Curtain raiser
La Quinta reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) que actúa como Reunión de las Partes en el Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología (CdP/RdP 5) se inaugura hoy en Nagoya, Prefectura de Aichi, Japón, y continuará hasta el 15 de octubre de 2010. A esta reunión la precedió la Cuarta reunión del Grupo de amigos de los Copresidentes sobre responsabilidad y reparación (CPRR 4) en el contexto del Protocolo sobre seguridad de la biotecnología, y la seguirá la décima reunión de la Conferencia de las Partes (CdP 10) en el CDB.
La CdP/RdP 5 tratará varios temas relacionados con la aplicación del Protocolo, incluyendo entre otras: cumplimiento; el Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología (CIISB); creación de capacidad; mecanismo y recursos financieros; y cooperación con otras organizaciones, convenios e iniciativas. En la reunión también se considerarán cuestiones sustantivas derivadas del Programa de Trabajo a Medio Plazo y las decisiones previas de la CdP/RdP, concretamente: manipulación, transporte, envasado e identificación (MTEI) de organismos vivos modificados (OVM); evaluación del riesgo y gestión del riesgo; evaluación y revisión; y concienciación y participación del público.
La CPRR 4 se reunió del 5 al 10 de octubre para tratar temas destacados relacionados con el proyecto de Protocolo Suplementario sobre responsabilidad y reparación en el contexto del Protocolo de seguridad en la biotecnología, en concreto la seguridad financiera, la definición de “OVM y sus productos”, y el preámbulo, así como el proyecto de decisión de la CdP-RdP que adopta el protocolo suplementario y el título del protocolo suplementario. Originalmente programada para tres días, la reunión se prolongó sábado y domingo, continuándose las consultas informales todavía la noche del domingo. Los delegados acordaron una cláusula habilitante sobre seguridad financiera y resolvieron todas las cuestiones relativas al preámbulo y a las decisiones de la CdP/RdP. Las negociaciones sobre la definición de OVM y sus productos continuaban la noche del domingo.
BREVE HISTORIA DEL PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD EN LA BIOTECNOLOGÍA
El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología se ocupa de la transferencia, manipulación y utilización de los OVM que puedan tener un efecto adverso sobre la diversidad biológica, teniendo en cuenta la salud humana y enfocado en los movimientos transfronterizos de OVM. Incluye un procedimiento de consentimiento fundamentado previo (CFP) para la importación de organismos vivos modificados para introducirlos intencionalmente en el medio ambiente, y también incorpora el enfoque precautorio y mecanismos para la evaluación del riesgo y la gestión del riesgo.
El Protocolo establece un CIISB para facilitar el intercambio de información, y contiene disposiciones sobre la creación de capacidad y los recursos financieros, con especial atención en los países en desarrollo y en aquellos sin sistemas nacionales de regulación. El Protocolo entró en vigor el 11 de septiembre de 2003, y cuenta actualmente con 160 Partes.
PROCESO DE NEGOCIACIÓN: En 1995, la CdP 2 del CDB en Yakarta, Indonesia, estableció un Grupo de Trabajo sobre Seguridad en la Biotecnología (GTSB), para cumplir con el Artículo 19.3 del CDB, que solicita a las Partes que consideren la necesidad, y las modalidades, de un protocolo que estableciera procedimientos en el campo de la transferencia, la manipulación y la utilización seguras de OVM resultantes de la biotecnología que pudieran tener efectos adversos sobre la diversidad biológica y sus componentes.
El GTSB se reunió seis veces entre 1996 y 1999. En las primeras dos reuniones se identificaron elementos para el futuro protocolo y se ayudó a articular posiciones. La GTSB 3 desarrolló un proyecto consolidado de texto que serviría como base para la negociación. La cuarta y quinta reuniones se concentraron en reducir y mejorar las opciones para cada artículo del proyecto de protocolo. En la última reunión del GTSB (febrero de 1999, Cartagena, Colombia) los delegados procuraron completar las negociaciones y enviar el proyecto del protocolo a la primera Reunión Extraordinaria de la CdP (ExCdP), convocada inmediatamente después del GTSB 6. A pesar de las intensas negociaciones, los delegados no pudieron acordar un paquete de compromiso que concluyera la redacción del protocolo, y la reunión se suspendió. Las cuestiones que quedaron pendientes fueron, entre otras: el alcance del protocolo; su relación con otros acuerdos, especialmente con aquellos relacionados con el comercio; su referencia a la precaución; el tratamiento de los OVM para alimentación, forraje o procesamiento (OVM-AFP); la responsabilidad y reparación; y los requisitos de documentación.
Tras la suspensión de la ExCdP, hubo tres series de consultas informales que involucraron a los cinco grupos de negociación que emergieron durante las negociaciones: el Grupo de Europa Central y del Este, el Grupo de Compromiso (Japón, México, Noruega, República de Corea y Suiza, a los que más tarde se unirían Nueva Zelanda y Singapur); la UE; el Grupo de Países Afines (la mayoría de los países en desarrollo); y el Grupo de Miami (Argentina, Australia, Canadá, Chile, Estados Unidos y Uruguay). Se alcanzó un compromiso sobre las cuestiones pendientes y la continuación de la ExCdP adoptó el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología el 29 de enero de 2000 en Montreal, Canadá. La reunión también estableció el Comité Intergubernamental del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología (CIPC) para que hiciera preparativos para la CdP/RdP 1, y solicitó a la Secretaría Ejecutiva del CDB que preparara el trabajo para desarrollar un CIISB. Durante una ceremonia especial durante la CdP 5 (mayo de 2000, Nairobi, Kenya), 67 países y la Comunidad Europea firmaron el Protocolo.
PROCESO DEL CIPC: El CIPC se reunió tres veces entre diciembre de 2000 y abril de 2002, centrado en: intercambio de información y el CIISB; creación de capacidades y lista de expertos; procedimientos de toma de decisiones; cumplimiento; MTEI; seguimiento y presentación de informes; y responsabilidad y reparación.
CdP/RdP 1: En su primera reunión (febrero de 2004, Kuala Lumpur, Malasia) la CdP/RdP adoptó decisiones sobre: intercambio de información y el CIISB; creación de capacidades; procedimientos para la toma de decisiones; MTEI; cumplimiento; responsabilidad y reparación; seguimiento y presentación de informes; la Secretaría; orientación para el mecanismo financiero; y el programa de trabajo a medio plazo. Los delegados también acordaron elementos sobre la documentación de OVM-AFP, quedó pendiente una decisión sobre el detalle de los requerimientos, y llegaron a un acuerdo sobre requerimientos de documentación más detallados para la introducción directa de OVM en el medio ambiente. En esta reunión se estableció un Comité de Cumplimiento, y se creó el Grupo de Trabajo sobre Responsabilidad y Reparación (GTRR), copresidido por Jimena Nieto (Colombia) y René Lefeber (Países Bajos) para desarrollar reglas y procedimientos internacionales en el campo de la responsabilidad y la reparación de daños causados por los movimientos transfronterizos de OVM en el contexto del Protocolo.
GTRR 1: En su primera reunión (mayo de 2005, Montreal, Canadá) el Grupo Trabajo escuchó presentaciones sobre: análisis científico y evaluación del riesgo; responsabilidad estatal y responsabilidad internacional; y discutió opciones, enfoques y cuestiones que deberían ser consideradas en la elaboración de las reglas y procedimientos internacionales sobre responsabilidad y reparación.
CdP/RdP 2: Durante su segunda reunión (mayo-junio de 2005, Montreal, Canadá), la CdP/RdP adoptó decisiones sobre la creación de capacidad y concienciación y participación pública; y acordó el establecimiento de un grupo de expertos técnicos que trabajara entre sesiones en evaluación y gestión de riesgos. La CdP/RdP 2 no pudo alcanzar acuerdos sobre el detalle de los requerimientos de documentación de los OVM-AFP, que debían ser aprobados “a más tardar dos años después de la entrada en vigor del Protocolo”.
GTRR 2: En su segunda reunión (febrero de 2006, Montreal), el Grupo de Trabajo se centró en un documento de trabajo de los Copresidentes que sintetizaba los textos y posiciones propuestos por los gobiernos y otros sectores interesados sobre enfoques, opciones y cuestiones de responsabilidad y reparación; y produjo una lista indicativa, no negociada y no exhaustiva, de criterios para la evaluación de la efectividad de cualesquiera reglas y procedimientos referidos en el marco del Artículo 27 del Protocolo.
CdP/RdP 3: En su tercera reunión (marzo de 2006, Curitiba, Brasil), la CdP/RdP adoptó los requisitos detallados de documentación e identificación de los OVM-AFP, y consideró varias cuestiones relacionadas con hacer el Protocolo operativo, entre las que se incluía financiación para la aplicación de los marcos nacionales de seguridad en la biotecnología, evaluación de riesgos, derechos y responsabilidades de las Partes en tránsito, mecanismo financiero y creación de capacidad.
GTRR 3: En su tercera reunión (febrero de 2007, Montreal, Canadá), el Grupo de Trabajo continuó trabajando con base en el proyecto de texto de síntesis. Los Copresidentes presentaron al Grupo de Trabajo un anteproyecto de la decisión de la CdP/RdP sobre reglas y procedimientos internacionales en el campo de la responsabilidad y la reparación.
GTRR 4: En su cuarta reunión (octubre de 2007, Montreal, Canadá), el Grupo de Trabajo se centró en racionalizar las opciones para redactar un texto operativo sobre daño, enfoques administrativos y responsabilidad civil, logrando un texto consolidado que sería la base de subsecuentes negociaciones.
GTRR 5: En su quinta reunión (marzo de 2008, Cartagena de Indias, Colombia), el Grupo de Trabajo continuó elaborando opciones para las reglas y procedimientos de responsabilidad y reparación en base a un proyecto de documento de trabajo compilado por los Copresidentes. Los delegados acordaron ciertos elementos clave, entre los que se incluía la definición de daño, y siguieron racionalizando las opciones restantes. El Grupo de Trabajo decidió que convocaría a un Grupo de Amigos de los Co-Presidentes inmediatamente antes de la CdP/RdP 4 para que considerara las cuestiones pendientes, incluyendo el estándar de responsabilidad, la causalidad y la elección de un instrumento.
CdP/RdP4: La cuarta reunión de la CdP/RdP (mayo de 2008, Bonn, Alemania) marcó la fecha límite para adoptar una decisión sobre las reglas y procedimientos internacionales para la responsabilidad y la reparación. Aunque la reunión no adoptó un régimen internacional, los delegados decidieron que el Grupo de Amigos de los Copresidentes se reuniera de nuevo para completar las negociaciones sobre un régimen internacional sobre responsabilidad y reparación con base en un compromiso que preveía un protocolo suplementario legalmente vinculante centrado en un enfoque administrativo pero que incluyera una disposición legalmente vinculante sobre responsabilidad civil que se complementaría con directrices no legalmente vinculantes sobre responsabilidad civil. La CdP/RdP 4 también adoptó decisiones sobre, entre otros asuntos: el Comité de Cumplimiento; MTEI; el CIISB; creación de capacidad; consideraciones socioeconómicas; evaluación y gestión de los riesgos; mecanismo y recursos financieros; y órganos subsidiarios.
HECHOS DESTACADOS ENTRE SESIONES
RESPONSABILIDAD Y REPARACIÓN: El Grupo de Amigos de los Copresidentes (CPRR) se reunió cuatro veces para seguir negociando las reglas y procedimientos internacionales sobre responsabilidad y reparación. En su primera reunión (febrero de 2009, Ciudad de México, México) las Partes acordaron negociar un protocolo suplementario y desarrollaron un proyecto de protocolo que establecía un enfoque administrativo a la responsabilidad y reparación e incluía una disposición habilitante sobre responsabilidad civil. En la segunda reunión (febrero de 2010, Putrajaya, Malasia) se lograron avances importantes en la elaboración de una disposición lealmente vinculante sobre responsabilidad civil pero no se concluyeron las negociaciones sobre esta y otras cuestiones pendientes, incluyendo definiciones de “operador”, “productos” de OVM y “amenaza inminente de daño”, objetivo del protocolo suplementario, y seguridad financiera. En la tercera reunión (junio de 2010, Kuala Lumpur, Malasia), se llegó a un acuerdo sobre responsabilidad civil así como sobre varias otras cuestiones, incluyendo entre otras: la relación con otros acuerdos, “amenaza inminente de daño” y la definición de “operador”. Los delegados decidieron que el CPRR se reuniera de nuevo inmediatamente antes de la CdP/RdP 5 para tratar las cuestiones pendientes relativas a la definición de “productos” de OVM y seguridad financiera.
EVALUACIÓN DEL RIESGO Y GESTIÓN DEL RIESGO: La evaluación del riesgo y gestión del riesgo se trataron en dos reuniones del Grupo Específico de Expertos Técnicos (GEET), cada uno con información procedente de una serie de consultas por Internet. La primera reunión (abril de 2009, Montreal, Canadá) elaboro un proyecto de hoja de ruta de pasos para la evaluación del riesgo para todo tipo de OVM y una lista de temas prioritarios para elaborar materiales orientativos para tipos concretos de OVM. La segunda reunión (abril de 2010, Ljubljana, Eslovenia) revisó la hoja de ruta y elaboró orientaciones para tipos concretos de OVM, incluyendo OVM con genes o segmentos agrupados, cultivos modificados genéticamente con tolerancia al estrés abiótico, y mosquitos modificados genéticamente.
CREACIÓN DE CAPACIDAD: Las actividades entre sesiones para la creación de capacidad incluyen un foro por Internet sobre la creación de capacidad para la integración de la seguridad en la biotecnología en los planes nacionales de desarrollo, dos reuniones de Grupo de Relación sobre la creación de capacidad y una serie de talleres de capacitación de capacitadores sobre identificación y documentación de OVM.
CUMPLIMIENTO: El Comité de Cumplimiento se reunió tres veces (noviembre de 2008, Kuala Lumpur, Malasia; y noviembre de 2009 y septiembre de 2010 en Montreal, Canadá). Consideró, entre otros asuntos, cuestiones generales relativas al cumplimiento derivado de los primeros informes nacionales actualizados, cumplimiento de la obligación de poner la información a disponibilidad del CIISB, y cómo mejorar el papel de apoyo del comité en la aplicación.
MTEI: Se llevó a cabo un foro por Internet sobre estándares de MTEI en mayo/junio de 2009 para considerar los estándares y organismos que establecen estándares de MTEI, posibles lagunas en los estándares, y lagunas con respecto a tipos concretos de OVM y en relación con el objetivo del Protocolo.
INFORME DE LA CPRR 4
La Copresidenta Jimena Nieto (Colombia) inauguró la reunión el miércoles 5 de octubre de 2010, instando urgentemente a los participantes a alcanzar consenso sobre las cuestiones pendientes para presentar un proyecto final de protocolo suplementario para que lo adopte la CdP/RdP 5. Charles Gbedemah, en nombre del Secretario Ejecutivo del CDB Ahmed Djoghlaf, dijo que la adopción del Protocolo suplementario sería un regalo para el Año Internacional de la Biodiversidad. Los delegados adoptaron el programa y la organización de la reunión (UNEP/CBD/BS/GF-L&R/4/1 y 1/Add.1).
PROTOCOLO SUPLEMENTARIO SOBRE RESPONSABILIDAD Y REPARACIÓN
Los delegados discutieron las cuestiones pendientes basándose en el proyecto de texto suplementario contenido en el Anexo I del informe de la tercera reunión del Grupo de Amigos de los Copresidentes (UNEP/CBD/BS/GF-L&R/4/2). El Copresidente René Lefeber (Países Bajos) dijo que los Copresidentes harían propuestas sobre las cuestiones pendientes relativas a los encabezados y el preámbulo con miras a preservar la consistencia del texto para asegurar que se pudiera adoptar el protocolo suplementario durante la CdP/RdP 5.
DEFINICIÓN DE “OVM Y SUS PRODUCTOS” EN RELACIÓN AL ALCANCE (ARTÍCULO 3.2): El Copresidente Lefeber sugirió que se insertara la redacción del Anexo III del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología (Evaluación de Riesgos), que define los productos de OVM como “materiales procesados que tienen su origen en un OVM, que contengan combinaciones nuevas detectables de material genético replicable que se hayan obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna” en la disposición sobre el alcance. Añadió que esto se aplicaría sólo a los daños causados por los OVM originarios de movimientos transfronterizos. Bolivia, Japón y Malasia se opusieron a la propuesta, y Bolivia destacó que el término “sus productos” sólo debería aplicarse a materiales vivos. El Copresidente Lefeber recordó que había un entendimiento de que “sus productos” se referiría también a material no vivo.
Bolivia, con apoyo de Ecuador y México, propuso que se utilizara la propuesta de los Copresidentes como una definición independiente, y México agregó “y que pueda replicarse en el medio ambiente” para pulir la definición. Ucrania hizo notar que también deberían considerarse los productos de OVM capaces de replicarse en un laboratorio. Filipinas dijo que apoyaría la propuesta de México si podía cualificarse la definición para evitar que se malinterpretara “replicación”. México hizo notar que no era necesario definir “sus productos” pues el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología se refiere sólo a OVM. Respecto a la definición propuesta dijo que el término “material genético replicable” en el contexto de la evaluación de riesgo se refería a una amplia variedad de materiales, incluyendo productos de OVM, y con apoyo de Ucrania, hizo énfasis en la necesidad de pulirla.
El Grupo Africano apoyó la propuesta de los Copresidentes, mientras que la UE dijo que podría estar de acuerdo con la sugerencia de México y Bolivia a condición de que se agregara la definición al artículo sobre el alcance. La UE mostró preocupación de que utilizar la redacción del Anexo sobre Evaluación de Riesgo, relevante en el contexto del procedimiento del Consentimiento Informado Previo (CIP), pudiera ampliar el alcance del protocolo suplementario, originando numerosas cuestiones legales y evitando la gestión práctica del protocolo suplementario. Malasia respondió que utilizar esa redacción no necesariamente implicaba una relación con el procedimiento del CIP, pues dicha redacción también se encuentra en otras partes del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología. Bolivia alertó sobre limitar el alcance del protocolo suplementario y, citando los avances en la tecnología, sugirió que se tratara el tema a escala nacional cuando se aplicara el protocolo suplementario.
Japón dijo que no podían tratarse los daños causados por los OVM sin hacer referencia a la idea de productos de OVM y propuso como redacción alternativa “OVM incluyendo OVM contenidos en productos”.
El jueves por la mañana los delegados continuaron discutiendo las tres propuestas: la de los Copresidentes, la de Bolivia enmendada por México, y la de Japón. Japón, con apoyo de la UE, se oponía al uso del término “sus productos”, explicando que era inadecuado para describir los OVM contenidos en productos que no fueran necesariamente productos de OVM. La UE subrayó la necesidad de claridad legal . Ucrania dijo que la redacción del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología abarcaba las preocupaciones de Japón dado que se refería también a OVM utilizados en industrias procesadoras. Sudáfrica, Malawi, Ecuador y Brasil expresaron su disposición a apoyar la propuesta bolivio-mexicana, a pesar de tener reservas similares respecto a “sus productos”. Namibia hizo notar que la propuesta de los Copresidentes parecía enfatizar el término “sus productos”. Los Copresidentes retiraron su propuesta.
Varios delegados, incluyendo los de Malasia, Filipinas y Bolivia, subrayaron la importancia de una definición que se relacionara con el Anexo I del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología (información requerida en la notificaciones en el marco del procedimiento de CIP). México pidió que se aclarara qué sustancias requerían regulación. Bolivia dijo que la regulación era para OVM y productos derivados de OVM con potencial para afectar el uso sostenible de la biodiversidad teniendo en cuenta la salud humana, agregando que esto era consistente con el texto del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología. Camerún respondió que no era necesario redefinir las disposiciones del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología, sino introducir una redacción relevante en el protocolo suplementario para permitir la reparación allí donde hubiera daño.
Colombia sugirió reescribir la propuesta bolivio-mexicana como una definición de “productos” y borrando la referencia a la replicación en el medio ambiente, para combinarla con la propuesta japonesa.
Tras consultas informales, Malasia presentó una propuesta de acuerdo que consistía en una enmienda de la propuesta bolivio-mexicana declarando que “sus productos” incluía materiales que fueran “capaces de replicarse en el medio ambiente”. Paraguay, Sudáfrica, India y China solicitaron tiempo para considerar la propuesta, e India y China hicieron notar que la decisión cambiaría el alcance del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología y solicitaron posponer la decisión hasta la CdP/RdP 5.
Japón, Brasil, la UE, Noruega, Suiza, Ucrania y el Grupo Africano aceptaron la propuesta; Japón solicitó que el informe de la reunión reflejara su entendimiento de que la definición se refería a OVM; Brasil pidió que se aclarara la diferencia entre “son capaces de replicarse” y la redacción anterior “pueden replicarse”, y la UE hizo notar que la definición no brindaba claridad legal. Filipinas sugirió hacer referencia a los OVM que eran capaces de “reproducirse naturalmente en el medio ambiente” para aclarar la definición. Paraguay expresó su disposición a considerar la propuesta.
La tarde del viernes el Copresidente Lefeber preguntó si todas las Partes podían aceptar la propuesta de acuerdo, incluyendo la enmienda filipina. Malasia explicó que se había llegado a un acuerdo tras difíciles negociaciones que implicaban concesiones de todas las posiciones y no debería enmendarse. Namibia explicó que la enmienda introduciría una nueva distinción entre los organismos vivos y los no vivos modificados, desviándose del Protocolo sobre Seguridad en la Biotecnología, que utiliza el término replicación. Preocupado por las interpretaciones divergentes de la definición, la UE pidió argumentos claros a aquellos que se oponían al término “que se reproducen naturalmente”. Paraguay hizo notar que había recibido instrucciones de aceptar la propuesta de acuerdo con la enmienda de Filipinas y, junto con India, instó a Filipinas a no retirar su propuesta.
Tras otra ronda de consultas informales, el Copresidente Lefeber sugirió que los países que tenían problemas con la redacción de acuerdo, registraran lo que entendían en el informe de la reunión o en un pie de página de la definición. India propuso dos notas a pie de página: la primera declarando que China, India, Japón Paraguay y Filipinas entendían que “que se repliquen” significaba “OVM que se reproducen naturalmente” y la segunda declarando que Paraguay se reservaba el derecho a reabrir el debate en la CdP/RdP 5. Malasia solicitó que se incluyera en el informe de la reunión que la redacción sobre “productos de OVM” se había acordado tras prolongadas negociaciones y reflejaba el acuerdo de un gran número de países con el objetivo de dar la máxima libertad de acción a las Partes para aplicar totalmente las disposiciones sobre responsabilidad y reparación.
Bolivia, Ucrania, la República de Corea, Perú y el Grupo Africano excepto Sudáfrica desearon que se les asociara en el informe con la declaración de Malasia, mientras que la UE, Suiza y Nueva Zelanda alertaron contra registrar diferentes formas de entender una definición. Los delegados discutieron entonces varias opciones para resolver la cuestión, sin llegar a ningún acuerdo. El viernes por la noche y todo el sábado hubo más consultas informales.
El sábado por la tarde Malasia sugirió que se borraran tanto la propuesta de definición de “sus productos” y reemplazar la referencia a “sus productos” con “OVM en el contexto del Protocolo de Seguridad en la Biotecnología”. India, Paraguay, China y Filipinas propusieron en vez de ello “como los define el Protocolo de Seguridad en la Biotecnología”, haciendo notar la necesidad de una referencia clara a la definición de OVM. Colombia propuso “como se hace referencia” como un acuerdo, a lo que se opuso India. La UE y Nueva Zelanda destacaron la importancia de transmitir un texto limpio a la CdP/RdP y, junto con Brasil y Noruega, indicó que podría aceptar las tres propuestas.
Las consultas informales continuaron el domingo. El domingo por la noche el Copresidente Lefeber invitó a Filipinas, India, China, Paraguay, Japón, el Grupo Africano excepto Sudáfrica, Bolivia, Malasia y Perú a realizar otra ronda de consultas informales enfocándose en construir un entendimiento de la posición de los demás. Anunció que la reunión sesionaría más tarde para resolver la cuestión en el plenario y adoptar el informe de la reunión. Las consultas continuaron durante la noche.
SEGURIDAD FINANCIERA (ARTÍCULO 10): El miércoles los delegados discutieron largo rato si incluir una disposición habilitante que permitiera a los países requerir a un operador que estableciera seguridad financiera. Paraguay, Brasil, México y Sudáfrica solicitaron que se borrara el texto, mientras que Malasia, Bolivia, Camerún, Perú, India, Ucrania y Noruega insistieron en que se incluyera.
En lugar de mantener la provisión, Brasil propuso que se incluyera una redacción en el preámbulo que reflejara la importancia de la seguridad financiera y se solicitara a la Secretaría que preparara un documento técnico sobre las consecuencias de un esquema de seguridad financiera. México agregó que no era práctico identificar un operador para la seguridad financiera, e hizo notar que la disposición actual no era consistente con otras partes del protocolo suplementario. Sudáfrica cuestionó la necesidad de una disposición sobre seguridad financiera. El Grupo Africano excepto Sudáfrica se opuso a borrar el texto, haciendo notar que ello significaría que el protocolo suplementario se adoptaba sin una referencia operativa a la seguridad financiera y que tal referencia no podría agregarse tras la adopción del protocolo suplementario. Junto con Bolivia, Perú, India, Malasia y Ucrania, apoyó que se mantuviera el texto, señalando que la disposición no impondría una obligación de seguridad financiera, sino que simplemente permitiría a los países tal financiación en su legislación nacional. Malasia recordó concesiones previas a este respecto y objetó a la “violación general de la soberanía nacional” implicada por la eliminación del texto.
En la discusión subsecuente México, Paraguay y Brasil se mostraron preocupados de que una disposición sobre seguridad financiera afectara negativamente el comercio internacional. Varios países instaron a llegar a un acuerdo sobre el protocolo suplementario. Haciendo notar la limitada flexibilidad de varios países sobre este tema, el Copresidente Lefeber sugirió una serie de reuniones “confesionales” bilaterales durante las cuales cada Parte revelaría confidencialmente a los Copresidentes la conclusión de sus instrucciones, permitiéndoles determinar si había lugar para un acuerdo.
El jueves el Copresidente Lefeber informó que Brasil, México, Paraguay y Sudáfrica habían indicado que no podían aceptar una referencia a la seguridad financiera en el texto operativo y que los había invitado a proporcionar un acuerdo alternativo. Brasil, con apoyo de Paraguay, expresó de nuevo su propuesta para incluir una referencia en el preámbulo y para realizar un estudio técnico, explicando que el estudio podría analizar cuestiones comerciales y económicas relevantes. Malasia se opuso enérgicamente, haciendo notar que “el comercio no puede destruir la biodiversidad”, y que debería incluirse la disposición en el texto operativo. Respondiendo a que “el comercio no puede destruir la biodiversidad”, Brasil junto con México, sugirió consultas informales para llegar a un acuerdo. Malasia estuvo de acuerdo con las consultas informales a condición de que las Partes decían estar dispuestas a discutir la inclusión de la disposición en el texto operativo. Namibia preguntó por qué se sujetaba a tal escrutinio a esta disposición en concreto, cuando se aceptaban otras cláusulas a pesar de que se reconocían incertidumbres similares respecto a su aplicación.
Los delegados a favor de eliminar la disposición resumieron sus preocupaciones de que la industria aseguradora no financiaba en la actualidad ningún producto adecuado para proteger el medio ambiente. Citando ejemplos en los que los gobiernos o las universidades eran responsables de la compensación como operadores, Suiza dijo que había posibilidades de tratar la falta de productos de aseguradoras. Namibia agregó que siempre había un espíritu empresarial para crear tales productos.
Los delegados continuaron las negociaciones en una reunión informal entre Paraguay, Brasil, México y Sudáfrica por un lado y el resto del Grupo Africano, Malasia, Bolivia y Perú por el otro. El grupo se reunió la tarde del jueves y todo el día el viernes.
El viernes por la tarde Malasia informó que las Partes habían acordado una redacción que declaraba que: las Partes mantenían el derecho a proporcionar seguridad financiera en su legislación nacional; deberían ejercitar este derecho de forma consistente con sus derechos y obligaciones en el marco de la legislación internacional, teniendo en cuenta los tres últimos párrafos del preámbulo del Protocolo sobre seguridad en la biotecnología. También acordaron que la primera CdP/RdP tras la entrada en vigor del Protocolo suplementario debería solicitar al Secretario Ejecutivo que realizara un estudio sobre las modalidades de los mecanismos de seguridad financiera y que evaluara los impactos ambientales, económicos y sociales, particularmente en los países en desarrollo, así como que identificara a las entidades adecuadas para proporcionar seguridad financiera. Explicó que su texto reemplazaría la disposición original del Artículo 10 y que el artículo sobre evaluación y revisión (Artículo 13) se enmendaría para declarar que la primera revisión del protocolo suplementario debería incluir una revisión de la efectividad de este artículo.
Japón propuso cualificar la seguridad financiera declarando “la cual es necesaria y razonable para la aplicación de las medidas de respuesta en el marco de este protocolo suplementario. Nueva Zelanda propuso hacer referencia a “seguridad financiera razonable”. Tras la enérgica oposición de Brasil, Paraguay y Malasia se retiraron ambas propuestas.
Los delegados adoptaron la disposición tras hacer varios cambios de edición al párrafo final.
Resultado: El Nuevo texto del Artículo 10 establece que las Partes mantienen el derecho a sufragar la seguridad financiera en su legislación nacional; que deberían ejercer este derecho de forma consistente con sus derechos y obligaciones en el marco de la ley internacional, teniendo en cuenta los últimos tres párrafos del preámbulo del Protocolo sobre seguridad en la biotecnología; y que la primera CdP/RdP tras la entrada en vigor del protocolo suplementario debería solicitar al Secretario Ejecutivo que realizara un estudio de las modalidades de mecanismos de seguridad financiera y que evaluara los impactos ambientales, económicos y sociales, particularmente en los países en desarrollo, así como que identificara las entidades apropiadas para proporcionar seguridad financiera. El Artículo 13 sobre evaluación y revisión incluye ahora referencias a que la primera revisión de la efectividad del protocolo suplementario debería incluir una revisión de la efectividad del Artículo 10.
PREÁMBULO: El sábado por la tarde los delegados acordaron introducir un nuevo párrafo en el preámbulo que tiene en cuenta el Principio 13 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo. El domingo, tras consultas informales, los delegados acordaron una referencia haciendo notar las iniciativas del sector privado relativas a los recursos en caso de daños a la diversidad biológica causados por OVM.
TÍTULO: La tarde del sábado los delegados propusieron que el título del protocolo suplementario fuera “El protocolo suplementario de Nagoya-Kuala Lumpur sobre responsabilidad y reparación al Protocolo de Cartagena sobre seguridad en la biotecnología”, con el que los delegados estuvieron de acuerdo.
DECISIÓN DE LA CDP/RDP: El proyecto de decisión de la CdP/RdP sobre responsabilidad y reparación que trata el protocolo suplementario, las directrices sobre responsabilidad civil, medidas de compensación suplementaria adicionales, y medidas complementarias de creación de capacidad se discutió brevemente el miércoles y de nuevo el sábado por la noche y el domingo. El miércoles por la mañana los delegados decidieron que no considerarían las directrices en esta reunión y tentativamente acordaron que se eliminarían durante la CdP/RdP.
El domingo, los delegados discutieron en consultas informales medidas suplementarias de compensación. Malasia informó sobre la redacción de acuerdo que establece que las situaciones en las que los costos de las medidas de respuesta para reparar el daño no han sido reparadas por las medidas de respuesta como las define el protocolo suplementario, pueden tratarse con medidas de compensación adicionales o suplementarias que pueden incluir arreglos que puedan tratarse en la CdP/RdP. Un segundo párrafo establece que estas medidas pueden incluir un arreglo de compensación colectiva suplementario cuyos términos de referencia se decidirían durante la CdP/RdP.
En el primer párrafo, Namibia dijo que el texto debería reflejar el hecho de que la incapacidad de reparar el daño por parte de las autoridades competentes se debía a la falta de financiación adecuada o a la incapacidad de recuperar los costes en los que incurría la Parte responsable. Camerún propuso hacer referencia a los costes y el daño no reparado como “no recuperado” o “insuficiente”. La UE propuso “no se han cubierto adecuadamente” y Malasia pidió que se borrara “adecuadamente”.
Sudáfrica pidió ejemplos de medidas compensatorias suplementarias existentes. El Copresidente Lefeber hizo notar que, aunque no había ninguno para casos de movimientos transfronterizos de OVM, los mecanismos del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y su eliminación había elaborado decisiones sobre medidas compensatorias. Los participantes acordaron el siguiente texto final: “Cuando el coste de las medidas de respuesta al daño previstas en el protocolo suplementario no se hayan recuperado, en tal situación pueden aplicarse medidas de compensación adicionales y suplementarias”.
EN LOS PASILLOS
A muchos delegados les exasperó la dificultad para llegar a acuerdos en dos cuestiones principales pendientes en el texto del protocolo suplementario sobre responsabilidad y reparación: la seguridad financiera y la definición de OVM y sus productos. Se especulaba con diferentes teorías para explicar por qué las negociaciones resultaron ser tan difíciles. Algunos culpaban al complejo reto de mantener el alcance del protocolo suplementario en línea con el Protocolo de seguridad en la biotecnología, y a la vez considerar futuros desarrollos tales como los procesos de síntesis biológica u OVM que utilicen transfers binarios. Otros sospechaban que la creciente influencia de la industria biotecnológica estaba dirigiendo a algunos países a asumir posiciones más polarizadas: algunos países querían asegurarse suficiente libertad de acción para aplicar la legislación nacional de seguridad en la biotecnología que consideraran adecuada para aplicar de manera eficaz el Protocolo de seguridad en la biotecnología; otros estaban más interesados en mantener libertad de acción para las actividades de la industria. Algunos abogados en la sala hicieron notar que, desde el punto de vista legal, las diferencias que quedaban entre las propuestas parecían ser más bien pequeñas. Explicaban que los desacuerdos provenían de la creciente desconfianza entre las Partes: “cada uno acusa al otro de tratar de timarlos y ambos deducen de las propuestas cosas que nadie más en la sala verá jamás”. Las evaluaciones preliminares de los resultados reflejaron las posiciones de las Partes durante la negociación: mientras que unos lamentaban que durante las negociaciones se hubiera perdido la mayor parte de la sustancia del protocolo suplementario, los otros aplaudían el resultado como razonable y no abiertamente restrictivo. Sin embargo, a ambas partes preocupaban los casos restantes de “falta de claridad legal”, esperando que el grupo de redacción legal que se espera que se reúna durante la primera mitad de la CdP/RdP 5 resolviera algunos de ellos.
Al acercarse la inauguración de la CdP/RdP, los pasillos vibraban con comentarios sobre la decisión de reunirse de nuevo durante el Grupo Internacional de Negociación (GIN) sobre Acceso y Reparto de los Beneficios (ARB) durante los últimos tres días de la CdP/RdP. Aunque los delegados que asistieron a la reunión del GIN en Montreal a mediados de septiembre rechazaron casi de forma unánime la propuesta de hacerlo, la retomaron los ministros participantes en el evento de alto nivel de la ONU sobre biodiversidad en Nueva York, sólo dos semanas antes de la CdP/RdP. Las reacciones iban de la confusión a la preocupación, y algunos expresaban abiertamente su descontento, en particular aquellos de los países con delegaciones pequeñas. Muchos delegados de la CdP/RdP que también participaban en las negociaciones sobre ARB no entendían cómo podrían programarse las reuniones del GIN sin interferir con la CdP/RdP. Otros sugerían que esto podría hacerse en sesiones de tarde y noche, pero sin embargo se preocupaban del impacto en las negociaciones de la CdP/RdP. “Son contadas las sesiones nocturnas que uno puede aguantar”, dijo uno. Algunos sentían que convocar al GIN podría ser un incentivo para avanzar con rapidez en la agenda de la CdP/RdP 5, sin embargo otros decían: “¡Nuestra prioridad esta semana es la seguridad en la biotecnología! No podemos comprometer las discusiones de la CdP/RdP por el ARB.”
Este número del Boletín de Negociaciones de la Tierra © <enb@iisd.org> fue escrito y editado por Johannes Gnann, Stefan Jungcurt, Ph.D., Tallash Kantai, Dorothy Wanja Nyingi, Ph.D., Eugenia Recio, y Liz Willetts. Editor Digital: Francis Dejon. Traducción al Español: Eréndira García. Editora: Pamela S. Chasek, Ph.D. <pam@iisd.org>. Director de los Servicios de Información del IIDS: Langston James “Kimo” Goree VI <kimo@iisd.org>. Los donantes permanentes del Boletín son el Reino Unido (a través del Departamento para el Desarrollo Internacional - DFID), el Gobierno de los Estados Unidos (a través del Buró de Océanos y Asuntos Ambientales y Científicos Internacionales del Departamento de Estado), el Gobierno de Canadá (a través del CIDA), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca, el Ministerio Federal para la Cooperación Económica y el Desarrollo de Alemania (BMZ), el Ministerio de Ambiente, Conservación de la Naturaleza y Seguridad Nuclear de Alemania (BMU), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Países Bajos, la Comisión Europea (DG-ENV), y el Ministerio de Medio Ambiente, Territorio y Mar de Italia. El soporte financiero general del Boletín durante el año 2010 es brindado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Noruega, el Gobierno de Australia, el Ministerio Federal de Agricultura, Silvicultura, Ambiente y Gestión del Agua de Austria, el Ministerio de Medio Ambiente de Suecia, el Ministerio de Asuntos Internacionales y Comercio de Nueva Zelanda, SWAN Internacional, la Oficina Federal para el Medio Ambiente de Suiza (FOEN), el Ministerio de Asuntos Exteriores de Finlandia, el Ministerio de Medio Ambiente de Japón (a través del Instituto para las Estrategias Ambientales Mundiales - IGES), el Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón (a través del Instituto de Investigación Mundial sobre Progreso Industrial y Social - GISPRI), el Gobierno de Islandia, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), y el Banco Mundial. La financiación para la traducción al francés del Boletín es provista por el Gobierno de Francia, la Región de Valonia de Bélgica, la provincia de Québec, y la Organización Internacional de la Francofonía (OIF e IEPF). La financiación para la traducción al español del Boletín es provista por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de España. Las opiniones expresadas en el Boletín pertenecen a sus autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista del IIDS o sus auspiciantes. Está permitida la publicación de extractos del Boletín en publicaciones no comerciales y con la correspondiente cita académica. Para obtener información acerca del Boletín o solicitar su servicio informativo, contacte al Director de los Servicios de Información del IIDS por correo electrónico <kimo@iisd.org>, teléfono: +1-646-536-7556 o en 300 East 56th St., 11D, New York, New York 10022, USA. El equipo del Boletín de Negociaciones de la Tierra en la CdP/RdP 5 puede ser contactado por correo electrónico escribiendo a <stefan@iisd.org>.