo informado de las comunidades indígenas y locales. Varios destacaron el papel de las autoridades nacionales competentes en la promoción de la observancia del CPI.

Una de las partes hizo un llamado a lograr un consenso para que no se restrinja el intercambio de recursos genéticos entre las comunidades indígenas y locales para fines tradicionales, y para que el régimen internacional se centre en la participación en los beneficios por el uso de los recursos genéticos y conocimiento tradicional asociados. Un participante destacó el reconocimiento que hizo el grupo de expertos de que los pueblos indígenas son los titulares del derecho de propiedad del conocimiento tradicional.

Algunos delegados hicieron hincapié en que el conocimiento tradicional en el dominio público también debe ser parte del régimen internacional de APB. Un grupo regional argumentó que el régimen internacional debe abarcar también el conocimiento tradicional no documentado. Una de las partes endosó las conclusiones del grupo de expertos sobre: evitar la distinción entre el uso comercial y no comercial; generar la participación en los beneficios por el acceso ex situ al conocimiento tradicional; y apoyado por otros delegados también endosó, la distinción entre dominio público y la disponibilidad pública del conocimiento tradicional con referencia a la aplicabilidad de las obligaciones sobre la participación en los beneficios

Definición del conocimiento tradicional asociado con los recursos genéticos en el contexto de APB: Un delegado propuso una definición que incluya las innovaciones y las prácticas del conocimiento tradicional de las comunidades indígenas y locales, cuando estas prácticas e innovaciones representan estilos de vida relevantes para la conservación y el uso de los recursos biológicos y que no están en el dominio público.

Otro delegado llamó la atención sobre la definición de conocimiento tradicional de la OMPI, argumentando que puede no ser necesario contar con una nueva definición en el régimen internacional de APB. Otra de las partes señaló que la OMPI no ha tenido éxito en la búsqueda de una definición, mientras que varios delegados apoyaron la elaboración de una definición de las características comunes del conocimiento tradicional, tal como propone el grupo de expertos

Procedimientos de nivel comunitario y las leyes tradicionales: Varios delegados apoyaron la opinión de que el régimen internacional de APB debería proporcionar los principios básicos para garantizar el respeto de las leyes tradicionales y los procedimientos de nivel comunitario. Un grupo regional apoyó el reconocimiento de estructuras comunitarias y autoridades definidas, y el desarrollo de protocolos de la comunidad, así como contar con un ombudsman para actuar en nombre de las comunidades indígenas y locales.

Algunos destacaron la necesidad de permitir flexibilidad en el régimen internacional debido a la gran diversidad de procedimientos a nivel de la comunidad y de leyes nacionales, en particular con relación a los enfoques sobre la propiedad de los recursos genéticos. Algunas Partes apoyaron el reconocimiento de la diversidad y la naturaleza cambiante de los procedimientos comunitarios con relación al acceso a los recursos biológicos; sobre esto, una parte también apoyó el reconocimiento de los derechos de las comunidades al conocimiento tradicional asociado con los recursos genéticos y el CPI. Varios delegados pidieron la inclusión de una norma de CPI en relación con los procesos de toma de decisiones nacionales.

Las partes hicieron hincapié en que aún está en desarrollo el concepto jurídico de los recursos genéticos. Algunas partes y representantes indígenas destacaron la necesidad de abordar la propiedad del conocimiento tradicional documentado, señalando que las comunidades indígenas y locales deberían conservar el título de propiedad. Un participante destacó que la disponibilidad pública del conocimiento tradicional en bases de datos no implica el libre acceso.

Varios delegados apoyaron la creación de capacidades a nivel comunitario para desarrollar los procedimientos para el acceso al conocimiento tradicional; una parte destacó la necesidad de utilizar las lenguas locales y dialectos. Otros apoyaron la creación de capacidades sobre la base de las disposiciones del Plan de Acción de la CDB sobre la creación de capacidades sobre APB. Los delegados de los países en vías de desarrollo y de algunos países desarrollados pidieron el respeto de las leyes tradicionales y protocolos comunitarios.

Una parte destacó el papel de las autoridades nacionales competentes de informar a los solicitantes sobre los procedimientos de APB, y apoyó que se desarrolle una matriz para aclarar los diferentes niveles de autoridad para obtener el acceso a los recursos genéticos y al conocimiento tradicional. Otra de las partes resaltó que la falta de información sobre los procedimientos de acceso está impidiendo que los usuarios potenciales participen en actividades de bioprospección.

CPI: Algunas partes acordaron que el régimen internacional podría requerir que las leyes nacionales tomen ventaja de las Directrices de Bonn. Destacando la necesidad de mantener flexibilidad en la legislación nacional, una organización regional hizo hincapié en que incluso un requisito de PIC de la comunidad bajo el régimen internacional, no puede reemplazar la normatividad nacional con normas distintas. Tomando nota de que el Artículo 15 de la CDB sólo se refiere al CPI de los estados, una de las partes declaró que debería haber una obligación igualmente requerida en materia de CPI de la comunidad, según lo establecido en decisiones anteriores de la CdP y de las Directrices de Bonn. Un grupo regional y otros delegados consideraron que el Artículo 8 (j) es la base para el requisito de que se obtenga el CPI de las comunidades indígenas y locales cuando se accede a su conocimiento tradicional. Otra parte alegó que el acceso debe basarse en los TMA y se opuso a toda referencia sobre el CPI de la comunidad porque no está contemplado en el artículo 8 (j).

Varias partes, un grupo regional y los representantes indígenas argumentaron que en el derecho internacional hay una base clara para el CPI de las comunidades indígenas y locales, lo cual debe reflejarse en el régimen internacional. Los representantes indígenas y varias partes apoyaron que los instrumentos internacionales de derechos humanos y las Directrices de Bonn son una base para el CPI. Una de las partes señaló la emergente ley consuetudinaria internacional sobre el CPI indígena, como se aprecia en muchos reglamentos nacionales de APB. Otra de las partes se opuso a cualquier requisito de CPI y de TMA en relación con el conocimiento tradicional en el marco del régimen internacional. Otra parte se opuso a remitir al GT sobre APB un “consenso por mayoría” sobre este tema, en cambio sugiriendo que se destaquen los puntos de vista divergentes. Varias partes reconocieron la necesidad de arreglos para la participación en los beneficios por el acceso ex situ al conocimiento tradicional, así como la necesidad de una lista del grupo de expertos de los elementos deseables para el CPI.

Conocimiento tradicional transfronterizo: Algunas Partes sugirieron que se diferencie entre las situaciones nacionales y las regionales. Varias partes apoyaron: el desarrollo de protocolos comunitarios para el CPI del conocimiento tradicional transfronterizo; el establecimiento de fondos fiduciarios para la participación en los beneficios del conocimiento tradicional transfronterizo y la creación de un ombudsman en el marco del régimen internacional para la mediación en los conflictos transfronterizos.

Certificado: Una parte destacó el trabajo de la OMPI sobre conocimiento tradicional. Otros, entre ellos un grupo regional, estuvieron a favor de los certificados para presentar como prueba de contar con el CPI y evidencia de que no se llevó a cabo una apropiación indebida, en particular, se habló de un certificado de observancia de las leyes nacionales. Las Partes también hicieron hincapié en las dificultades de aplicación asociadas con los certificados de origen, donde el conocimiento tradicional es compartido entre varias comunidades.

OBSERVANCIA: Los delegados discutieron sobre cómo las medidas para la observancia podrían tomar en cuenta las leyes tradicionales de las comunidades indígenas y locales. Varios delegados convinieron en que las leyes tradicionales deben ser tomadas en cuenta. Varias de las partes y los representantes indígenas pidieron que el régimen internacional considere los derechos de las comunidades indígenas y locales, incluyendo sus derechos a los recursos genéticos y al conocimiento tradicional asociado. Otra de las partes estuvo de acuerdo en que el respeto de los derechos de las comunidades indígenas y locales constituye la base del CPI y los TMA. Un representante indígena no estuvo de acuerdo en que las bases de datos o registros que respeten el CPI de la comunidad, puedan ser útiles para promover la observancia. Una parte explicó que las bases de datos están destinados a ser un mecanismo defensivo para garantizar que la información pertinente se divulgue la hora de hacer una solicitud de patente.

GRUPO DE CONTACTO SOBRE EL PROGRAMA DE TRABAJO

Los delegados discutieron el texto de los Copresidentes. En cuanto a los informes de avance, los delegados acordaron que la próxima reunión del Grupo de Trabajo se celebrará en paralelo “con el órgano subsidiario o especial apropiado o de otra reunión de la CDB." En materia de la revisión a fondo, los delegados no pudieron ponerse de acuerdo sobre si se debe iniciar la labor de ciertas tareas prioritarias, donde un delegado argumentó que debería revisarse al término de la negociación del régimen internacional de APB y otros argumentando que la CdP dio el mandato de realizar estas tareas, independientemente del status de las negociaciones.

En el programa revisado para el Grupo de Trabajo, varios delegados destacaron que las modalidades para la participación en los beneficios deben ser la prioridad de las reuniones en el futuro, y otros sugirieron que la prioridad deberían ser las áreas protegidas y el cambio climático. Los delegados decidieron eliminar las propuestas detalladas sobre un diálogo a profundidad sobre cambio climático. En materia de los indicadores, se mantuvo entre corchetes la referencia a la “seguridad de la tierra”.

EN LOS PASILLOS

Al concluir el primer intercambio de puntos de vista sobre el elemento del conocimiento tradicional bajo el régimen internacional de APB, algunos participantes expresaron su preocupación de que no se dio la oportunidad de participar en los debates sustantivos de puntos de vista opuestos; y con ello no se dio la posibilidad de que los representantes de las comunidades pudieran ejercer eficazmente presión moral para lograr que sus preocupaciones se tomaran en cuenta en las futuras negociaciones de APB. Otros consideraron que el enfoque del grupo de contacto había sido muy constructivo, evitando confrontaciones innecesarias que están fuera del ámbito de aplicación del Grupo de Trabajo sobre el Artículo 8 (j), allanando de esta manera el camino para un posible acuerdo sobre los elementos clave. Todo el mundo espera que el debate se vuelva más animado una vez que los Copresidentes redacten el proyecto de recomendaciones sobre APB el jueves.

Este número del Boletín de Negociaciones de la Tierra © <enb@iisd.org> fue escrito y editado por Claudio Chiarolla, Elisa Morgera, Ph.D., Tanya Rosen, y Nicole Schabus. Editor Digital: Francis Dejon. Traducción al Español: Gmelina Ramirez. Editora: Pamela S. Chasek, Ph.D. <pam@iisd.org>. Director de los Servicios de Información del IIDS: Langston James “Kimo” Goree VI <kimo@iisd.org>. Los donantes permanentes del Boletín son el Reino Unido (a través del Departamento para el Desarrollo Internacional - DFID), el Gobierno de los Estados Unidos (a través del Buró de Océanos y Asuntos Ambientales y Científicos Internacionales del Departamento de Estado), el Gobierno de Canadá (a través del CIDA), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca, el Ministerio Federal para la Cooperación Económica y el Desarrollo de Alemania (BMZ), el Ministerio de Ambiente, Conservación de la Naturaleza y Seguridad Nuclear de Alemania (BMU), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Países Bajos, la Comisión Europea (DG-ENV), y el Ministerio de Medio Ambiente, Territorio y Mar de Italia. El soporte financiero general del Boletín durante el año 2009 es brindado por el Gobierno de Australia, el Ministerio Federal de Agricultura, Silvicultura, Ambiente y Gestión del Agua de Austria, el Ministerio de Medio Ambiente de Suecia, el Ministerio de Asuntos Internacionales y Comercio de Nueva Zelanda, SWAN Internacional, la Oficina Federal para el Medio Ambiente de Suiza (FOEN), el Ministerio de Asuntos Exteriores de Finlandia, el Ministerio de Medio Ambiente de Japón (a través del Instituto para las Estrategias Ambientales Mundiales - IGES), el Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón (a través del Instituto de Investigación Mundial sobre Progreso Industrial y Social - GISPRI), el Gobierno de Islandia, y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). La financiación para la traducción al español del Boletín en esta reunión es provista por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de España. Las opiniones expresadas en el Boletín pertenecen a sus autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista del IIDS o sus auspiciantes. Está permitida la publicación de extractos del Boletín en publicaciones no comerciales y con la correspondiente cita académica. Para obtener información acerca del Boletín o solicitar su servicio informativo, contacte al Director de los Servicios Informativos del IIDS por correo electrónico <kimo@iisd.org>, teléfono: +1-646-536-7556 o en 300 East 56th St., 11A, Nueva York, Nueva York 10022, Estados Unidos de América. El equipo del BNT en Art. 8 (j)-6 puede ser contactado por correo electrónico escribiendo a <elisa@iisd.org>.

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